ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Resolución General 2735

"Iva y Vuelta". Participación de los consumidores finales. Resolución General Nº 2583, sus modificatorias y su complementaria. Su derogación.

Bs. As., 18/12/2009

VISTO la actuación SIGEA Nº 10462-196-2009 del registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 2583, sus modificatorias y su complementaria, implementó el programa denominado "IVA Y VUELTA" destinado a promover la participación de los ciudadanos en el contralor del cumplimiento de los deberes formales por parte de los responsables de los impuestos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de esta Administración Federal.

Que en virtud de la participación masiva del público en general en los sorteos realizados durante la vigencia de dicho programa, se entiende que se han alcanzado con éxito las metas inicialmente fijadas, por lo que se considera conveniente suspender transitoriamente el mencionado sistema, sin perjuicio de mantener en vigencia el Formulario Nº 960 aprobado por la Resolución General Nº 2611.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Administración Financiera, de Servicios al Contribuyente y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 2º del Decreto Nº 1399 del 4 de noviembre de 2001 y sus complementarios y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Derógase a partir del día 1º de enero de 2010 la Resolución General Nº 2583, sus modificatorias y su complementaria.

Art. 2º — Los últimos sorteos del programa "IVA Y VUELTA" serán los correspondientes al día viernes 25 de diciembre de 2009, que por tratarse de un día feriado se realizarán el día lunes 28 de diciembre de 2009. De conformidad con el sistema vigente se realizarán DOS (2) sorteos, uno ordinario y otro extraordinario. Respecto de la recepción de datos de comprobantes a los fines de la participación en dichos sorteos, serán aceptados los que ingresen hasta la hora CERO (0) del día lunes 21 de diciembre de 2009, inclusive.

Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.