PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 597/2009

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 28/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0328608/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 26.124 y 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a través de una compensación entre los incisos 4 - Bienes de uso y 6 - Activos financieros, a los efectos de generar el ahorro necesario que permita ingresar al Tesoro Nacional los intereses percibidos en el marco del "Programa de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia" - Préstamo BID 1082/OC-AR, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 396 de fecha 1 de diciembre de 2006 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que, asimismo, la compensación propiciada altera en forma positiva el resultado financiero del presente ejercicio.

Que es menester modificar el Presupuesto vigente para la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, Servicio Administrativo Financiero 382 - POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, mediante una compensación entre las partidas del inciso 1 - Gastos en personal, sin alterar el total del crédito asignado al mismo.

Que la medida propiciada está amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 4.156 y sus modificaciones, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar