MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 839/2009

Registro Nº 727/2009

Bs. As., 8/7/2009

VISTO el Expediente Nº 1.327.869/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a foja 20 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte gremial y la empresa SERVICIOS MOVILES SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores acuerdan el otorgamiento de una suma de carácter no remunerativo, de conformidad con los términos y lineamientos estipulados.

Que el presente es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 739/05 "E", cuyas partes signatarias coinciden con las celebrantes de marras.

Que las partes han ratificado su contenido y firmas insertas acreditando la personería invocada con las constancias que obran en estos actuados.

Que el ámbito de aplicación del texto convencional traído a estudio, se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa SERVICIOS MOVILES SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 20 del Expediente Nº 1.327.869/09, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 20 del Expediente Nº 1.327.869/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 739/05 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.327.869/09

Buenos Aires, 8 de julio de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 839/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 20 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 727/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación – D.N.R.T.

ACTA DE ACUERDO

Entre la empresa Servicios Móviles S.A., con domicilio legal en la calle Florida 622, Piso 6, oficina 22 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Guido Benigno, en ,su carácter de Presidente, y el Sr. Juan Carlos Carabajal en su carácter de Director de Operaciones, por una parte y el S.M.A.T.A. (Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina), con domicilio legal en la Av. Belgrano 665 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por los Sres. El Sr. Ricardo Pignanelli, en su carácter de Secretario Gremial, el Sr. Gustavo Moran en su carácter de Sub-Secretario Gremial, los Sres. Jorge Marelli y Ricardo De Simone, ambos en carácter de miembros del Consejo Directivo Nacional, y los Señores Juan Rocaniere, Héctor Lanfranco, Carlos Walter Beretta, Gustavo Gil y Hugo Abreu, en Carácter de Delegados, de común y pleno acuerdo convienen:

1- Otorgar, por única vez, con carácter no remunerativo, a todos los Trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 739/05, la suma de $ 650.- (Pesos Seiscientos Cincuenta.-)

2- La suma indicada se hará efectiva en 2 (dos) pagos de $ 325.- (Pesos Trescientos veinticinco.-). El primero con los haberes del mes de junio 2009, y el segundo y último con los haberes del mes de diciembre de 2009.

3- A raíz de las conocidas repercusiones de la crisis global, las partes acuerdan mantener conversaciones a partir del mes de octubre de 2009, con el propósito de analizar las alternativas que la realidad del momento indiquen, manteniendo el acuerdo y condiciones salariales vigentes a la fecha.

4- Así mismo asumen el compromiso de velar por la paz social y prestar la mutua colaboración a los fines de resolver los dliferendos que pudiesen surgir en el período comprendido por la vigencia de esta acta acuerdo.

5- Las partes en forma conjunta, se comprometen a presentar este acuerdo ante la Autoridad de aplicación para su homologación. Con lo que se da por finalizado este acto, previa lectura y ratificación, se suscriben tres copias de un mismo tenor y a idéntico efecto por ambas representaciones.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a 7 días del mes de mayo de 2009.