PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 624/2009

Presidencia de la Nación. Ministerio de Producción. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 30/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0493928/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario reforzar los créditos correspondientes a los gastos en personal de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION para poder hacer frente a los mayores gastos originados en los servicios extraordinarios de su planta de personal.

Que asimismo, es indispensable garantizar los desplazamientos de la señora Presidenta de la Nación y su comitiva, tanto en el interior como en el exterior del país, así como también afrontar las erogaciones correspondientes a gastos de servicios básicos y de mantenimiento de los edificios de la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por otra parte se encuentran pendientes el otorgamiento de diversos subsidios debido a la falta de financiamiento.

Que a efectos de atender los gastos citados precedentemente, se realiza una compensación dentro de los créditos asignados a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA dependiente de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO cuenta con mayores recursos provenientes del impuesto del CINCO POR CIENTO (5%) sobre la venta de pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior del país, los cuales propicia incorporar a su presupuesto vigente.

Que de acuerdo con lo establecido por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.422 se procede a ingresar como aporte al Tesoro Nacional el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del total de recursos que se proponen incorporar.

Que la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION debe atender un gasto extraordinario que surgió en la resolución favorable de un reclamo interpuesto por un ex agente, para lo cual resulta necesario efectuar una compensación dentro de los créditos asignados a esa Secretaría.

Que la modificación propiciada está amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.