Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 187/2009

Ratifícase el Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Bs. As., 30/12/2009

VISTO el Expediente Nş S01:0415155/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, los Decretos Nros. 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del dictado de los Decretos Nş 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA se halla en la órbita de aplicación del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO con los objetivos allí establecidos.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nş 24.467, modificada por la Ley Nş 25.300 y por el Decreto Nş 1366/09.

Que entre los objetivos que persigue la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL se encuentra el de coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentalesgubernamentales y no gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de políticas y programas para las Pequeñas Medianas Empresas (Pymes), así como también el de desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial, en materia de su competencia.

Que asimismo tiene por objeto diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a las problemáticas de las Pequeña y Medianas Empresas (Pymes) en todas sus ramas dentro del marco de la política general.

Que en el marco del Taller de Políticas Públicas para Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa celebrado en el año 2006 en la Ciudad de Quito, REPUBLICA DEL ECUADOR, surgió como iniciativa del Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC) de la REPUBLICA DE CHILE, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y el Servicio Brasileño de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (SEBRAE) de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, se propuso presentar el Programa de Bienes Públicos Regionales del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) un Proyecto sobre Sistemas de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en el cual el Servicio Brasileño de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (SEBRAE) de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL actuaría como Agencia Ejecutora.

Que con fecha 31 de julio de 2007 el Proyecto RG-T1269 denominado "Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa" fue presentado a los Miembros del Comité de Préstamos del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que con fecha 17 de septiembre de 2007 el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) aprobó el Proyecto RGT1269 denominado "Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa", Número de la Operación ATN/OC-10579-RG.

Que el objetivo primordial del Proyecto RG-T1269 es, mediante la cooperación regional, mejorar la capacidad de las agencias públicas en los países de la región para diseñar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar programas de apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa con el fin específico de crear un sistema regional de información, aprendizaje y conocimiento del estrato de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Que la suma de capacidades y experiencias de las instituciones mencionadas, así como su deseo de cooperar, asegurarán la exitosa implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa objeto del Proyecto RG-T1269, así como también la participación de agencias de otros países de la región.

Que para esos efectos las instituciones involucradas en el mencionado Proyecto RGT1269 han considerado conveniente establecer un marco que facilite la coordinación de la cooperación entre ellas en una forma organizada y sistemática, y a tal fin, suscribir un Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Que en el Capítulo IV, Título B, Financiamiento del Proyecto RG-T1269 establece que el aporte del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) será de DOLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS MIL (U$S 600.000) con carácter no reembolsable. Que con fecha 26 de agosto de 2008, se firmó el Convenio entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y el Servicio Brasileño de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (SEBRAE) de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, este último en su carácter de Organismo Ejecutor, que formaliza los términos del otorgamiento por parte del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) de la cooperación técnica no reembolsable.

Que en la Cláusula Tercera de ese Convenio se establece que el primer desembolso de la contribución del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se encuentra sujeto a que el Organismo Ejecutor haya suscrito un memorando de entendimiento con las instituciones participantes de la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE.

Que con fecha 13 de febrero de 2009, el señor Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa suscribió el Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa en representación de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que el Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa establece que su propósito es instituir un marco para facilitar la pronta y efectiva implementación de dicho sistema, en forma organizada y de acuerdo con el objeto, funciones y mandatos de cada una de las partes, aceptando las responsabilidades derivadas de la ejecución del Proyecto y comprometiéndose a cooperar para mejorar las capacidades de las agencias públicas en los países de la región, con el fin de diseñar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar políticas, programas y proyectos de apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Que las obligaciones contraídas por parte de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL conforme al Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa son: i) participar en el Comité Directivo, conforme al punto B. "Gobernanza del Sistema" párrafo 5.5 del Plan de Operaciones del Proyecto y Artículos II "Areas de Cooperación" y III "Dirección y Coordinación de las Acciones de Cooperación"; ii) participar en cada uno de los TRES (3) Comités Técnicos, a fin de realizar el seguimiento de cada tema y acordar los temas, conforme al punto B. "Gobernanza del Sistema" párrafo 5.6. del Plan de Operaciones del Proyecto y Artículos II "Areas de Cooperación" y III "Dirección y Coordinación de las Acciones de Coordinación"; iii) coordinar el Componente I, cuyo objetivo es la creación de un Sistema Regional de Información de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, basado en una metodología consensuada y acordada entre los países de forma que permita la comparación de datos básicos de desempeño de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa en los países miembros del sistema, conforme al punto B. "Gobernanza del Sistema" párrafo 5.6. del Plan de Operaciones del Proyecto y Artículos II "Areas de Cooperación" y III "Dirección y Coordinación de las Acciones de Cooperación" y iv) contribuir con la suma de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MIL (U$S 200.000) en efectivo y con la suma de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL (U$S 100.000) en especie, a erogarse en el lapso de TREINTA Y SEIS (38) meses que durará el Proyecto.

Que, de acuerdo a lo que surge del Artículo VI del Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, toda cooperación o aporte de recursos comprometida estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria, políticas y procedimientos de las Partes.

Que con fecha 22 de diciembre de 2008 la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa en ese entonces dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS emitió el Dictamen Nş 41.103 en el cual expresó que el señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional resultaba competente para suscribir el Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y que, no obstante, no existen reparos que formular respecto de la facultad del señor Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa para suscribir el mencionado Memorando, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nş 19.549.

Que, asimismo, por el precitado dictamen se recomendó que, una vez suscripto el Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, por las partes intervinientes, se tramitara su aprobación a través del correspondiente acto administrativo.

Que el Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, fue efectivamente suscripto por el Director Presidente del Servicio Brasileño de Apoyo a las Micro y Pequeña Empresa (SEBRAE) de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, por la Gerente General del Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC) de la REPUBLICA DE CHILE y por el señor Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa en representación de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION.

Que, en consecuencia y a fin de implementar lo acordado entre las partes, resulta necesario proceder a la ratificación del Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo dispuesto por los Decretos Nros. 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1366/09.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

Artículo 1ş — Ratifícase el Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, suscripto entre la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, el Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC) de la REPUBLICA DE CHILE y el Servicio Brasileño de Apoyo a la Micro, Pequeña Empresa (SEBRAE) de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, cuya copia autenticada con SIETE (7) hojas se adjunta a la presente medida como Anexo.

Art. 2ş — La presente medida no implica por sí misma erogación presupuestaria alguna. Los aportes comprometidos en el Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, por parte de la REPUBLICA ARGENTINA, deberán instrumentarse por las vías correspondientes.

Art. 3ş — El gasto que demande el cumplimiento de los objetivos del Memorando de Entendimiento para la Implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, se imputará al Presupuesto asignado al Programa 24-Fomento de la Pequeña y Mediana Empresa-Jurisdicción 51-MINISTERIO DE PRODUCCION- SAF 362.

Art. 4ş — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo D. Bianchi.

ANEXO

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO

PARA LA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA REGIONAL DE INFORMACION Y APRENDIZAJE PARA EL DISEÑO DE POLITICAS PUBLICAS DE APOYO A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

ENTRE EL SERVICIO BRASILEÑO DE APOYO A LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS (BRASIL), EL SERVICIO DE COOPERACION TECNICA (CHILE) Y LA SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL (ARGENTINA) MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO PARA LA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA REGIONAL DE INFORMACION Y APRENDIZAJE PARA EL DISEÑO DE POLITICAS PUBLICAS DE APOYO A LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

LAS PARTES EN ESTE MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO, el Servicio Brasileño de Apoyo a las Micro y Pequeñas Empresas, con domicilio en Quadra 515, Bloco C, Loja 32, Brasilia DF, República Federativa del Brasil, representada en este acto por su Director Presidente Paulo Tarciso Okamotto y su Director Técnico Luiz Carlos Barboza, en adelante, "SEBRAE"; el Servicio de Cooperación Técnica, con domicilio en Huérfanos 1117, Piso 9, Santiago de Chile, República de Chile, representada en este acto por su Gerenta General, Cristina Orellana, en adelante, "SERCOTEC"; y la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional dependiente de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía y Producción, con domicilio en Julio A. Roca 651, 2ş piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, representada por su Secretario de Industria y Comercio, Fernando Fraguío, en adelante, "SEPYME".

CONSIDERANDO:

Que el SEBRAE del Brasil es una entidad experiente en materia de apoyo a la pequeña empresa, que cuenta con programas de gran magnitud y capacidad probada en temas de aprendizaje y autoevaluación, con larga trayectoria en la ejecución de proyectos con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Que el SERCOTEC de Chile es una entidad con antigüedad y experiencia en el desarrollo de programas de apoyo a la micro y pequeña empresa y al fortalecimiento de la capacidad de gestión de sus empresarios, contribuyendo a que las empresas de menor tamaño conformen un sector dinámico de la economía que aporte significativamente al aumento de la productividad y a la creación de mejores empleos.

Que la SEPYME de la Argentina, teniendo como función diseñar, implementar y supervisar políticas públicas con el objetivo de impulsar el desarrollo de las mipymes y avanzar hacia la integración de la estructura productiva de todas las regiones del país, ha liderado importantes iniciativas de apoyo y promoción del sector durante más de una década.

Que el sector de la micro, pequeña y mediana empresa (mipyme) juega un papel clave en el crecimiento de las economías de la región, generando más de las dos terceras partes del empleo y contribuyendo con alrededor del 40% del producto bruto total.

Que en el marco del Taller de Políticas Públicas para Apoyo a la Mipyme celebrado en el año 2006 en Quito, República del Ecuador, surgió como iniciativa de SERCOTEC, SEPYME y SEBRAE presentar una propuesta al Programa de Bienes Públicos Regionales del BID.

Que el 27 de junio de 2007 el BID aprobó el Proyecto correspondiente al Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, cuyo documento se anexa como parte integrante del presente Memorando, que involucra un financiamiento no retornable por parte del BID por un total de U$S 600.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS MIL) y una Contraparte Local a ser aportada en partes iguales por SERCOTEC, SEPYME y SEBRAE de U$S 958.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL).

Que la suma de capacidades y experiencias de las instituciones mencionadas, así como su deseo de cooperar, asegurarán la exitosa implementación de un sistema regional de información y aprendizaje para el diseño de políticas públicas de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa, tanto como la participación de las agencias de otros países de la región.

Que el BID es una organización pública internacional que tiene por objeto contribuir a acelerar el proceso de desarrollo económico y social, tanto individual como colectivo de los países miembros regionales en vías de desarrollo, utilizando para el cumplimiento de este objeto los fondos de que dispone para financiar proyectos de desarrollo en sus países miembros.

Que esta iniciativa se encuentra coordinada con la acción de otros organismos multilaterales que han manifestado su interés por apoyarla una vez realizada su primera fase de puesta en marcha, habiendo incluso expresado la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) su voluntad de colaborar con el proyecto en los términos que se establezcan.

Que para estos efectos, las Partes consideran conveniente establecer un marco que facilite la coordinación de la cooperación entre ellas en forma más organizada y sistemática, y convienen suscribir el presente Memorando de Entendimiento (en Adelante, "Memorando"):

ARTICULO I

PROPOSITO

1.1 El propósito de este Memorando es establecer un marco para facilitar la pronta y efectiva implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en forma organizada y de acuerdo con el objeto, funciones y mandatos de cada una de las Partes, aceptando las responsabilidades derivadas de la ejecución del proyecto y comprometiéndose a cooperar para mejorar las capacidades de las agencias públicas en los países de la región, a fin de diseñar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar políticas, programas y proyectos de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa.

ARTICULO II

AREAS DE COOPERACION

2.1 Las Partes acuerdan fortalecer sus relaciones de cooperación, principalmente en relación con los siguientes componentes, para la creación de:

a) Un Sistema Regional de Información de la Mipyme, que permita la comparación de datos básicos de desempeño de la mipyme en los países miembros del sistema.

b) Un Sistema Regional de Aprendizaje a partir de la creación de dos experiencias piloto de comunidades de aprendizaje en torno a dos temas específicos relacionados con los programas de apoyo a la mipyme.

c) Un Sistema Regional de Seguimiento y Evaluación de Programas Públicos para la Mipyme, que facilite a los responsables de las políticas la toma de decisiones sobre la gestión de programas, la reasignación de recursos y el diseño de programas nuevos basados en evidencias.

ARTICULO III

DIRECCION Y COORDINACION DE LAS ACCIONES DE COOPERACION

3.1 Las Partes acuerdan la conformación de un Comité Directivo (en adelante, "el Comité"), encargado de la dirección del proyecto y la agenda de los Comités Técnicos, velando en términos generales por el buen progreso de las acciones de cooperación regional que se realicen en desarrollo de este Memorando.

3.2 El Comité estará compuesto por los Representantes de las Partes o quienes ellos designen, como entidades responsables de la política pública mipyme de los países participantes en el proyecto y se regirá por las siguientes disposiciones:

a) Las responsabilidades del Comité incluirán la selección del Director del Proyecto, la creación de la agenda de trabajo para cada año de ejecución, la aprobación del plan de trabajo anual, supervisión de la ejecución del proyecto y la decisión relativa a las condiciones de participación de nuevos miembros.

b) Para cumplir con sus funciones y tener un seguimiento más cercano del proyecto, el Comité contará con el apoyo de tres (3) Comités Técnicos, compuestos por un representante de cada institución miembro del Sistema.

c) Cada Comité Técnico corresponderá a un área de cooperación o componente del proyecto, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo II de este Memorando y cada institución será responsable de la coordinación, de uno de esos Comités, en el siguiente orden:

(i) SEPYME coordinará el Sistema Regional de Información de la Mipyme;

(ii) SERCOTEC coordinará el Sistema Regional de Aprendizaje; y

(iii) SEBRAE coordinará el Sistema Regional de Seguimiento y Evaluación de Programas Públicos para la Mipyme.

d) El Comité celebrará su primera reunión dentro de los 90 (NOVENTA) días siguientes a la suscripción de este Memorando. En la primera reunión del Comité, las Partes acordarán el primer plan anual de trabajo para el desarrollo de este Memorando. El plan anual de trabajo deberá desglosarse por componente e indicar los objetivos a alcanzar, los posibles indicadores de resultados y las acciones que cada una de las Partes deberá asumir para la efectiva ejecución del plan de trabajo.

e) El Comité celebrará reuniones ordinarias y extraordinarias. Deberá celebrar, al menos, una reunión ordinaria por año.

f) Para cada reunión ordinaria del Comité, se elaborará un documento con propuestas de acciones de cooperación para ser ejecutadas, en desarrollo de este Memorando durante el siguiente año calendario.

g) El Comité también podrá celebrar reuniones extraordinarias a petición de una de las Partes y cuando así fuere necesario para el cumplimiento de los propósitos de este Memorando.

h) De los resultados de las reuniones ordinarias y extraordinarias se dejará un registro escrito y, cuando hubiere aspectos que deban ponerse en conocimiento del BID, se elaborará un informe que acordarán los respectivos Representantes de las Partes a tales efectos.

i) La coordinación y administración del proyecto estará a cargo de la Unidad Ejecutora, que funcionará en el seno de la agencia ejecutora SEBRAE y contará con un Director de Proyecto y un Asistente, cuyas funciones serán las descriptas en los términos de referencia de su contratación y conforme lo establecido en el reglamento operativo.

3.4. Para dar comienzo al desarrollo de este Memorando, las Partes propondrán al Comité, en su primera reunión, un proyecto para el desarrollo de acciones concretas de cooperación en relación con las áreas temáticas previstas en el Artículo II de este Memorando.

ARTICULO IV

INSTITUCIONALIDAD DEL SISTEMA

4.1 Las Partes acuerdan que la institucionalidad y sostenibilidad del presente Sistema contempla asimismo su expansión, mediante la incorporación de otros países interesados en constituirse bien en beneficiarios o incluso en donantes del proyecto, como podría ser el caso de organismos multilaterales de (crédito) financiamiento, agencias de cooperación, ONGs, entre otros.

ARTICULO V

REPRESENTANTES Y NOTIFICACIONES

5.1 Las Partes podrán designar por escrito un representante a los efectos de constituir el Comité Directivo y facilitar la puesta en marcha del presente Memorando.

5.2 Los representantes de las Partes mantendrán contacto para coordinar y resolver los aspectos que así lo requieran en relación con los programas, proyectos y actividades que se acuerden en virtud de este Memorando.

5.3. Las Partes deberán acordar un canal de comunicación que permita la oficialización de los intercambios necesarios para el mejor desarrollo del proyecto. Todas las comunicaciones y notificaciones que se deriven de este Memorando tendrán validez cuando sean remitidas dentro de los términos acordados por las Partes.

5.4 Las Partes podrán cambiar sus representantes para lo cual notificarán por escrito e informarán el nombre, cargo, dirección, teléfono, fax y correo electrónico de los nuevos representantes designados.

ARTICULO VI

RECURSOS

6.1. Las Partes se comprometen a realizar los siguientes aportes de recursos financieros en efectivo y en especie, los que estarán destinados a ejecutar los componentes y sus respectivos programas, proyectos o actividades de cooperación, para la implementación del Sistema Regional de Información y Aprendizaje para el Diseño de Políticas Públicas de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

• SERCOTEC: U$S 200.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MIL) en efectivo y U$S 100.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL) en especie.

• SEPYME: U$S 200.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MIL) en efectivo y U$S 100.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL) en especie.

• SEBRAE: U$S 200.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MIL) en efectivo y U$S 158.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL) en especie.

Toda cooperación o aporte de recursos comprometida en este Memorando estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria, políticas y procedimientos respectivos de las Partes.

ARTICULO VII

RECONOCIMIENTO

7.1 En sus informes, intervenciones, material de difusión o de relaciones públicas y otras publicaciones, cada Parte dará el reconocimiento apropiado a las contribuciones de las otras Partes en los programas, proyectos o actividades desarrollados en el marco del presente Memorando.

ARTICULO VIII

SOLUCION DE CONTROVERSIAS

8.1 Cualquier controversia que surja con motivo de la aplicación o interpretación de este Memorando o de los acuerdos, convenios o intercambio de cartas que las Partes suscriban en desarrollo del mismo, deberá resolverse mediante negociación directa entre las Partes. De no llegar a una solución satisfactoria para ambas, éstas someterán sus diferencias al procedimiento arbitral que convengan de común acuerdo. La decisión arbitral será final, inapelable y obligatoria.

ARTICULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

9.1 Las Partes se comprometen a observar los más altos estándares éticos y de transparencia administrativa en todas las acciones y actividades vinculadas a este Memorando. Asimismo las Partes, en la medida que sea aplicable, se comprometen a cumplir lo dispuesto en las normas aplicables del país en donde se ejecuten los respectivos programas, proyectos o actividades de cooperación.

9.2 Las modificaciones a este Memorando sólo podrán hacerse de común acuerdo expresado por escrito por los representantes de las Partes debidamente autorizados. Los instrumentos en los que consten las modificaciones se agregarán como anexos a este Memorando y pasarán a formar parte del mismo.

9.3 Este Memorando entrará en vigor a partir de su firma por los representantes autorizados de las Partes, permaneciendo vigente de conformidad con sus términos.

9.4 Este Memorando podrá terminarse por mutuo consentimiento o podrá darse por terminado por cualquiera de las Partes mediante notificación escrita a la otra con una antelación no menor a los sesenta días. No obstante, la terminación de este Memorando no afectará los acuerdos, convenios o intercambio de cartas que las Partes hayan suscrito para la implementación de programas, proyectos o actividades en desarrollo de este Memorando, que se encuentren debidamente financiados, los que seguirán vigentes, conforme a su plazo de vigencia, salvo que las Partes decidan lo contrario.

9.5 La vigencia del Artículo VIII sobrevivirá la expiración o la terminación de este Memorando.

EN FE DE LO CUAL, los representantes de las Partes, debidamente autorizados al efecto, firman este Memorando en tres originales igualmente válidos, en las Ciudades de Santiago de Chile, a los quince días del mes de septiembre de 2008. Buenos Aires, Argentina, a los ……….. días del mes de ………. de 2008. Y Brasilia, Brasil, a los ………. días del mes ………. de 2008.

Aceptado:

Servicio Brasileño de Apoyo a las Micro y Pequeñas Empresas.

Servicio de Cooperación Técnica

Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

*** ANEXO AL MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE … - R.O.P.***