MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

Disposición Nº 2/2009

Bs. As., 30/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01: 0515206/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 24.922, las Resoluciones Nros. 10 de fecha 27 de mayo de 2009, 17 de fecha 1 de octubre de 2009 y 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO y las Actas Nros. 54 de fecha 10 de diciembre de 2009 y 55 de fecha 16 de diciembre de 2009 del mismo cuerpo colegiado, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, se asignaron las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la especie polaca (Micromesistius australis) a los buques que registran historia de captura de la especie mayor al UNO POR CIENTO (1%) del total de las capturas de la misma especie.

Que dicha asignación se dicta conforme a lo establecido por el Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) por el término de QUINCE (15) años, aprobado por la Resolución Nº 10 de fecha 27 de mayo de 2009 del citado Consejo.

Que a través del artículo 3º de la citada Resolución Nº 20/09 el mencionado Consejo establece los porcentajes requeridos teniendo en cuenta la Historia de captura, Mano de obra, Producción e Inversiones, y asimismo fija el porcentaje de detracción por sanciones.

Que por el artículo 4º de la misma norma se determina el porcentaje máximo de concentración por empresa o grupo empresario.

Que por el artículo 5º de la norma en cita se fija una reserva de conservación en el VEINTE POR CIENTO (20%) de la Captura Máxima Permisible; asimismo, el artículo 6º establece una reserva de administración que se conformará con los excedentes del porcentaje máximo de concentración y la detracción resultante del ítem de sanciones, que se podrá destinar a la captura incidental de la especie y a su eventual asignación anual en función de necesidades operativas de la flota.

Que por el artículo 9º se instruye a la Autoridad de Aplicación para que, a través de la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera calcule anualmente, sobre la base de la Captura Máxima Permisible, los volúmenes de cada Autorización de Captura.

Que la Captura Máxima Permisible (CMP) para la especie polaca (Micromesistius australis) ha sido fijada en SESENTA MIL TONELADAS (60.000 t.) por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, a través del Acta Nº 54 de fecha 10 de diciembre de 2009, instruyendo a través del mismo acto a la Autoridad de Aplicación para que, bajo un criterio precautorio, se tomen en cuenta el mismo valor de Captura Máxima Permisible fijado por dicho Consejo en la Resolución Nº 17 de fecha 1 de octubre de 2009, hasta tanto se cuente con la estimación del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), sobre la captura biológicamente aceptable.

Que la Coordinación de Gestión de Pesquerías ha elaborado el informe remitido por la Dirección Nacional de Planificación Pesquera con el resultado de los cálculos realizados por esa Coordinación sobre la base de la última Captura Máxima Permisible aprobada, fijada en SESENTA MIL TONELADAS (60.000 t) anuales.

Que de acuerdo con la decisión adoptada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO en el Acta Nº 55 de fecha 16 de diciembre de 2009, se realizaron modificaciones en las asignaciones de la Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), por lo cual se solicitó a la Coordinación de Gestión de Pesquerías un nuevo cálculo de las mencionadas Cuotas.

Que la mencionada Coordinación ha elaborado el informe pertinente de acuerdo con las modificaciones aprobadas por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

Que la Dirección de Legales del Area de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado su intervención conforme el Artículo 7º del Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por los Decretos Nros. 1940 de fecha 13 de noviembre de 2008 y 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y la Resolución Nº 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

DISPONE:

ARTICULO 1º — Determínanse las Autorizaciones de Captura de la especie polaca (Micromesistius australis) correspondientes al año 2010, por las toneladas especificadas en cada caso para los buques que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente disposición, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. HECTOR MARCELO SANTOS, Director Nacional de Coordinación Pesquera.

ANEXO

ESPECIE POLACA (Micromesistius australis)

CIFRAS DE LAS ASIGNACIONES DE CAPTURA AUTORIZADAS

e. 13/01/2010 Nº 2384/10 v. 13/01/2010