PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 702/2009

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - Ministerio de Producción – Ministerio de Desarrollo Social. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009.

Bs. As., 30/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0526355/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 24.714 y 26.422, los Decretos Nros. 1602 de fecha 29 de octubre de 2009, 1879 de fecha 2 de diciembre de 2009, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, las Resoluciones Nros. 326 de fecha 3 de noviembre de 2009, 342 de fecha 10 noviembre de 2009, 397 de fecha 19 de noviembre de 2009 todas ellas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) organismo descentralizado de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1602 de fecha 29 de octubre de 2009, se incorpora el SUBSISTEMA NO CONTRIBUTIVO DE ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO PARA PROTECCION SOCIAL, dentro de los alcances de la Ley Nº 24.714, del Régimen de Asignaciones Familiares.

Que dicha temática, indubitablemente incrementa notoriamente la afluencia de beneficiarios a la red operativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, razón por la cual se torna necesario arbitrar medidas conducentes a efectos de paliar la situación de contingencia.

Que la Resolución Nº 326 de fecha 3 de noviembre de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), aprueba en su Artículo 1º un operativo en la red de atención de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), regulado conforme las pautas del Punto 2.7 del Acuerdo homologado por Disposición Nº 24 de fecha 8 de abril de 2008 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se denominará "ASIGNACIONES FAMILIARES".

Que por las Resoluciones Nos 342 de fecha 10 de noviembre de 2009 y 397 de fecha 19 de noviembre de 2009, ambas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), se amplían los términos de la Resolución Nº 326/09 de la citada Administración en cuanto a las horas y agentes incorporados al operativo en cuestión.

Que asimismo resulta necesario brindar cobertura a gastos de naturaleza previsional.

Que por otra parte, se ha considerado imprescindible incrementar gastos para atender el normal funcionamiento del Organismo.

Que para el correcto registro de los gastos resulta necesario modificar el Presupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) para el Ejercicio 2009.

Que mediante el Decreto Nº 1879 de fecha 2 de diciembre de 2009 se otorgó un subsidio extraordinario por única vez equivalente a PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150) a los beneficiarios de las prestaciones no contributivas a cargo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la estimación de recursos a percibir en el ejercicio supera el cálculo vigente, por lo que los gastos asociados a las normas citadas precedentemente pueden ser financiados con el incremento de los Recursos Propios.

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO para permitir la atención de compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas que forman parte integrante del presente artículo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar