MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolucion Nº 1603/2009

Registro Nº 1368/2009

Bs. As., 13/11/2009

VISTO el Expediente Nº 1.328.642/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo suscripto entre la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA —DISTROCUYO S.A.— y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, agregado a fojas 2/3 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acta acuerdo de marras se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 889/07 "E".

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA —DISTROCUYO S.A.— y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, agregado a fojas 2/3 de autos del Expediente Nº 1.328.642/09, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo, obrante a fojas 2/3 de autos del Expediente Nº 1.328.642/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.328.642/09

Buenos Aires, 18 de noviembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1603/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1368/09. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad de Mendoza, a los a los 29 días del mes de abril de 2009, se reúnen por una parte la Empresa DISTROCUYO S.A., en adelante "la Empresa", con domicilio en calle Bonfanti s/n Rodeo de la Cruz, Mendoza, representada en este acto por los señores Ingeniero Alejandro NEME en su carácter de Director General y por la otra la Asociación de Profesionales Universitarios del Agua y la Energía Eléctrica en adelante "La Asociación", con domicilio en calle Reconquista 1048, Piso 8, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por los señores Ingenieros Jorge ARIAS, José ROSSA, Juan Carlos DELGADO en su carácter de Presidente, Vicepresidente y Presidente de la Seccional Cuyo respectivamente y el A.U.S. Omar HERRERA Delegado del Personal Universitario de la Empresa, en adelante "La Asociación", quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: La Empresa abonará al personal convencionado una suma NO remunerativa por única vez calculada sobre el Sueldo Básico Mensual de cada Nivel Laboral vigente al mes de marzo de 2009, según el siguiente detalle:

NIVELES

Suma NR Unica Vez ($)

U-VI

$ 5.726

U-V

$ 4.750

U-IV

$ 3.774

U-III

$ 2.928

U-II

$ 2.342

U-I

$ 1.952

SEGUNDO: La suma descripta en el artículo precedente, será abonada al personal en seis (6) cuotas iguales mensuales y consecutivas a partir de las liquidaciones salariales correspondientes al mes de abril de 2009 y hasta el mes de setiembre de 2009.

NIVELES

Suma NR mensual ($)

U-VI

$ 954

U-V

$ 792

U-IV

$ 629

U-III

$ 488

U-II

$ 390

U-I

$ 325

TERCERO: A los efectos que correspondan, se acompaña escala salarial vigente a marzo de 2009.

NIVELES

Sueldo Básico mensual ($) al 01/03/2009

U-VI

$ 6.292

U-V

$ 5.220

U-IV

$ 4.147

U-III

$ 3.218

U-II

$ 2.574

U-I

$ 2.145

CUARTO: En función de la evolución que presenten en los próximos meses: a) la evolución de la economía en general; b) la Revisión Tarifaria Integral que debe recibir DISTROCUYO SA por parte del Poder Concedente c) la inflación y el poder adquisitivo de los salarios; y d) consecuentemente con lo anterior el Presupuesto de la Compañía; las Partes se comprometen a iniciar en la segunda quincena de agosto intercambio de información para prever la renovación o ampliación del presente acuerdo, o la iniciación de negociaciones salariales con vistas a qué tratamiento dar a los salarios a partir de octubre de 2009.

QUINTO: Ambas partes quedan autorizadas recíprocamente a solicitar la homologación del presente acuerdo, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Leída y ratificada la presente en todos sus términos, las partes firman al pie en el lugar y fecha arriba indicados, cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.