MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 22/2010

Dase por aprobada la Licitación Pública Nº 28/09, llevada a cabo para producir vacunas antigripales.

Bs. As., 3/2/2010

VISTO el Expediente Nº 2002-21790/09-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1731 de fecha 12 de noviembre de 2009 se declaró de interés público el proyecto de instalación de una planta de elaboración de vacunas antigripales en el territorio nacional de la REPUBLICA ARGENTINA presentado por las firmas NOVARTIS ARGENTINA S.A., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. Y A. y BIOGENESIS-BAGO S.A.

Que por el citado decreto se encomendó al MINISTERIO DE SALUD a efectuar el llamado a licitación pública a los fines de concretar dicho proyecto, con las mejores alternativas tecnológicas disponibles.

Que mediante Resolución Nº 699 de fecha 20 de noviembre de 2009 del MINISTERIO DE SALUD, se autorizó el llamado a Licitación Pública para la selección de un proyecto integral que prevea la instalación de una planta industrial en la REPUBLICA ARGENTINA para la producción local de vacunas antigripales y adyuvantes, a fin de satisfacer la demanda del MINISTERIO DE SALUD para sus campañas de vacunación de los próximos DIEZ (10) años, aprobándose el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que con fecha 17 de diciembre de 2009, por Resolución Conjunta Nº 7 de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS, Nº 167 de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS y Nº 109 de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS, todas ellas del MINISTERIO DE SALUD, se conformó la Comisión Técnica de la Licitación Pública Nº 28/09 para la evaluación de las ofertas que se recibieran en dicho proceso, integrada por la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD "DR. CARLOS G. MALBRAN" (ANLIS), el INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), la DIRECCION DE ECONOMIA DE LA SALUD, el PROGRAMA NACIONAL DE INMUNIZACIONES y el PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR PUBLICO, del MINISTERIO DE SALUD.

Que con fecha 29 de diciembre de 2009, con la participación de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION, se procedió al acto público de apertura del Sobre A de la oferta presentada en la referida Licitación Pública Nº 28/09 por las firmas NOVARTIS ARGENTINA S.A., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. Y A. y BIOGENESIS-BAGO S.A.

Que analizada la oferta y producidos los informes técnicos pertinentes, la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD emitió el Acta de Precalificación Nº 1 de fecha 11 de enero de 2010, la que no fuera objeto de impugnación.

Que con fecha 13 de enero de 2010 se procedió al acto de apertura del Sobre B de la mencionada oferta.

Que en virtud del respectivo informe de la Comisión Técnica de la Licitación Pública Nº 28/09, la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE SALUD emitió el Acta de Evaluación Nº 1/2010 de fecha 21 de enero de 2010, recomendando la adjudicación a las firmas NOVARTIS ARGENTINA S.A., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. Y A. y BIOGENESIS-BAGO S.A.

Que no se efectuaron impugnaciones a la citada Acta de Evaluación.

Que las firmas mencionadas formalizaron el consorcio de cooperación SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION de acuerdo al compromiso presentado oportunamente en su oferta.

Que el MINISTERIO DE SALUD cuenta con partidas específicas para la atención del gasto que demanda la presente contratación durante el corriente ejercicio fiscal.

Que mediante Planilla Anexa al artículo 4º del Decreto Nº 1801 de fecha 20 de noviembre de 2009 quedó incorporado a la Planilla Anexa al artículo 11 de la Ley Nº 26.422 el proyecto en cuestión, autorizándose la contratación asociada al mismo con alcance plurianual.

Que en orden a lo antes expuesto resulta procedente adjudicar a las firmas NOVARTIS ARGENTINA S.A., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. Y A. y BIOGENESIS-BAGO S.A., que conforman SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION, el proyecto integral para la instalación de una planta industrial en la REPUBLICA ARGENTINA para la producción local de vacunas antigripales con y sin adyuvantes a fin de satisfacer la demanda del MINISTERIO DE SALUD de la NACION para sus campañas de vacunación de los próximos DIEZ (10) años.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 35 inciso c), del Anexo del Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase la Licitación Pública Nº 28/09 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo con el objeto de seleccionar un proyecto integral que prevea la instalación de una planta industrial en la REPUBLICA ARGENTINA para la producción local de vacunas antigripales con y sin adyuvantes, a fin de satisfacer la demanda del MINISTERIO DE SALUD de la NACION para sus campañas de vacunación de los próximos DIEZ (10) años.

Art. 2º — Adjudícase la Licitación Pública Nº 28/09 del MINISTERIO DE SALUD a las firmas NOVARTIS ARGENTINA S.A., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. Y A. y BIOGENESIS-BAGO S.A. que conforman SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION.

Art. 3º — El gasto que resulte de la provisión de vacunas antigripales con y sin adyuvantes durante el corriente ejercicio fiscal en función de la adjudicación dispuesta en el artículo anterior, se imputará con cargo al Presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Servicio Administrativo Financiero 310, Programa 20, por hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS MILLONES ($ 400.000.000.-). El gasto a incurrir en los ejercicios subsiguientes será previsto oportunamente en los presupuestos anuales que se autoricen al MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4º — Apruébase el modelo de contrato a suscribirse entre el MINISTERIO DE SALUD y la adjudicataria, que como Anexo I pasa a formar parte integrante de la presente medida.

Art. 5º — Autorízase al señor Ministro de Salud a suscribir el contrato aprobado en el artículo precedente.

Art. 6º — Comuníquese, Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Juan L. Manzur.

ANEXO I

CONTRATO

En la ciudad de Buenos Aires, a los … días del mes de … de 2010, entre el MINISTERIO DE SALUD representado por el señor Ministro Dr. Juan Luis MANZUR, en adelante el "MINISTERIO", y NOVARTIS ARGENTINA S.A., LABORATORIOS ELEA S.A.C.I.F. Y A. y BIOGENESIS-BAGO S.A., las que conforman SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION, representado por … en adelante el "CONSORCIO", acuerdan:

CLAUSULA PRIMERA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES. Las obligaciones del presente contrato se hallan definidas en el Decreto Nº 1023/01, su reglamentación, la Resolución M.E. Nº 834/00, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación Pública del MINISTERIO DE SALUD Nº 28/09 y en la oferta adjudicada al CONSORCIO.

CLAUSULA SEGUNDA - OBJETO. El Objeto del presente contrato es el suministro de vacunas antigripales con y sin adyuvantes, mediante la instalación de una planta industrial en la República Argentina para su producción local, a fin de satisfacer la demanda del MINISTERIO DE SALUD de la NACION para sus campañas de vacunación de los próximos DIEZ (10) años.

CLAUSULA TERCERA - PROVISION DEL PRIMER AÑO. El CONSORCIO proveerá para el año 2010 las cantidades de productos que requiera el MINISTERIO hasta un máximo de DOS MILLONES QUINIENTAS MIL (2.500.000) dosis de vacuna antigripal estacional monodosis en jeringa prellenada, UN MILLON OCHOCIENTAS MIL (1.800.000) dosis de vacuna antigripal pandémica (H1N1) monodosis con adyuvante incorporado en jeringa prellenada y SIETE MILLONES DOSCIENTAS. MIL (7.200.000) dosis de vacuna antigripal pandémica (H1N1) multidosis con adyuvante incorporado y jeringas correspondientes.

CLAUSULA CUARTA - DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA DEL PRIMER AÑO. El MINISTERIO declara que dispone de hasta PESOS CUATROCIENTOS MILLONES ($ 400.000.000) dentro del presupuesto aprobado para el presente ejercicio a fin de hacer frente a la erogación que demande la adquisición de vacunas en los términos de la CLAUSULA TERCERA.

CLAUSULA QUINTA - SOLICITUDES DE PROVISION. El MINISTERIO emitirá una solicitud de provisión por año, por las cantidades necesarias de cada producto para su campaña de vacunación anual, indicando plazo y lugar de entrega.

CLAUSULA SEXTA - INSPECCIONES. El CONSORCIO permitirá al MINISTERIO y a quien éste autorice, la inspección de sus registros contables, estados financieros y otros documentos relacionados con la presentación de la oferta y con la ejecución del contrato.

En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.