ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 19/2010

Estructura Organizativa. Su modificación.

Bs. As., 25/1/2010

VISTO las Actuaciones SIGEA Nş 15196-17-2010 y Nş 10138-178-2009 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por las Actuaciones citadas en el VISTO se propone introducir modificaciones en la estructura organizativa de esta ADMINISTRACION FEDERAL.

Que en atención a la visión de modernización y transformación de los planes, programas y procesos que se vienen llevando a cabo en el Organismo, resulta necesario realizar una readecuación de su estructura orgánica, de manera de acompañar y posibilitar el cumplimiento de los objetivos y estrategias definidos.

Que, en una primer etapa y debido a la importancia y trascendencia obtenida en los vínculos y relaciones con otras administraciones tributarias, aduaneras y en materia de seguridad social que fueron formalizadas a través de la firma de acuerdos y convenios, entre otros de intercambio de información, experiencias y capacitación; y con el objeto de continuar con el fortalecimiento de los vínculos y relaciones mencionadas, resulta conveniente que el intercambio de experiencias y las actividades de cooperación con los países miembros del MERCOSUR y países limítrofes, sean efectuadas por la Dirección de Asuntos Internacionales, dependiente de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional, atento la afinidad con las tareas a su cargo, capitalizando los resultados obtenidos en las acciones llevadas a cabo por toda la Organización.

Que por otra parte, con el objeto de facilitar y asegurar el comercio internacional, se viene realizando una fuerte inversión de tecnología de control aduanero a fin de minimizar el riesgo que conllevan las operaciones y destinaciones de comercio exterior.

Que en virtud de ello, resulta menester crear el Centro Unico de Monitoreo Aduanero (CUMA), responsable de monitorear las operaciones aduaneras con las nuevas herramientas tecnológicas de control.

Que además, en el estado actual de la gestión aduanera y por las particulares características de las actividades de control que de ella se derivan, es preciso aproximar los sectores que llevan adelante dicha acción en el espectro de las operaciones de comercio internacional de gran magnitud, con el objeto de incrementar mutuamente la experiencia recogida por los sectores operativos y por aquellos que están encargados de delinear las políticas de fiscalización y control.

Que tal aproximación debe redundar necesariamente en una gestión de fiscalización y control aduanero, en el rango de las operaciones descriptas, mucho más eficiente y eficaz, resultando necesario modificar la dependencia jerárquica del Departamento Grandes Operadores, para que sus funciones se desarrollen en el ámbito de la Subdirección General de Control Aduanero.

Que en atención al creciente intercambio operativo de información producido entre esta Administración y organismos públicos, se considera conveniente optimizar los procesos de suministro y solicitud de información de alcance internacional.

Que por ello, y con el objeto de fortalecer el intercambio de experiencias con distintos Organismos Internacionales, se estima propicio concentrar en un área, el análisis de las cuestiones relativas al intercambio operativo de información.

Que la Dirección General de Aduanas y las Subdirecciones Generales de Fiscalización, de Control Aduanero y de Coordinación Técnico Institucional han prestado su conformidad.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6ş del Decreto Nş 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1ş — Crear 1 (UNA) unidad orgánica con nivel de Dirección denominada "Fiscalidad Internacional", en el ámbito de la Subdirección General de Fiscalización.

Art. 2ş — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Operaciones Internacionales" y sus unidades dependientes, existentes en el ámbito de la Subdirección General de Fiscalización, pasen a depender de la Dirección de Fiscalidad Internacional.

Art. 3ş — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Operaciones Internacionales" pase a denominarse "Gestión y Evaluación Técnica Internacional".

Art. 4ş — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "Programas y Normas de Operaciones Internacionales", existente en el Departamento Gestión y Evaluación Técnica Internacional, pase a denominarse "Gestión Estratégica de Fiscalidad Internacional", manteniendo idéntica dependencia jerárquica.

Art. 5ş — Crear 1 (UNA) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Gestión de Información Internacional", dependiente de la Dirección de Fiscalidad Internacional, en el ámbito de la Subdirección General de Fiscalización.

Art. 6ş — Crear 2 (DOS) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Intercambio de Información Tributaria" y "Apoyo a la Fiscalidad Internacional" respectivamente, dependientes del Departamento Gestión de Información Internacional.

Art. 7ş — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "R.I.L.O.", existente en el ámbito de la Subdirección General de Control Aduanero pase a depender del Departamento Gestión de Información Internacional, de la Dirección de Fiscalidad Internacional.

Art. 8ş — Crear 1 (UN) cargo de Jefe de Sección para el cupo de la Dirección de Fiscalidad Internacional.

Art. 9ş — Eliminar de la estructura vigente la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Mercosur y Asuntos de Frontera", dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero, en el ámbito de la Dirección General de Aduanas.

Art. 10. — Transferir 1 (UN) cargo de Jefe de Sección y 1 (UN) cargo de Jefe de Oficina del cupo de la Dirección de Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera al cupo de la Dirección General de Aduanas.

Art. 11. — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "Ordenamiento y Seguimiento de Convenios", existente en el ámbito de la Subdirección General de Control Aduanero, pase a denominarse "Cupos de Origen", manteniendo idéntica dependencia jerárquica, acción y tareas.

Art. 12. — Crear 1 (UNA) unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Centro Unico de Monitoreo Aduanero", dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero, en el ámbito de la de la Dirección General de Aduanas.

Art. 13. — Crear 1 (UNA) unidad orgánica con nivel de División denominada "Control Tecnológico Operativo", dependiente del Departamento Centro Unico de Monitoreo Aduanero, de la Subdirección General de Control Aduanero.

Art. 14. — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Sección denominada "Control de Seguimiento Satelital", existente en el ámbito del Departamento Inspecciones Aduaneras, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas de la Dirección General de Aduanas, pase a denominarse "Seguimiento Satelital" y a depender del Departamento Centro Unico de Monitoreo Aduanero, de la Subdirección General de Control Aduanero.

Art. 15. — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Grandes Operadores" y sus unidades dependientes, existentes en el ámbito de la Dirección General de Aduanas, pase a depender de la Subdirección General de Control Aduanero.

Art. 16. — Crear 1 (UN) cargo de Jefe de Sección para el cupo de la Subdirección General de Control Aduanero, de la Dirección General de Aduanas.

Art. 17. — Reemplazar en la estructura organizativa vigente los Anexos A13, A14, A19 y A39 y, en la parte pertinente los Anexos I, B19, B39, B42 y C correspondiente a las Areas Centrales, por los que se aprueban por la presente.

Art. 18. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO B19

SUBDIRECCION GENERAL DE CONTROL ADUANERO

DIVISION CUPOS DE ORIGEN

ACCION

Entender en el estudio de los convenios internacionales relacionados con la política aduanera.

TAREAS

1. Registrar los acuerdos y convenios internacionales y las operaciones de importación y exportación hasta los cupos previstos en dichos instrumentos.

2. Llevar el control de cupos de importación establecidos en los convenios vigentes.

3. Llevar el registro de los acuerdos con ALADI y convenios.

4. Actualizar el ordenamiento de las resoluciones aduaneras vigentes.

5. Realizar la clasificación de los proyectos de actos dispositivos

DEPARTAMENTO CENTRO UNICO DE MONITOREO ADUANERO

ACCION

Entender en la planificación, coordinación y seguimiento de acciones de control relacionadas con la aplicación de herramientas tecnológicas de control aduanero, a ejecutarse sobre las operaciones de comercio exterior que sean intervenidas por el servicio aduanero, en forma previa o concomitante.

TAREAS

1. Coordinar a través de la utilización de tecnología de control aduanero, las acciones de control en las operaciones de comercio exterior.

2. Entender en el análisis de los resultados de las acciones propuestas en materia de control aduanero dando intervención, en materia de su competencia y cuando corresponda, a las áreas operativas y a las Direcciones de Gestión del Riesgo y de Investigaciones.

3. Proponer criterios de control a aplicar por las áreas operativas, ante contingencias detectadas en el seguimiento de las operaciones aduaneras.

4. Entender en el resguardo y concentración de la información obtenida a través de la utilización de tecnología de control aduanero.

5. Establecer los criterios de resguardo de imágenes y archivos provenientes del control de las operaciones aduaneras.

6. Entender en el análisis y en la tramitación necesaria para la incorporación de los adelantos tecnológicos que puedan ser de interés para las políticas de control de la Dirección General de Aduanas.

7. Entender en el análisis de la información obtenida a través de la utilización de herramientas tecnológicas de control aduanero, con el objeto de validar los criterios y acciones de control a implementar.

8. Promover el desarrollo de metodologías de análisis de información orientadas al control en forma previa o concomitante a que las operaciones de comercio exterior sean sometidas a control por parte del servicio aduanero.

SECCION SEGUIMIENTO SATELITAL

ACCION

Entender en el análisis de la información proveniente de los sistemas de seguimiento satelital en las operaciones de tránsito y traslado de mercaderías y dar intervención a las áreas operativas competentes.

TAREAS

1. Analizar la información proveniente de los sistemas de seguridad de tránsito y traslado de cargas.

2. Implementar mecanismos de control sobre la base de la información obtenida dando intervención a las dependencias de la Subdirección General de Control Aduanero y de las áreas operativas involucradas.

3. Implementar planes de contingencia ante situaciones de inseguridad de las cargas.

4. Mantener actualizadas las rutas y zonas georeferenciadas en los sistemas de control que correspondan.

5. Proponer procedimientos de control a partir de la utilización de sistemas de seguimiento satelital.

DIVISION CONTROL TECNOLOGICO OPERATIVO

ACCION

Entender en el análisis de la información obtenida a través de la utilización de herramientas tecnológicas de control aduanero y de sistemas de información integrados al control aduanero, excepto de los sistemas de seguimiento satelital, y dar intervención a las áreas operativas competentes.

TAREAS

1. Analizar la información obtenida a través de la utilización de herramientas tecnológicas de control, así como también la proveniente de los sistemas de información integrados al control aduanero.

2. Emitir alertas de riesgo a las áreas operativas, sobre la base de los estudios y cruces de información realizados.

3. Analizar los resultados de las acciones propuestas en materia de control aduanero y dar intervención a las Direcciones Gestión del Riesgo e Investigaciones, en materia de su competencia.

4. Proponer procedimientos de control mediante la utilización de herramientas tecnológicas de control aduanero.

5. Resguardar las imágenes y archivos generados por herramientas tecnológicas de control aduanero y promover su adecuado manejo y conservación.

6. Responder y dar curso a requerimientos internos y externos referidos a imágenes y archivos obtenidos por medio de herramientas tecnológicas de control aduanero.

DEPARTAMENTO GRANDES OPERADORES

ACCION

Coordinar, realizar y supervisar las tareas inherentes a la investigación, selección, fiscalización y control, de los grandes operadores y/o responsables de mayor importancia fiscal de todo el país, con el fin de efectuar el seguimiento de la operatoria individual de cada uno de ellos y de supervisar el grado de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras.

TAREAS

1. Seleccionar del universo de operadores, aquellos que por su significación fiscal y volumen comercializado se destacan de la operatoria normal, o que se encuentren registrados dentro de regímenes especiales de aduanas domiciliarias y/o factorías.

2. Realizar el seguimiento y control de la operatoria de comercio exterior de los grandes operadores.

3. Efectuar la fiscalización de los operadores seleccionados, de acuerdo con los planes, normas y procedimientos que dicte la Subdirección General de Fiscalización.

4. Elevar periódicamente informes al Director General sobre el cumplimiento de los grandes operadores y/o posibles desvíos detectados.

5. Coordinar las fiscalizaciones que se realicen con las áreas competentes de la Dirección General Impositiva.

6. Oficializar, registrar, notificar los cargos por ajustes de valor, por diferencia de derechos y demás tributos originados cuando ello corresponda, más toda otra liquidación que surja del accionar del área respectiva.

7. Efectuar el control de pago de los cargos notificados, dar curso a las impugnaciones que se presenten contra los cargos formulados, remitiéndolas al área responsable de sus sustanciaciones, proyectar la suspensión y el levantamiento de los importadores y exportadores cuando existan cargos vencidos impagos, y enviar los antecedentes respectivos al área responsable de su persecución por la vía judicial.

8. Efectuar el resumen mensual y anual del movimiento general de cargos.

9. Entender en la recepción, registro y despacho de la documentación que ingrese al Departamento; realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes materiales; atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y participar al área pertinente del movimiento de los fondos de la Caja Chica asignada al Departamento.

OFICINA ADMINISTRATIVA

ACCION

Registrar, dar trámite y despacho de la documentación que se tramiten en el Departamento. Atender todo lo atinente a recursos humanos y suministros de bienes materiales, su mantenimiento y conservación.

TAREAS

1. Recibir, registrar y distribuir las actuaciones que ingresen al Departamento, efectuando los cargos y descargos correspondientes.

2. Atender en la administración del personal de la dotación del Departamento.

3. Intervenir en la preparación del plan anual de necesidades y promover las acciones que hagan al adecuado control y mantenimiento de los recursos, bienes y/o servicios.

4. Mantener una fluida comunicación con las áreas que dependen del Departamento a efectos de solicitar y brindar las aclaraciones necesarias.

DIVISION ADUANAS DOMICILIARIAS

ACCION

Realizar, dentro del ámbito de las Aduanas domiciliarias, las verificaciones y fiscalizaciones, tendientes a determinar el grado de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras de acuerdo con las normas fijadas por la Superioridad y efectuar los cargos correspondientes.

TAREAS

1. Planificar las fiscalizaciones a ser realizadas por el área.

2. Realizar el seguimiento y control de las operaciones efectuadas en las Aduanas bajo su competencia.

3. Solicitar información técnica y específica de acuerdo a los requerimientos de la fiscalización.

4. Inspeccionar en el domicilio de los operadores y/o responsables, las informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos aduaneros, cuando la importancia de las mismas así lo aconseje.

5. Entender en toda tarea externa que implique una fiscalización sobre los operadores a su cargo.

6. Realizar fiscalizaciones e investigaciones en forma conjunta con áreas de la Dirección General Impositiva.

7. Formular los cargos correspondientes que deriven de su accionar.

DIVISION ADUANAS FACTORIAS

ACCION

Realizar, dentro del ámbito de las Aduanas factorías, las verificaciones y fiscalizaciones, tendientes a determinar el grado de cumplimiento de sus obligaciones aduaneras de acuerdo con las normas fijadas por la Superioridad y efectuar los cargos correspondientes.

TAREAS

1. Planificar las fiscalizaciones a ser realizadas por el área.

2. Realizar el seguimiento y control de las operaciones efectuadas en las Aduanas bajo su competencia.

3. Solicitar información técnica y específica de acuerdo a los requerimientos de la fiscalización.

4. Inspeccionar en el domicilio de los operadores y/o responsables, las informaciones proporcionadas por terceros sobre aspectos aduaneros, cuando la importancia de las mismas así lo aconseje.

5. Entender en toda tarea externa que implique una fiscalización sobre los operadores a su cargo.

6. Realizar fiscalizaciones e investigaciones en forma conjunta con áreas de la Dirección General Impositiva.

7. Formular los cargos correspondientes que deriven de su accionar.

ANEXO B39

SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION

DIRECCION DE FISCALIDAD INTERNACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en los aspectos relacionados con el trámite de intercambio de información internacional en función de acuerdos específicos y convenios internacionales en materia tributaria y aduanera, así como efectuar la interpretación técnica tributaria de las normas legales en materia de imposición directa y de procedimiento aplicables a las operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional

Entender en la revisión de actuaciones técnicas de las áreas operativas a efectos de establecer criterios interpretativos uniformes, así como brindar apoyo de gestión en las acciones de investigación, fiscalización y determinación tributarias, implementadas por las mencionadas áreas.

ACCIONES

1. Planificar y coordinar los procedimientos relacionados con la tramitación de intercambio de información tributaria en todas sus modalidades y aduanera internacional en función de los acuerdos específicos y los convenios internacionales.

2. Entender en la realización de estudios de sectores económicos, detectando zonas de riesgo para el control tributario en temas de fiscalidad internacional.

3. Entender en la elaboración de dictámenes e informes técnicos tributarios en materia de imposición directa y de procedimiento, aplicables a las operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional.

4. Entender en la realización de tareas de apoyo a las áreas operativas en los procedimientos de investigación, fiscalización y determinación tributaria en materia de su competencia.

5. Entender en la evaluación de los resultados obtenidos en los procesos de investigación y fiscalización a partir de la información obtenida del exterior en virtud los intercambios internacionales.

6. Entender en la realización de investigaciones estratégicas y seguimiento de las tareas de fiscalización tributaria sobre temas o casos concretos que por su naturaleza puedan constituir casos de alto impacto en materia de operaciones internacionales, de precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional.

7. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y Caja Chica asignada a la Dirección.

DEPARTAMENTO GESTION DE INFORMACION INTERNACIONAL

ACCION

Entender en los aspectos relacionados con la gestión y el trámite de intercambio de información internacional en función de acuerdos específicos y convenios internacionales en materia tributaria y aduanera; así como en las tareas de apoyo de gestión a las áreas operativas en los procedimientos de fiscalización y de determinación, en los temas de su competencia.

TAREAS

1. Entender en la gestión y tramitación del intercambio de información tributaria internacional en todas sus modalidades.

2. Entender en la definición técnica y criterios a considerar en la celebración de acuerdos específicos de intercambio de información.

3. Asegurar una comunicación permanente y una red de análisis sobre la lucha contra la droga y el fraude comercial, entre los miembros de las Oficinas Regionales RILO (Oficina Regional para la Coordinación de Inteligencia) y la sede de la Organización Mundial Aduanera (OMA).

4. Entender en el análisis estratégico de las solicitudes de información del exterior.

5. Entender en el análisis de la información recibida del exterior por intercambio tributario automático y dar intervención a las áreas del Organismo que correspondan.

6. Asistir a las áreas operativas en los procedimientos de fiscalización llevados a cabo en materia de su competencia, así como evaluar los resultados obtenidos en esos procesos a partir de la información obtenida del exterior por el intercambio internacional.

7. Supervisar el cumplimiento de los plazos acordados para la remisión de información desde y hacia el exterior.

DIVISION R.I.L.O.

ACCION

Mantener el enlace internacional de la Red R.I.L.O. de acuerdo a las pautas instrumentadas por la Organización Mundial de Aduanas, así como tramitar el intercambio de información internacional en función de acuerdos y convenios específicos que en materia aduanera son gestionados por el Organismo.

TAREAS

1. Establecer una comunicación permanente y una red de análisis sobre la lucha contra la droga y el fraude comercial, entre los miembros de las Oficinas Regionales R.I.L.O. (Oficina Regional para la Coordinación de Inteligencia) y la sede de la Organización Mundial Aduanera.

2. Generar y mantener actualizado el sistema de recepción, recopilación e investigación del tráfico internacional de estupefacientes y/o fraude aduanero a raíz de procedimientos realizados por la Aduana, otras fuerzas y las informaciones recibidas de R.I.L.O.

3. Efectuar el seguimiento de las solicitudes realizadas desde y hacia al exterior.

4. Requerir a las áreas internas solicitantes el resultado obtenido de la utilización de la información del exterior.

5. Canalizar, a las áreas competentes del Organismo, los pedidos externos de información y

supervisar su cumplimento.

6. Detectar situaciones a mejorar en el proceso de intercambio de información mejorando la eficiencia operativa y/o informativa.

7. Asegurar la reciprocidad informática con los organismos nacionales e internacionales y oficiar de enlace en el intercambio de información con otros servicios aduaneros.

8. Confeccionar informes y reportes sobre las tareas realizadas, la información intercambiada y su utilidad.

DIVISION INTERCAMBIO DE INFORMACION TRIBUTARIA

ACCION

Entender en el trámite de intercambio de información internacional en todas sus modalidades en función de los acuerdos específicos y convenios internacionales en materia tributaria.

TAREAS

1. Tramitar el intercambio de información tributaria internacional en todas sus modalidades, en función de los acuerdos específicos y convenios internacionales.

2. Establecer las definiciones técnicas que le sean requeridas para la celebración de acuerdos específicos de intercambio de información, en materia de su competencia.

3. Generar la información para remitir al exterior en la modalidad de intercambio automático.

4. Analizar la información recibida del exterior por intercambio automático y dar intervención a las áreas del Organismo que correspondan, para su investigación y demás procedimientos que resulten aplicables.

5. Efectuar el seguimiento de las solicitudes realizadas desde y hacia al exterior, asegurando el cumplimiento de los plazos internacionales acordados para la remisión de la información.

6. Requerir a las áreas internas solicitantes el resultado obtenido de la utilización de la información del exterior.

7. Canalizar, a las áreas competentes del Organismo, los pedidos externos de información y supervisar su cumplimento.

8. Detectar situaciones a mejorar en el proceso de intercambio de información internacional, proponiendo modificaciones a los acuerdos específicos celebrados.

9. Producir la información necesaria para evaluar el grado de cumplimiento otorgado por los entes co-contratantes en los acuerdos específicos de intercambio de información internacional.

10. Confeccionar informes y reportes sobre las tareas realizadas, la información intercambiada y su utilidad.

DIVISION APOYO A LA FISCALIDAD INTERNACIONAL

ACCION

Entender en las tareas de apoyo a las áreas operativas en los procedimientos de fiscalización tributaria que se lleven a cabo en materia de imposición directa sobre operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional, así como evaluar los resultados obtenidos en los procesos de fiscalización a partir de la información proveniente del exterior por intercambio internacional.

TAREAS

1. Asistir a las áreas operativas, maximizando el grado de eficiencia de las acciones de fiscalización en materia de operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional.

2. Evaluar los resultados obtenidos en las fiscalizaciones realizadas sobre los temas de su competencia.

3. Coordinar y evaluar funcionalmente las fiscalizaciones de todo el país en los temas de su competencia.

4. Analizar el impacto en los procesos de fiscalización de la información obtenida del exterior con motivo del intercambio internacional.

5. Propiciar la unificación de criterios evaluando la aplicación de criterios técnicos ya emitidos en los procedimientos de fiscalización que involucren temas de su competencia.

6. Efectuar el seguimiento de aquellos casos de fiscalización en temas de su competencia que por su naturaleza presenten un alto grado de impacto tributario.

7. Elaborar informes y estadísticas sobre los resultados obtenidos en los procesos de fiscalización sobre los temas de su competencia y realizar el seguimiento de las actuaciones correspondientes.

8. Llevar un registro de los criterios técnicos utilizados en los procesos de fiscalización en materia de su competencia.

DEPARTAMENTO GESTION Y EVALUACION TECNICA INTERNACIONAL

ACCION

Entender en la emisión de dictámenes e informes técnicos en materia de imposición directa y procedimiento tributario respecto de las operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional así como en la elaboración de normas y procedimientos de control para la investigación y fiscalización de los temas indicados.

Entender en la realización de estudios de sectores económicos, detectando zonas de riesgo para el control tributario en temas de su competencia.

TAREAS

1. Emitir dictámenes e informes técnicos en materia de imposición directa y procedimiento tributario, respecto de las operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional.

2. Proponer el dictado de normas legales o administrativas y criterios interpretativos que faciliten la correcta determinación de las bases imponibles en materia de imposición directa y en materia de procedimiento tributario en los temas de su competencia.

3. Entender en el estudio de los sectores económicos detectando zonas de riesgo para el control tributario en materia de operaciones internacionales y precios de transferencia.

4. Realizar investigaciones estratégicas y seguimiento de los procesos de fiscalización sobre temas o casos concretos que por su naturaleza puedan constituir casos de alto impacto en materia de operaciones internacionales y de precios de transferencia.

5. Entender en el desarrollo de modelos y elaboración de normas de auditoría fiscal destinados a facilitar y optimizar la realización de las fiscalizaciones en la materia de su competencia.

6. Realizar la supervisión técnica de las determinaciones de oficio ya emitidas por las áreas operativas que involucren temas de su competencia.

7. Propiciar la aplicación unificada de criterios, brindando apoyo en materia de capacitación.

DIVISION GESTION ESTRATEGICA DE FISCALIDAD INTERNACIONAL

ACCION

Entender en el estudio de sectores económicos, detectando zonas de riesgo para el control tributario en materia de operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional, así como efectuar investigaciones estratégicas para apoyar las acciones operativas de investigación y fiscalización, en materia de su competencia.

TAREAS

1. Realizar estudios económicos, financieros y fiscales por sectores económicos, detectando zonas de riesgo en materia de su competencia.

2. Realizar análisis generales de las justificaciones de precios de transferencia y de las respectivas declaraciones juradas nivel nacional, detectando tipo de operaciones, actividades o naturaleza de contribuyentes a ser sometidos a control tributario en materia de su competencia.

3. Realizar propuestas de instrumentación de metodologías especiales de control y auditoría en los temas de su competencia.

4. Proponer planes especiales de fiscalización en los temas de su competencia.

5. Efectuar el relevamiento de datos de fuentes internas y externas al Organismo, brindando la información disponible a las áreas operativas, en apoyo a las tareas de investigación y fiscalización en materia de su competencia.

6. Elaborar y proponer procedimientos, normas internas y soportes a aplicar en las tareas de investigación y fiscalización en materia de su competencia.

7. Efectuar el control primario del cumplimiento de las presentaciones de las declaraciones juradas en el ámbito de su competencia, para derivar la prosecución de las tareas pertinentes a las áreas operativas.

8. Realizar investigaciones estratégicas sobre temas o casos concretos que por su naturaleza puedan constituir casos novedosos o de alto impacto en materia de su competencia.

9. Impulsar el diseño o modificación de sistemas informáticos y de aplicativos para mejorar el control de las operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional.

10. Interactuar con las áreas operativas de todo el país para maximizar las acciones de investigación en los temas de su competencia.

DIVISION DICTAMENES Y EVALUACION TECNICA

ACCION

Entender en la emisión de dictámenes e informes técnicos en materia de imposición directa y procedimiento tributario respecto de las operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional, como así también impulsar modificaciones de normas legales y reglamentarias y el dictado de normas resolutivas y dispositivas.

TAREAS

1. Proyectar dictámenes e informes técnicos en materia de imposición directa y procedimiento tributario respecto de las operaciones internacionales, precios de transferencia y otros temas de fiscalidad internacional.

2. Proyectar informes técnicos en materia de convenios para evitar la doble imposición cuando deba solicitarse la intervención de la autoridad de aplicación de dichos acuerdos internacionales.

3. Realizar los estudios técnicos y el relevamiento de datos necesarios para efectuar propuestas de modificaciones legales y reglamentarias y propuestas de dictado de normas resolutivas, en materia de su competencia.

4. Impulsar el dictado de normas internas para las dependencias fiscalizadoras a partir de criterios técnicos emitidos.

5. Propiciar y coordinar la aplicación uniforme de criterios técnicos para optimizar la gestión operativa, en materia de su competencia.

6. Atender las consultas efectuadas por los contribuyentes, responsables y otros interesados, en materia de su competencia.

7. Efectuar la supervisión técnica de las determinaciones de oficio ya emitidas sobre temas de su competencia.

8. Brindar, el apoyo técnico que le sea requerido en temas de su competencia en relación a compromisos asumidos por la Administración Federal con Organismos Internacionales.

9. Efectuar el enlace con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para la gestión de consultas relacionadas con los convenios de doble imposición.

10. Llevar un registro de dictámenes, informes, jurisprudencia administrativa y judicial, que por su naturaleza revistan interés en la materia de su competencia.

11. Colaborar con la Dirección de Capacitación para el diseño, la coordinación y la ejecución de capacitación sobre temas de su competencia.

ANEXO B42

SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICO INSTITUCIONAL

DIRECCION DE ASUNTOS INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Subdirector General en la planificación y desarrollo de las actividades de representación internacional que se lleven a cabo con Organismos Internacionales.

Entender en el análisis, formulación y negociación de propuestas vinculadas con las gestiones aduaneras y fiscales internacionales, que deban efectuarse en el ámbito internacional, con los Organismos que correspondan.

ACCIONES

1. Entender en la planificación y ejecución de las actividades vinculadas con la representación institucional de la AFIP, que deba llevarse a cabo con Organismos internacionales.

2. Promover y participar en programas de intercambio de experiencias e información que resulten de interés institucional.

3. Facilitar las relaciones entre la AFIP, los Gobiernos y Organismos Internacionales, promoviendo vínculos de colaboración en materia aduanera y fiscal.

4. Entender en la definición de las instrucciones relativas a las negociaciones y en el análisis, evaluación y formulación de propuestas vinculadas con la operatoria aduanera y fiscal a tratar con Organismos Internacionales en las reuniones técnicas que se lleven a cabo.

5. Coordinar la participación de la AFIP en reuniones internacionales vinculadas a asuntos de su competencia.

6. Mantener permanente contacto con los Organismos Internacionales que permitan la proyección y desarrollo de proyectos, programas y planes interinstitucionales.

7. Entender en la coordinación y promover con los distintos Servicios Aduaneros las acciones tendientes a la armonización de los procedimientos operativos aduaneros y en la aplicación de las normas inherentes a fronteras.

8. Recepcionar, registrar y despachar la documentación que ingrese a la Dirección, realizar el adecuado suministro, mantenimiento y conservación de los bienes patrimoniales asignados, ejecutar las distintas tareas administrativas, atender los asuntos inherentes a los recursos humanos de la misma y administrar y comunicar al área pertinente los movimientos de los fondos de la Caja Chica asignada a la Dirección.

DIVISION GESTION ADUANERA INTERNACIONAL

ACCION

Entender en las actividades relacionadas con las acciones de colaboración en materia aduanera que se lleven a cabo con Organismos Internacionales.

TAREAS

1. Participar y coordinar las reuniones, seminarios, grupos de trabajo y/o eventos organizados por los Organismos Internacionales en materia aduanera.

2. Coordinar la participación de la Aduana en los distintos Organos del MERCOSUR relacionados con la actividad del comercio exterior y la aplicación de la normativa aduanera.

3. Elaborar informes relacionados con los temas a tratar en los eventos en los que participe el Organismo.

4. Participar en la elaboración temática del contenido de la agenda de los eventos internacionales de competencia de la Dirección, cuya organización le sea encomendada.

5. Realizar el seguimiento de las iniciativas comprometidas en los eventos internacionales y difundirlas entre las áreas competentes del Organismo.

6. Coordinar o dar intervención a las áreas competentes en la selección de los funcionarios que asistirán a los eventos.

DEPARTAMENTO MERCADOS COMUNITARIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES

ACCION

Entender en el análisis, formulación y negociación de propuestas vinculadas con asuntos aduaneros y fiscales y su representación en el ámbito Internacional.

TAREAS

1. Entender en la definición de los criterios relacionados con los asuntos fiscales y aduaneros a considerarse en los eventos en los que participe el Organismo.

2. Proponer el diseño de políticas y estrategias nacionales para los proyectos de cooperación internacional en materia aduanera y fiscal.

3. Realizar el seguimiento de las actividades relacionadas con la participación de la AFIP en comisiones, congresos, conferencias, reuniones y todo evento internacional.

4. Participar en la elaboración de los proyectos de actos dispositivos que tengan relación con la normativa comunitaria, así como en los distintos foros relacionados con políticas de integración.

5. Intervenir en la evaluación de los informes vinculados a la materia fiscal y aduanera producidos por los asistentes a los eventos.

6. Identificar y planificar acciones y políticas necesarias para instrumentar la integración en materia aduanera entre los países de la región y países latinoamericanos, en coordinación con la Cancillería.

7. Participar en el análisis, evaluación y formulación de propuestas en temas relativos a fronteras, como así también respecto del establecimiento de controles únicos de frontera.