Ente Nacional Regulador de la Electricidad

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 21/2010

Apruébanse los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas distribuidoras Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap S.A.

Bs. As., 3/2/2010

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución SE Nº 797/2008, la Resolución SE Nº 1170/08, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO l aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante "Versión 2005 del PUREE"), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante "Versión 2004 del PUREE").

Que, por su parte, el ARTICULO 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de Jurisdicción Nacional presentaron ante este Ente la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del DIEZ POR CIENTO (10%) estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/11/2009 y el 9/12/2009 y los días 10/12/2009 y el 9/01/2010, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que "EDESUR S.A.", mediante Nota de Entrada Nº 164.908 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/11/2009 y el 9/12/2009 ascendieron a CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS DIEZ kWh (52.813.610 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría alcanzó a NOVENTA Y SEIS MILLONES TRECIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO kWh (96.316.664 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 92/100 ($ 6.533.743,92) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS UN MILLON VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 71/100 ($ 1.029.571,71); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los CATORCE MILLONES SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO kWh (14.067.651 kWh) en tanto el consumo en exceso fue de DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DIECISIETE kWh (19.884.917 kWh) lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 49/100 ($ 2.380.998,49) y ajustes por PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO DOS CON 22/100 ($ 4.584.102,22); los usuarios T3 BT ahorraron DOCE MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE kWh (12.145.487 kWh), consumieron en exceso VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO kWh (28.246.874 kWh) y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 89/100 ($ 2.146.562,89) y ajustes por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS VENTISEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 33/100 ($ 1.826.645,33); los T3 MT ahorraron DOCE MILLONES VEINTIDOS MIL SETECIENTOS VEINTISEIS kWh (12.022.726 kWh), consumieron en exceso VEINTISEIS MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES kWh (26.412.663 kWh) y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 40/100 ($ 2.474.738,40) como así también ajustes por valor de PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 3/100 ($ 527.742,03); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO kWh (554.351 kWh), los consumos en exceso SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS kWh (678.262 kWh), los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento por PESOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 14/100 ($ 64.286,14), mientras los ajustes ascendieron a PESOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS ONCE CON 16/100 ($ 26.611,16); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de TRES MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS TRES kWh (3.128.903 kWh), los consumos en exceso SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE kWh (7.904.197 kWh), los cargos abonados de PESOS SEISCIENTOS UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 15/100 ($ 601.738,15) y los ajustes de PESOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 20/100 ($ 93.293,20).

Que asimismo, mediante Nota de Entrada Nº 165.629 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/12/2009 y el 9/01/2010 ascendieron a CUARENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO kWh (45.907.424 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría alcanzó a OCHENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DOCE kWh (84.683.912 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL SETECIENTOS NOVENTA CON 18/100 ($ 3.500.790,18) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CUATROCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 33/100 ($ 404.894,33); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO kWh (17.377.378 kWh) en tanto el consumo en exceso fue de VEINTIDOS MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE kWh (22.912.427 kWh) lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 30/100 ($ 2.889.979,30) y ajustes por PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 50/100 ($ 4.676.882,50); los usuarios T3 BT ahorraron QUINCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO kWh (15.686.834 kWh), consumieron en exceso VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCO kWh (27.288.405 kWh) y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 75/100 ($ 2.689.434,75) y ajustes por PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON 94/100 ($ 1.439.932,94); los T3 MT ahorraron CATORCE MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES kWh (14.054.373 kWh), consumieron en exceso VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS kWh (25.744.792 kWh) y afrontaron cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NUEVE ($ 3.065.409,00) como así también ajustes por valor de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 76/100 ($ 194.839,76); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE kWh (587.967 kWh), los consumos en exceso CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA kWh (477.570 kWh), los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento por PESOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS TRECE CON 42/100 ($ 71.513,42), mientras los ajustes ascendieron a PESOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 3/100 ($ 34.176,03); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO kWh (3.342.945 kWh), los consumos en exceso NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL QUINIENTOS VEINTIDOS kWh (9.150.522 kWh), los cargos abonados de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON 80/100 ($ 875.971,80) y los ajustes de PESOS TRESCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON 99/100 ($ 302.316,99).

Que, por su parte, mediante Nota de Entrada Nº 164.902 "EDELAP S.A." informó los resultados del programa en su área de concesión en el período 10/11/2009 a 9/12/2009; en el caso de los usuarios residenciales los ahorros ascendieron a CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO kWh (5.191.238 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) alcanzó a NUEVE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS kWh (9.699.886 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SEISCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 8/100 ($ 602.293,08); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 90/100 ($ 98.559,90); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los NOVECIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN kWh (902.261 kWh), los consumos en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) fueron de UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO kWh (1.632.518 kWh) y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL TRECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 48/100 ($ 220.392,48) mientras los ajustes fueron de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON 65/100 ($ 542.177,65); los usuarios T3 BT ahorraron UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UN kWh (1.151.991 kWh), consumieron en exceso UN MILLON NOVECIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO kWh (1.912.985 kWh) y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 20/100 ($ 188.326,20), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON 16/100 ($ 354.463,16); los T3 MT ahorraron NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y DOS kWh (984.042 kWh), consumieron en exceso DOS MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS kWh (2.715.972 kWh) y afrontaron cargos en exceso por PESOS TRESCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS CINCO CON 56/100 ($ 305.305,56) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 15/100 ($ 529.820,15); en cuanto a los usuarios de peaje en BT los consumos en exceso MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO kWh (1.174 kWh) y los cargos afrontados de PESOS CIENTO DOS CON 14/100 ($ 102,14); en MT los ahorros fueron TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE kWh (34.569 kwh), los consumos en exceso DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE kWh (281.637 kWh), los cargos afrontados de PESOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 26/100 ($ 32.388,26) y los ajustes por PESOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NUEVE CON 46/100 ($ 97.409,46).

Que asimismo, por Nota de Entrada Nº 165.643 "EDELAP S.A." informó los resultados del programa en su área de concesión en el período 10/12/2009 a 9/01/2010; en el caso de los usuarios residenciales los ahorros ascendieron a CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE kWh (5.586.799 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) alcanzó a DIEZ MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO DIEZ kWh (10.945.110 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SETECIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 34/100 ($ 702.679,34); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS QUINIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 42/100 ($ 514.675,42); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los UN MILLON CATORCE MIL DOCE kWh (1.014.012 kWh), los consumos en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) fueron de UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA kWh (1.897.880 kWh) y los cargos en exceso sumaron PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIECISEIS CON 26/100 ($ 256.216,26) mientras los ajustes fueron de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL QUINCE CON 67/100 ($ 494.015,67); los usuarios T3 BT ahorraron 1.000.787 kWh, consumieron en exceso 1.564.415 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 42/100 ($ 153.795,42), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CON 25/100 ($ 337.183,25); los T3 MT ahorraron 1.760.456 kWh, consumieron en exceso 1.636.901 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 46/100 ($ 182.898,46) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 55/100 ($ 759.857,55); en cuanto a los usuarios de peaje en BT los consumos en exceso 1334 kWh y los cargos afrontados de PESOS CIENTO DIECISEIS CON 6/100 ($ 116,06); en MT los ahorros fueron 29.740 kWh, los consumos en exceso 274.233 kWh, los cargos afrontados de PESOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS CON 80/10 ($ 31.536,80) y los ajustes por PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 9/100 ($ 127.362,09).

Que a su vez, "EDENOR S.A.", por medio de Nota de Entrada Nº 164.846, informó los resultados del programa en su área de concesión en el período 10/11/2009 a 9/12/2009; en el caso de los usuarios residenciales los ahorros en el período considerado ascendieron a 62.885.911 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 119.475.254 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 96/100 ($ 7.434.592,96), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y UNO CON 71/100 ($ 64.181,71); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 14.317.832 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 23.830.823 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS TRES MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL SIETE ($ 3.098.007,00), y los ajustes fueron de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 9/100 ($ 45.254,09); los usuarios T3 BT ahorraron 10.863.164 kWh, consumieron en exceso 26.825.470 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 31/100 ($ 2.253.339,31) y ajustes equivalentes a PESOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 38/100 ($ 92.388,38); los T3 MT ahorraron 9.055.711, consumieron en exceso 29.788.835 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SEIS CON 80/100 ($ 2.383.106,80) y ajustes por PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 27/100 ($ 154.447,27); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 205.683 kWh, el consumo en exceso fue de 781.331 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO CON 80/100 ($ 65.631,80), mientras que los usuarios en MT ahorraron 2.720.241 kWh, consumieron en exceso 23.932.637 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SEIS CON 61/100 ($ 1.914.606,61).

Que a su vez, por medio de Nota de Entrada Nº 165.568, informó los resultados del programa en su área de concesión en el período 10/12/2009 a 9/01/2010; en el caso de los usuarios residenciales los ahorros en el período considerado ascendieron a 66.744.279 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 115.262.155 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SEIS CON 88/100 ($ 7.565.706,88), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE CON 66/100 ($ 194.737,66); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 17.585.537 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 22.077.869 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL CIENTO VEINTIDOS CON 97/100 ($ 2.870.122,97), y los ajustes fueron de PESOS DOCE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON 25/100 ($ 12.821,25); los usuarios T3 BT ahorraron 11.896.337 kWh, consumieron en exceso 26.155.349 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SIETE CON 28/100 ($ 2.317.607,28) y ajustes equivalentes a PESOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 22/100 ($ 36.664,22); los T3 MT ahorraron 9.494.652, consumieron en exceso 28.349.413 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS QUINCE CON 60/100 ($ 2.994.215,60) y ajustes por PESOS TRESCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 58/100 ($ 306.738,58); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 148.950 kWh, el consumo en exceso fue de 922.084 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y UNO CON 62/100 ($ 94.191,62), mientras que los usuarios en MT ahorraron 2.933.505 kWh, consumieron en exceso 29.348.146 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL SESENTA Y OCHO CON 90/100 ($ 3.310.068,90).

Que el presente acto contempla lo establecido en el artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/1/2010 y 9/2/2010, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

Art. 2º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/2/2010 y 9/3/2010, que figuran como ANEXO II de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

Art. 3º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo III de la presente Resolución.

Art. 4º — Notifíquese a "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A.", "EDELAP S.A." y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario H. de Casas. — Enrique G. Cardesa. — Marcelo Baldomir Kiener.

ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 21/2010

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Nota: De acuerdo a lo establecido en la Resolución SE Nº 797/08, el valor para la categoría Residencial es aplicable para los consumos menores o iguales a 1000 kWh/bimestre. En el caso de los usuarios T2, T3 y peaje, los valores son aplicables en los términos del artículo 2º de la Resolución SE Nº 1170/08.

ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº 21/2010

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Nota: De acuerdo a lo establecido en la Resolución SE Nº 797/08, el valor para la categoría Residencial es aplicable para los consumos menores o iguales a 1000 kWh/bimestre. En el caso de los usuarios T2, T3 y peaje, los valores son aplicables en los términos del artículo 2º de la Resolución SE Nº 1170/08.

ANEXO III DE LA RESOLUCION ENRE Nº 21/2010