PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 175/2010

Establécese que los miembros del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual tendrán rango y jerarquía de Secretario.

Bs. As., 2/2/2010

VISTO el Expediente Nº 88/2010 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 10 de la Ley Nº 26.522 se creó la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, como organismo descentralizado y autárquico en la órbita del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que de acuerdo a lo prescripto por el Artículo 14 de dicha ley, la conducción y administración de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL será ejercida por un Directorio integrado por SIETE (7) miembros nombrados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que resulta necesario establecer las remuneraciones del Presidente del Directorio y de sus integrantes.

Que el Decreto Nº 838 del 27 de mayo de 1994 fijó el Sueldo Básico de las Autoridades Superiores del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en carácter de remuneración total.

Que el Decreto Nº 782 del 16 de junio de 2006 estableció el Complemento por Responsabilidad del Cargo para las mencionadas autoridades, como asimismo para aquéllas que ostenten rango y jerarquía de tales.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Establécese que los miembros del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION tendrán rango y jerarquía de Secretario.

Art. 2º — Las erogaciones que demande la aplicación de lo dispuesto en el presente decreto serán atendidas con cargo a los créditos vigentes del Inciso 1 —Gastos en Personal— del Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio en curso del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION - AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.