MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución Nº 175/2010

Bs. As., 18/2/2010

VISTO el Expediente Nº 165.668/09-SSSALUD y las Leyes Nros. 23.660 y 23.661, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las normas citadas en el VISTO se regulan la actividad de los Agentes del Seguro de Salud y del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que resulta prioritario actualizar la información necesaria para supervisar y controlar adecuadamente la cobertura de medicamentos que se consume en el ámbito de la seguridad social.

Que es necesario efectuar un relevamiento de la población amparada por el Sistema Nacional del Seguro de Salud en general y de los adultos mayores en particular, respecto de los productos medicinales de mayor frecuencia que se consumen, con el objeto de diseñar una política sanitaria tendiente a mejorar la cobertura y el control de los medicamentos a los que accede la población referida.

Que el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social es un organismo internacional técnico, especializado y sin fines de lucro, que tiene por objeto contribuir y cooperar con el desarrollo de la seguridad social en América, formular declaraciones y recomendaciones en materia de seguridad social, así como promover su difusión, fomentar y orientar la capacitación y formación de los profesionales y trabajadores al servicio de la seguridad social, investigar, recopilar y difundir los avances y estudios de los sistemas de seguridad social.

Que las funciones de dicho organismo internacional incluye la de poder realizar las tareas antes aludidas.

Que, además, el organismo referido demostró su voluntad en trabajar juntamente con la Superintendencia de Servicios de Salud, en el relevamiento mencionado en el considerando tercero, conforme se desprende del expediente citado en el VISTO.

Que, en virtud de lo expuesto, se elaboró un proyecto de Convenio de Cooperación a celebrarse entre la Superintendencia de Servicios de Salud y el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social.

Que han tomado la intervención que les compete la Gerencia de Administración y la de Asuntos Jurídicos de este organismo.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los decretos Nº 1615/96 y Nº 1034/09.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la suscripción del Convenio de Cooperación con el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social, que como anexo forma parte integrante de esta resolución.

ARTICULO 2º — Autorízase a la Gerencia de Administración de este Organismo a liquidar y abonar los importes establecidos en el Convenio aprobado por el artículo 1º.

ARTÍCULO 3º — Aféctase al presupuesto de la Superintendencia de Servicios de Salud los montos comprometidos en el Convenio de Cooperación e impútese a la partida presupuestaria específica.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Dr. RICARDO E. BELLAGIO, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

———

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 — Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www. boletinoficial.gov.ar

e. 24/02/2010 Nº 17264/10 v. 24/02/2010