MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1561/2009

Tope Nº 401/2009

Bs. As., 10/11/2009

VISTO el Expediente Nº 1243.639/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1171 del 15 de septiembre de 2009 y Nº 1254 del 30 de septiembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución S.T. Nº 1254/09, cuya copia fiel obra a fs. 150/154 del Expediente Nº 1.243.639/09, se ajustó el monto del tope indemnizatorio fijado por la Resolución S.T. Nº 1171/09, correspondiente al acuerdo celebrado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo dispuesto por el articulo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que el referido acuerdo fue celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de empresa Nº 17/75 "E", y fue homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1666 del 4 de noviembre de 2008 y registrado bajo el Nº 1153/08.

Que se advierte que en el cálculo del tope indemnizatorio ajustado mediante la Resolución S.T. Nº 1254/09 se incurrió en un error material al consignar los montos de los salarios básicos vigentes a partir del mes de agosto de 2008.

Que por tal motivo corresponde subsanar dicho error material mediante el dictado del acto administrativo correspondiente.

Que cabe destacar, que la Resolución S.T. Nº 1254/09 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que el presente acto se dicta conforme a lo establecido por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Nº 1759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 1991).

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Remplácese el Anexo de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1254 del 30 de septiembre de 2009, por el ANEXO que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con el tope indemnizatorio ajustado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1254 del 30 de septiembre de 2009 que se rectifica por la presente medida, correspondiente al Acuerdo registrado bajo el Nº 1153/08 y homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1666 del 4 de noviembre de 2008.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.243.639/07

Expediente Nº 1.243.639/07

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION Nº 1561/09 se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 401/09 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.