MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Decreto 316/2010

Decláranse bienes de interés histórico-artístico a diversas sepulturas del Cementerio del Oeste de la Ciudad de San Miguel de Tucumán.

Bs. As., 3/3/2010

VISTO el expediente Nº 2780/08 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se propone la declaratoria de los sepulcros que guardan los restos de Silvano BORES; Pedro León GALLO; Dolores MORA DE LA VEGA —LOLA MORA—; Domingo MARTINEZ MUÑECAS; Lucas CORDOBA e Ignacio COLOMBRES, todos ellos emplazados en el CEMENTERIO DEL OESTE de la ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN, y

CONSIDERANDO:

Que el 17 de febrero de 1855 nació en Tucumán Silvano BORES, siendo sus padres don Francisco BORES y doña María RUIZ HUIDOBRO.

Que en 1872 culminó sus estudios de bachiller en el Colegio Nacional cuyo rectorado era ejercido por el sabio francés Amadeo JACQUES, siendo uno de los alumnos más sobresalientes.

Que en 1880 fue electo diputado nacional hasta el 1º de enero de 1882, año en que el presidente Julio Argentino ROCA lo nombró Subsecretario de Relaciones Exteriores, cargo que desempeñó hasta enero del año 1883.

Que en el año 1888 fue nuevamente elegido diputado nacional, cargo al que renunció al año siguiente.

Que durante esos años formó parte del movimiento renovador literario liderado por el poeta nicaragüense Félix Rubén GARCIA SARMIENTO —Rubén DARIO—, de quien fue amigo dilecto y comentador original.

Que fue a su vez una de las figuras más destacadas de la llamada GENERACION DEL OCHENTA.

Que en el año 1890 fue elegido gobernador de la Provincia de TUCUMAN, en 1898 fue diputado nacional por tercera vez y en el año 1902, fue electo por cuarta vez diputado nacional, sorprendiéndole la muerte poco tiempo después.

Que en el año 1779 nació en Santiago del Estero Pedro León GALLO, siendo sus padres el español don Vicente DIAZ GALLO y la argentina doña Francisca Gabina LOPEZ de VELAZCO.

Que el 9 de julio de 1816 fue uno de los firmantes del Acta de la Independencia, siendo posteriormente designado vicepresidente del Congreso ese mismo año y presidente en 1819.

Que el 5 de junio de 1821, junto a los presbíteros doctores Pedro Miguel ARAOZ y José Andrés PACHECO DE MELO, suscribió el tratado de Vinará.

Que en octubre de 1838 el gobernador Juan Felipe IBARRA le encomendó el gobierno de la diócesis de Santiago.

Que sintiéndose enfermo de muerte se trasladó a la Provincia de TUCUMAN, donde falleció el 7 de febrero de 1852.

Que a mediados del siglo XIX nació en Tucumán Domingo MARTINEZ MUÑECAS, hijo de don Domingo MARTINEZ y doña Cornelia DE LAS MUÑECAS.

Que siendo muy joven ocupó bancas en la Legislatura provincial y presidió el célebre Club "Unión".

Que en 1878 fue elegido gobernador de la Provincia de TUCUMAN, en medio de una severa crisis económica, y durante su mandato hizo respetar la libertad de prensa, pese a los agravios que debió soportar, renovó la Legislatura, organizó la Guardia Nacional y dispuso la creación de un "fondo para escuelas", entre otras medidas sustantivas.

Que en el año 1887 fue elegido Presidente del Senado de la Provincia, falleciendo el 29 de abril de 1888 en su tierra natal. Que el 22 de abril de 1866 nació en el actual territorio de la Provincia de SALTA Dolores Candelaria MORA de la VEGA —Lola MORA—. (Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N°1665/2013 B.O. 31/10/2013 se deja aclarado que la fecha de nacimiento de la escultora Dolores Candelaria MORA de la VEGA —Lola Mora—, a los efectos del presente Decreto, es 22 de abril de 1867)

Que en el año 1887 comienza a estudiar dibujo y pintura con Santiago FALCUCCI, y en el año 1895 viajó a BUENOS AIRES para continuar sus estudios.

Que en el año 1897 viajó a Europa con una beca del Gobierno y, una vez instalada en el Viejo Continente, profundizó sus estudios con Paolo MICHETTI y MONTEVERDE.

Que en el año 1899 realizó dos autorretratos que redundaron en la obtención de una medalla de oro en la Exposición de París.

Que en el año 1902 ganó un concurso por su boceto para un monumento a la Reina Victoria organizado en la ciudad de MELBOURNE,AUSTRALIA.

Que el 21 de mayo de 1903 se inauguró la FUENTE DE LAS NEREIDAS, para muchos su obra cumbre, en el entonces denominado PASEO DE JULIO y CANGALLO, en la Ciudad de BUENOS AIRES.

Que en el año 1904 ganó un concurso para el monumento al Zar ALEJANDRO I a erigirse en la ciudad de SAN PETERSBURGO ,en la entonces FEDERACION DE RUSIA.

Que en el año 1906 se inauguró el edificio del CONGRESO NACIONAL con DOS (2)grupos escultóricos de su autoría: uno de ellos, compuesto por alegorías de La Libertad, El Comercio y dos leones; y el otro, por La Paz, La Justicia y una figura masculina.

Que en el año 1908 ganó el concurso para el monumento a AVELLANEDA, a emplazarse en la plaza de la ciudad bonaerense del mismo nombre.

Que en el año 1909 se eligió su boceto para el monumento a la Bandera de la ciudad de ROSARIO.

Que en el año 1923 se inauguró en SALTA su monumento a Facundo ZUVIRIA.

Que en el año 1929 se inauguró en CORRIENTES su escultura en homenaje a Carlos María de ALVEAR.

Que en el año 1930 se inauguró en SAN JUAN su monumento a Narciso Francisco de LAPRIDA, el cual ha sido declarado bien de interés histórico de la Nación mediante la Ley Nº 26.505 falleciendo en la Ciudad de BUENOS AIRES el 7 de junio de 1936.

Que la sepultura que guarda los restos del Gobernador de TUCUMAN Lucas CORDOBA fue concebida por Arturo DRESCO, discípulo de Francisco CAFFERATA y DELLA VALLE.

Que dicho sepulcro presenta un basamento en granito negro de estructura geométrica que se une con el mármol.

Que hacia adelante, por donde se accede a la cámara funeraria, presenta en su frente un medallón de mármol con el retrato del Gobernador en bajorrelieve.

Que hacia atrás, en un gran bloque se observa una placa central con DOS (2) figuras escultóricas a los lados, alegorías de la Agricultura y de la Industria.

Que el bloque que las sostiene reproduce la obra de irrigación del Dique LA AGUADITA, pudiéndose observar en bajorrelieve el movimiento de las aguas.

Que la sepultura que guarda los restos del Ministro de GOBIERNO de la Provincia de TUCUMAN, doctor Ignacio COLOMBRES, ostenta en su basamento la obra "EL DOLOR" de Francisco CAFFERATA, mandada a erigir por sus amigos.

Que la mencionada obra escultórica, fue concebida en BUENOS AIRES y enviada a TUCUMAN tiempo después.

Que fue realizada en mármol de Carrara, y presenta una figura femenina con larga cabellera, túnica con pliegues y capa, que en su mano derecha sostiene una corona de laurel en donde largas cintas forman un moño y sus tiras caen en forma separada.

Que la composición del conjunto se complementa con elementos alegóricos, como los atributos de ESCULAPIO (deidad griega identificada como Dios de la Medicina), a saber, la serpiente enrollada en un bastón y la corona de laurel, que se apoya sobre el cosmos, que presenta bosquejado un semirrelieve con una media luna; a su vez, la circunferencia se apoya sobre un cuerpo elíptico con otra serpiente que come su cola (la serpiente gnóstica Ouroboros, que representa la ambivalencia esencial del reptil), enrollándose sobre su base, un tambor cuyo frente presenta una figura con cántaro y un centauro en movimiento. A su derecha y sobre la base, una víbora enroscada en el bastón de forma rectangular sobre un libro abierto mientras lo cruza, y una pluma se apoya diagonalmente entre la serpiente y el bastón.

Que en la obra, fechada y firmada por el artista, se puede leer: "J. Cafferata Buenos Aires 1890"; y en el basamento mayor: "A la memoria del malogrado joven Ignacio Colombres. Sus amigos".

Que la MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN ha solicitado la declaratoria de diversas sepulturas del CEMENTERIO DEL OESTE de la PROVINCIA DE TUCUMAN como sepulcros históricos nacionales en función de los valores patrimoniales históricos, artísticos y testimoniales de los bienes.

Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS aconseja su declaratoria.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y su modificatoria.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Decláranse sepulcros históricos las sepulturas que guardan los restos de Silvano BORES (Cuadro "C" - Lote 279); Pedro León GALLO (Cuadro A - Lote 53); Domingo MARTINEZ MUÑECAS (Cuadro "B" - Lote 140) y de Dolores Candelaria MORA de la VEGA —Lola MORA— (Cuadro "E" - Lote 264), todas ellas ubicadas en el CEMENTERIO DEL OESTE (Datos Catastrales: Circunscripción 1, Sección 11, Manzana 68, Parcela 1) de la ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Provincia de TUCUMAN.

Art. 2º — Decláranse bienes de interés histórico- artístico las sepulturas que guardan los restos de Lucas CORDOBA (Cuadro "E" - Lote 416) y de Ignacio COLOMBRES (Cuadro "A" – Lote 153), ambas emplazadas en el CEMENTERIO DEL OESTE (Datos Catastrales: Circunscripción 1, Sección 11, Manzana 68, Parcela 1) de la ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Provincia de TUCUMAN.

Art. 3º — La COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665, modificada por su similar Nº 24.252, en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.