Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 163/2010

Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con jurisdicción en la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta a la operatoria de "Solicitud de informe de Deuda por Infracciones de Tránsito".

Bs. As., 9/3/2010

VISTO las Disposiciones D.N. Nros. 515/03, 395/04, 602/05 y 169/09, y el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de San Ramón de la Nueva Orán (provincia de SALTA) con fecha 6 de mayo de 2009 (conforme modelo aprobado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. Nº 1278/06 – Expte. M.J. y D.H. Nº 135.427/02), aprobado por Resolución Municipal Nº 2037/09, aprobada por Ordenanza Nº 1640/09 del Concejo Deliberante de la ciudad de SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (Provincia de SALTA), y

CONSIDERANDO:

Que, por conducto de la primera de las Disposiciones mencionadas en el Visto, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" "Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito", aplicable en una primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la percepción de multas por infracciones.

Que el Convenio mencionado en el Visto prevé la implementación de la mencionadaoperatoria en los Registros Seccionales de todo el país.

Que, atento a ello, el intendente de la Municipalidad de SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (provincia de SALTA) ha dictado la Resolución Nº 2416/09, por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

Que, habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Municipalidad, resulta necesario para dar cumplimiento al Convenio suscripto tornar aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones citadas respecto de los Registros Seccionales de la Ciudad de SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (Provincia de SALTA).

Que dicho Convenio se aplicará en sustitución del Convenio de Complementación de Servicios de fecha 16 de septiembre de 2004, suscripto entre las mismas partes, y con igual objeto, mediante el que oportunamente se implementó un sistema de liquidación manual de las multas por infracciones de tránsito, y que fuera suspendido transitoriamente mediante Disposición D.N. Nº 124/08.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1º — Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos de la Ciudad de SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (Provincia de SALTA) a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. Nº 515/03 y complementarias.

Art. 2º — La presente medida entrará en vigencia el día 15 de marzo de 2010.

Art. 3º — Déjase sin efecto el Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre esta Dirección Nacional y la MUNICIPALIDAD DE SAN RAMON DE LA NUEVA ORAN (Provincia de SALTA) con fecha 16 de septiembre de 2004. Derógase la Disposición D.N. Nº 336/05, por conducto de la cual se pusiera en vigencia el mencionado Convenio.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Gallardo.