MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 548/2010

Bs. As., 18/3/2010

VISTO el Expediente, SN 8-5010/41-08 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA, solicitó la contratación de la construcción de la obra: "AMPLIACION DEL CENTRO DE CAPACITACION DE ALTA MONTAÑA - ESCUADRON 34 - CERRO CATEDRAL - PRIMERA ETAPA, EN EL DEPARTAMENTO BARILOCHE, PROVINCIA DE RIO NEGRO", con destino a ese organismo de este Ministerio.

Que por Resolución M.J.S. y D.H. Nº 142/09 se autorizó el llamado a Licitación Publica Nacional para la contratación de la construcción de la obra citada en el párrafo anterior.

Que a fojas 420 se adjunta nota de la Dirección General de Logística, Comunicaciones e Informática donde se solicita la suspensión de la prosecución del trámite del llamado a Licitación y la remisión de las actuaciones a esa dirección a fin de ajustar el proyecto a los "requerimientos ambientales solicitados, siendo que el estudio de Impacto Ambiental ha resultado "no viable".

Que por lo expuesto en el considerando anterior, corresponde dejar sin efecto la presente contratación, según lo dispuesto en el artículo 20 del "Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional", aprobado por el Decreto 1023/01 (conf. Artículo 35 del Decreto Nº 1023/01).

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones emergentes de la Ley 13.064, las facultades conferidas por el Decreto 1785/2007 y el artículo 40, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios y sus modificaciones (T.O. 1992).

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Déjase sin efecto el llamado a Licitación Pública Nacional para la contratación de la construcción de la obra: "AMPLIACION DEL CENTRO DE CAPACITACION DE ALTA MONTAÑA ESCUADRON 34 - CERRO CATEDRAL - PRIMERA ETAPA" efectuado por Resolución M.J.S. y D.H. Nº 142/09.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JULIO ALAK, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

e. 22/03/2010 Nº 27679/10 v. 22/03/2010