Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 158/2010

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del ejercicio 2010 de Emprendimientos Energéticos Binacionales Sociedad Anónima (EBISA).

Bs. As., 29/3/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0019575/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2010 formulado por EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA), actuante en el área de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el Expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2010 de EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA), actuante en el área de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II de la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($ 9.840.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TREINTA Y CUATRO ($ 36.757.034) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTISEIS MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL TREINTA Y CUATRO ($ 26.917.034), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 37.414.634) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 37.414.634) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (EQUILIBRADO), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (EQUILIBRADO), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.

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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.