MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decreto 507/2010

Dase por aprobada la designación del Coordinador Ejecutivo.

Bs. As., 15/4/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0501404/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.546, los Decretos Nros. 1365 y 1366 ambos de fecha 1 de octubre de 2009 y 1464 de fecha 9 de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en primer término en el Visto, se creó el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por los Decretos Nros. 1366/09 y 1464/09, modificatorios del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, entre otros, estableciéndose los objetivos de los niveles políticos del mismo.

Que, con el objeto de promover el logro de altos niveles de eficiencia, eficacia y transparencia en la gestión del citado Ministerio, resulta conveniente crear, con dependencia directa del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador Ejecutivo, el que tendrá como cometido asistir a la Superioridad en la definición de las unidades propias del control interno del Ministerio y en la articulación con las distintas áreas vinculadas de la Jurisdicción.

Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que el Doctor D. Julio César VITALE (M.I. Nº 20.030.906) reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Coordinador Ejecutivo del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que desde la creación del citado Ministerio el Doctor D. Julio César VITALE realizó signi- ficativos aportes al ESTADO NACIONAL en razón de su vasta experiencia y específicos conocimientos.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 7º del Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 6º, 7º y 10 de la Ley Nº 26.546 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 - Recursos Humanos, en la parte correspondiente al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 2º — Dase por creado a partir del 2 de enero de 2010, con dependencia directa del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, el cargo extraescalafonario de Coordinador Ejecutivo el que tendrá una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 0 - Función Ejecutiva I, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado mediante el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, que tendrá como cometido asistir a la Superioridad en la definición de las unidades propias del control interno del Ministerio y en la articulación con las distintas áreas vinculadas de la Jurisdicción.

Art. 3º — Dase por designado a partir del 2 de enero de 2010 al Doctor D. Julio César VITALE (M.I. Nº 20.030.906) en un cargo de Coordinador Ejecutivo del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el Ejercicio 2010, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julián A. Dominguez.

Planilla Anexa al Artículo 1º

PRESUPUESTO 2010

JURISDICCION 52- MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

PROGRAMA 01-ACTIVIDADES CENTRALES

ACTIVIDAD 01-CONDUCCION Y DIRECCION SUPERIOR.

 

 

RECURSOS HUMANOS.