MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 9/2010

Registro Nº 63/2010

Bs. As., 15/1/2010

VISTO el Expediente Nº 1.365.754/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.365.754/10, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen el pago de una compensación extraordinaria por única vez, de carácter no remunerativo de QUINIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 550.-), conforme a los términos del texto pactado.

Que el Acuerdo de referencia ha sido celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 18/75.

Que el ámbito territorial y personal de aplicación del Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el Acuerdo de referencia.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.365.754/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.365.754/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO Directora Nacional de Relaciones de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.365.754/10

Buenos Aires, 18 de enero de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 9/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 63/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expte. Nº 1.365.754/10

En la ciudad de Buenos Aires, a los quince días del mes de enero del año dos mil diez siendo las 13.50 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO ante mí Sandra Yolanda CESAR, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, los señores Sergio PALAZZO, Secretario General Adjunto, Juan PALLO, Prosecretario Secretario de Seccionales Nacional; Carlos IRRERA, Prosecretario Gremial Nacional, Alejandra ESTOUP, Secretaria General seccional Buenos Aires, José Maria MOLINARI, Secretario Gremial seccional Buenos Aires, y Gabriel BOSI, Secretario Suplente seccional Buenos Aires, en representación de la ASOCIACION BANCARIA asistido por el letrado Ricardo RANNI, por una parte y por la otra lo hacen las Dras. Maria del Carmen BERNINI y Adriana INTRIAGO VALLE en sus calidades de apoderadas del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA quienes acompañan copia de poder, todos con identidad, personería y demás datos acreditados en autos.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, esta procede a ceder el uso de la palabra a ambos sectores quienes de común acuerdo y por sí MANIFIESTAN:

Que en el marco de las negociaciones llevadas a cabo en el ámbito del Ministerio de Trabajo entre las autoridades de la Asociación Bancaria y los representantes del Banco Central de la República Argentina se procede convenir un acuerdo con condiciones similares a los suscriptos por las Cámaras ADEBA con fecha 5-11-09 y la Cámara ABA con fecha 12-11-09 en los siguientes términos:

COMPENSACION EXTRAORDINARIA POR UNICA VEZ:

Las partes acuerdan una compensación extraordinaria por única vez, de carácter no remunerativo, para todo el personal convencionado de la Institución, consistente en una suma fija y total de pesos quinientos cincuenta ($ 550.-), la cual será liquidada y abonada antes del 22 de enero de 2010.

Teniendo en cuenta el carácter no remunerativo de la compensación regulada en la presente cláusula, la misma no será considerada para el cálculo de Horas extras, sueldo anual complementario, vacaciones, indemnizaciones, aporte solidario y/o cualquier otra referencia remunerativa.

HOMOLOGACION:

Ambas partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

En este estado la funcionaria actuante hace saber a las partes que se procederá a elevar los presentes actuados para la prosecución del trámite.

Siendo las 14.20 horas se da por finalizada el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación por ante mí funcionaria que CERTIFICO.