MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
Decreto 575/2010
Dase por aprobada la designación del
Director Nacional de Gestión Comercial Externa de la Secretaría de
Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.
Bs. As., 26/4/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0433568/2009 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA Y TURISMO, las Leyes Nros. 26.422 y 26.546 y los Decretos
Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2098 de fecha 3 de diciembre
de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7º de las Leyes Nros. 26.422 y 26.546 ambas de
Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios
2009 y 2010, respectivamente, se dispuso el congelamiento de los cargos
vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas en
las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y
de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada
del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL
en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.
Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso,
entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de
la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en
cargos de Planta Permanente y No Permanente, será efectuada por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO,
se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel
A, Función Ejecutiva II, de Director Nacional de Gestión Comercial
Externa de la mencionada Subsecretaría.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo
mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7º de las Leyes
Nros. 26.422 y 26.546 ambas de Presupuesto General de la Administración
Nacional para los Ejercicios 2009 y 2010.
Que el profesional propuesto reúne los requisitos de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4
de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los
Artículos 7º y 10 de las Leyes Nros. 26.422 y 26.546 y el Artículo 1º
del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
designado transitoriamente, a partir del día 1 de noviembre de 2009, al
Ingeniero Mecánico, Don Pedro Andrés BERGARA (M.I. Nº 14.895.099), en
el cargo de Director de la Dirección Nacional de Gestión Comercial
Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, Nivel A, autorizándose el
correspondiente pago de Función Ejecutiva, Nivel II del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de
fecha 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción a lo dispuesto
por el Artículo 7º de las Leyes Nros. 26.422 y 26.546 ambas de
Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios
2009 y 2010.
Art. 2º — El cargo involucrado
deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección
vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el
Artículo 120 y en el Título ll —Capítulos III, IV y VIII— del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
día 1 de noviembre de 2009.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del Presupuesto del ex MINISTERIO DE PRODUCCION.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A.
Giorgi.