Ministerio de Industria y Turismo

PROMOCION DE INVERSIONES EN BIENES DE CAPITAL Y OBRAS DE INFRAESTRUCTURA

Resolución 101/2010

Llámase a Concurso Público en los términos de la Ley Nº 26.360, para la asignación del cupo fiscal para aplicarse indistintamente a los tratamientos impositivos para proyectos de inversión en actividades industriales.

Bs. As., 30/4/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0148069/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, la Ley Nº 26.360, el Decreto Nº 726 de fecha 16 de junio de 2009 y la Resolución Conjunta Nº 1772 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Nº 195 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 375 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION de fecha 16 de septiembre de 2009 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.360 establece un régimen transitorio de devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias.

Que mediante el Decreto Nº 726 de fecha 16 de junio de 2009 se reglamentó el Régimen de Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de Infraestructura, creado por la ley aludida en el considerando anterior.

Que, de acuerdo a lo establecido en el quinto párrafo del Artículo 2º de la Ley Nº 26.360 y el Artículo 9º del Decreto Nº 726/09, el ex MINISTERIO DE PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación del régimen para los proyectos de inversión en actividades industriales a los fines de la evaluación y otorgamiento de los beneficios fiscales previstos en la ley antes mencionada.

Que mediante la Resolución Conjunta Nº 1772 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Nº 195 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 375 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION de fecha 16 de septiembre de 2009 y sus modificatorias, se estableció el procedimiento general para todos los llamados a concurso, así como el mecanismo de recepción y evaluación de la documentación; de efectivización de los respectivos beneficios; del control del funcionamiento del régimen y de aplicación de sanciones.

Que resulta conveniente realizar el segundo llamado a concurso, en forma exclusiva, para las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), en los términos del Artículo 4º de la resolución conjunta citada precedentemente.

Que el Artículo 6º de la Ley Nº 26.360, reglamentado por el Artículo 1º del Decreto Nº 726/09, estableció, para los proyectos de inversión desarrollados por Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES), un cupo fiscal anual de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) para cada uno de los TRES (3) períodos anuales comprendidos entre el día 1 de octubre de 2007 y el día 30 de septiembre de 2010.

Que el cupo fiscal de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000) asignado para Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) por la Resolución Nº 10 de fecha 20 de octubre de 2009 del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se compuso, de conformidad con las previsiones del Artículo 1º del Decreto Nº 726/09, de PESOS DOSCIENTOS MILLONES $ 200.000.000) correspondientes al período anual comprendido entre el día 1 de octubre de 2007 y el día 30 de septiembre de 2008 (primer período anual) y de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) correspondientes al período anual comprendido entre el día 1 de octubre de 2008 y el día 30 de septiembre de 2009 (segundo período anual).

Que, conforme lo autorizado por el Artículo 1º del Decreto Nº 726/09, se entiende conveniente mantener para este segundo llamado un cupo fiscal de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000), integrado por los PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) remanentes del período anual comprendido entre el día 1 de octubre de 2008 y el día 30 de septiembre de 2009 (segundo período anual) y por los PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) correspondientes al período anual en curso (tercer período anual).

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley Nº 26.360, el Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus modificaciones, el Decreto Nº 726/09 y la Resolución Conjunta Nº 1772/09 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Nº 195/09 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 375/09 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE INDUSTRIA Y TURISMO

RESUELVE:

Artículo 1º — Llámase a Concurso Público, en los términos de la Ley Nº 26.360, su reglamentación y demás normativa aplicable, para el otorgamiento de los beneficios previstos por la mencionada ley a los proyectos de inversión que presenten las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) que califiquen como tales de acuerdo a la normativa vigente, fijando a tal efecto un cupo de aplicación indistinta a los tratamientos fiscales autorizados de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000).

Art. 2º — La presentación de los proyectos deberá efectuarse el día 6 de julio de 2010, en el horario de DIEZ HORAS (10:00 hs) a DIECISEIS HORAS (16:00 hs), en el Departamento de Mesa de Entradas y Notificaciones del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones de la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradas de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, sito en la Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, Planta Baja, Sectores 11 y 12 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Art. 3º — El cupo asignado mediante el Artículo 1º de la presente resolución se compone de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) correspondientes al segundo año de vigencia del régimen, y de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) correspondientes al tercer año, del cupo total disponible previsto en el tercer párrafo del Artículo 6º de la Ley Nº 26.360.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi.