MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 37/2010

Registro Nº 109/2010

Bs. As., 22/1/2010

VISTO el Expediente Nº 1.351.160/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a foja 3 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA SALINERA ARGENTINA y las empresas DOS ANCLAS SOCIEDAD ANONIMA y COMPAÑÍA INTRODUCTORA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho acuerdo, las partes convienen, para el personal de las empresas firmantes, que la suma no remunerativa correspondiente al mes de diciembre de 2009 será TRESCIENTOS PESOS ($ 300 .-) mayor, para cada trabajador, que la indicada en el acuerdo general, acorde surge del texto pactado.

Que las partes han señalado que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 80/75 ha sido modificado por el acuerdo registrado bajo el Nº 653/08, aclarando que el instrumento convencional cuya homologación tramita en autos, se ha negociado en el marco del convenio de la actividad salinera, es decir el Nº 80/75.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para dictar la presente surgen de lo dispuesto por la Resolución S.T. Nº 41/10.

Por ello,

EL DIRECTOR DE NEGOCIACION COLECTIVA EN AUSENCIA DE LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA SALINERA ARGENTINA y las empresas DOS ANCLAS SOCIEDAD ANONIMA y COMPAÑÍA INTRODUCTORA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 3 del Expediente Nº 1.351.160/09, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 3 del Expediente Nº 1.351.160/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Luego, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 80/75.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, Director de Negociación Colectiva, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.351.160/09

Buenos Aires, 25 de enero de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 37/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 109/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Bs. As. a los 8 días del mes de octubre de 2009 se encuentran reunidos por la parte sindical UNION OBRERA SALINERA (UOSA) sus representantes Sres. Gastón ORELLANA, Segundo QUIROGA y Juan Cruz ROMERO, con domicilio en Buenos Aires 135 de la ciudad de Macachín, Pcia. de La Pampa, y en representación de las empresas Compañía Introductora de Buenos Aires SA y Dos Anclas SA su apoderada Liliana MENDILARZU con domicilio en Chile 778 - CABA quienes de total conformidad y mandato que le fuera otorgado suscriben el siguiente Acuerdo sometido a las siguientes cláusulas:

1º) Se establece que para el personal de las empresas Compañía Introductora de Buenos Aires SA y Dos Anclas SA la suma no remunerativa correspondiente al mes de diciembre del 2009 será $ 300 mayor, para cada trabajador que la indicada en el acuerdo general.

2º) Esta suma se liquida a los efectos de complementar los acuerdos paritarios vigentes de la actividad (CCT 653/08), sin absorberse con éstos.

3º) Este acuerdo se presenta en el MTESS en el Expte. 1.351.160/09 a los fines de su ratificación y homologación.

En el lugar y fecha antes indicado, se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada parte.