Secretaría de Hacienda

DIRECCION GENERAL DE PRESTAMOS PERSONALES Y CON GARANTIA REAL

DECRETO Nº 9.316

Transfiérese a jurisdicción de la Secretaría de Vivienda.

Bs. As., 27/12/67

VISTO lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley Nº 16.956 y el artículo 20 de la Ley 17.271, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a las nuevas competencias asignadas a los Ministerios, Secretarías de Estado y Comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas por las leyes citadas, corresponde disponer la transferencia de la Dirección General de Préstamos Personales y con Garantía Real a la Secretaría de Estado de Vivienda, atento a la naturaleza de las funciones asignadas a aquél por el Decreto Ley 5167/58,

Por ello,

El Presidente de la Nación Argentina,

Decreta:

Artículo 1º — Transfiérese a la Dirección General de Préstamos Personales y con Garantía Real a la jurisdicción de la Secretaría de Estado de Vivienda, de quien dependerá.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Bienestar Social y firmado por los señores secretarios de Estado de Vivienda y de Seguridad Social.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ONGANIA. — Julio E. Alvarez. — Julio S. Billorou. — Alfredo M. Cousido.