MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

Disposición Nº 578/2010

Bs. As., 6/5/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0488043/2009 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y el Decreto Nº 1458 de fecha 8 de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009, creó el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado Ministerio, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 y la Ley Nº 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que entre los objetivos que persigue la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL se encuentra el de "coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentales y no gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de políticas y programas para las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes)", así como también el de "desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial, en materia de su competencia".

Que asimismo tiene por objeto "diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a las problemáticas de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) en todas sus ramas dentro del marco de la política general".

Que en el marco de sus competencias, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA se encuentra elaborando y llevando a cabo distintas acciones con el objetivo de impulsar aún más la promoción de los programas y beneficios para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que se hallan dentro de su órbita.

Que a esos efectos, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL ha decidido lanzar un nuevo sitio web donde se comunicarán las líneas de acción, programas y beneficios específicamente destinados a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que, como una de las medidas destinadas a lograr dicho fin, se considera oportuno y conveniente proceder al registro de diversas marcas relacionadas con las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y, particularmente, con las medidas mencionadas en el considerando precedente, a efectos de otorgarle una identificación a las diversas acciones encaradas.

Que de acuerdo con el Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, la Dirección Nacional de Programas y Proyectos de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL tiene como responsabilidad primaria la de asistir al señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional en los aspectos de su competencia, entendiendo en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de la política nacional para el sector, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.

Que asimismo, entre las misiones de la mencionada Dirección Nacional se destacan las de proponer medidas e instrumentos tendientes a promocionar y estimular el acceso de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas al programa de compras gubernamental, apoyar y coordinar con organismos del ESTADO NACIONAL, Gobiernos Provinciales y Municipales, Sector Privado y Organizaciones no Gubernamentales las acciones tendientes a fortalecerla aplicación de programas ya existentes y a ejecutar nuevos y asistir en la formulación, seguimiento y evaluación de los proyectos y programas atribuidos a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que la ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 prevé en su Artículo 1, inciso b), que los trámites administrativos deben efectuarse con celeridad, economía, sencillez y eficacia.

Que el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991, establece en su Artículo 2º que "Los ministros, secretarios de PRESIDENCIA DE LA NACION y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior".

Que, conforme lo precedentemente expuesto y teniendo en cuenta el informe obrante a foja 2 del expediente mencionado en el Visto, corresponde autorizar a la Dirección Nacional de Programas y Proyectos de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, a realizar todos los trámites que resulten necesarios para registrar las marcas que se identifican en el Anexo de la presente medida ante el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Que se deja constancia que existe partida presupuestaria a fin de hacer frente a las erogaciones necesarias para llevar a adelante las acciones previstas en la presente medida.

Que la Dirección de Legales del área de Industria, comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, 1366/09 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — Autorízase al titular de la Dirección Nacional de Programas y Proyectos de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO a realizar todas las gestiones necesarias tendientes a obtener el registro de las marcas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, ante el INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

ARTICULO 2º — Los gastos originados en el Decreto Nº 878 de fecha 12 de julio de 2006 correspondientes a Derechos y Tasas que demande la medida dispuesta en el artículo anterior serán afrontados con fondos presupuestarios del Programa 24, Fomento para la Pequeña y Mediana Empresa, SAF 362, Inciso 3, Partida 8.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO G. ROURA, Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de Industria y Turismo.

ANEXO

Marcas a registrar por la Dirección Nacional de Programas y Proyectos de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO a través de:

"Sepyme Portal pyme" Clases 35, 36, 41 y 42.

"Sepyme Gestión pyme" Clases 35, 36 y 42.

"Sepyme Financiación pyme" Clase 36.

"Sepyme Capacitación pyme" Clases 36 y 41.

"Sepyme Asocia pyme" Clases 35 y 36.

"Sepyme Jóvenes pyme" Clases 35, 36 y 41.

"Sepyme Emprendedores pyme" Clases 35, 36 y 41.

"Sepyme Mapa pyme" Clases 41 y 42.

"Sepyme Red pyme" Clases 35, 36 y 41.

"Sepyme Atención pyme" Clases 35, 36, 41 y 42.

e. 10/05/2010 Nº 49834/10 v. 10/05/2010