Comisión Nacional de Regulación del Transporte

TRANSPORTE

Resolución 230/2010

Modifícase el Acta de Comprobación y apruébanse los Formularios de Control destinados al ámbito del Transporte Público Urbano de Pasajeros.

Bs. As., 12/5/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0148715/10 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, establece que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE es la autoridad competente en lo relativo a la fiscalización y el control del transporte automotor y ferroviario de pasajeros y de cargas, sujetos a jurisdicción nacional.

Que dadas las funciones encomendadas a esta Comisión, la misma debe ser la encargada de diagramar las actas que sean labradas en razón de las infracciones a la normativa vigente y los formularios necesarios para la actividad de control.

Que mediante Resolución Nº 960 de fecha 15 de diciembre de 1997 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE se aprobaron las Actas de Comprobación destinadas a la actividad de fiscalización del organismo.

Que, mediante la Resolución C.N.R.T. Nº 1962 de fecha 10 de abril de 2000, modificada por su similar Resolución C.N.R.T. Nº 2233 de fecha 8 de mayo de 2000, se dispuso la adición del formulario anexo a las Actas de Comprobación "A" y "B" que fueran aprobadas por la Resolución C.N.R.T. Nº 960/97.

Que dichos documentos fueron actualizados mediante las Resoluciones Nº 1864 de fecha 12 de septiembre de 2002 y Nº 2675 de fecha 20 de octubre de 2003 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.

Que las Actas de Comprobación y los Formularios de control destinados al ámbito del Transporte Público Urbano de Pasajeros poseen un alto grado de desagregación a fin de cubrir los diversos aspectos que hacen a la seguridad, el confort, la accesibilidad y la higiene de los rodados afectados a la prestación de los servicios.

Que con el correr del tiempo y las necesidades de información que presentan los diversos organismos, entidades y usuarios, esta documentación de registro requiere actualización.

Que mediante Resolución Nº 29 de fecha 10 marzo de 2010 la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION aprobó el informe de auditoría sobre la "Verificación de los Controles Ejercidos sobre el cumplimiento de la Normativa relacionada con el Sistema de Protección Integral de los Discapacitados (SPID) en el Transporte Público de Pasajeros (Automotor, ferroviario y Subterráneo) que presta servicio en el Area Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

Que el mentado informe recomienda "elaborar los distintos tipos de planillas preimpresas que sean necesarias para cada tipo de control, incorporando en ellas la totalidad de los ítems que deben verificarse".

Que si bien, en la actualidad algunos puntos de control son registrados en campos vacíos obrantes en los formularios, se comparte la observación de la AGN, ya que la inclusión explícita de todos los elementos a controlar facilita y mejora la actividad de fiscalización.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades establecidas en el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996 y el Decreto Nº 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Modificase el Acta de Comprobación B, según el modelo que obra como Anexo I que forma parte de la presente resolución.

Art. 2º — Apruébanse los Formularios denominados "Orden de Servicio - SPU" y "Verificación de Unidades Urbanas – SP" que como Anexo II y III, forman parte de la presente resolución.

Art. 3º — Instrúyase al Area de Sistemas que efectúe las modificaciones que resulten menester al sistema "SIS-COM" a efectos de actualizar el software de modo que contemple en su "input" como en su "output" el mayor grado de desagregación que implican los cambios en el Acta y Formularios aprobados por la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese a las Entidades Representativas del Servicio Público Urbano de Transporte por Automotor de Pasajeros.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio E. Sicaro.