MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO

SECRETARIA DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES – Ley N° 22.351

Resolución Nº 259/2010 de la Presidencia del Directorio

Expediente Nº 183/2003, en DOS (2) Cpos., y su acumulado Nº 223/2003.

Bs. As., 17/5/2010

LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES notifica: 1º.- Sustitúyese, por las razones expuestas en los Considerandos de la presente, el texto del punto 3 del Anexo I de la Resolución H.D. Nº 325/2005, por el siguiente: "3.- ANIMALES SIN DUEÑO: En caso de secuestrarse animales sin marca o que presentan marca y contramarca sin reducción a marca nueva, la referida Intendencia queda facultada para proceder —mediante el acto dispositivo correspondiente— a su decomiso. De acuerdo a lo que juzgue más conveniente la Intendencia, y tratándose de cosas sin dueño, los animales decomisados podrán ser: 3.1.- Incorporados al patrimonio del Organismo para uso oficial. 3.2.- Entregados sin cargo a organismos o instituciones públicas nacionales, provinciales o municipales o entidades privadas sin fines de lucro que manifiesten fehacientemente aceptarlos para satisfacer sus necesidades operativas y aseguren que los ejemplares quedarán a resguardo y que no serán reintroducidos en el Parque Nacional Tierra del Fuego. La entrega de los animales se efectuará bajo las formalidades de práctica, las que serán aprobadas mediante acto dispositivo de la Intendencia del Parque Nacional Tierra del Fuego. 3.3.- Cedidos con cargo en forma directa a terceras personas interesadas que acrediten cumplir los requisitos vigentes en materia de compraventa de ganado en pie o de ganado destinado a matadero y aseguren que los ejemplares quedarán a resguardo y que no serán reintroducidos en el Parque Nacional Tierra del Fuego. En este caso, la Intendencia queda facultada para fijar el precio y las condiciones de entrega. Estas operaciones y la recaudación resultante serán registradas en el SISTEMA RENAPRET como Facturación Manual/Venta de Rezagos. 3.4.- Cuando no fuera conveniente o posible su incorporación al patrimonio del Organismo o su entrega sin cargo o su venta a terceros, los animales decomisados podrán ser sacrificados según las prácticas y normas vigentes al respecto.". (...) Firmado: Dra. PATRICIA ALEJANDRA GANDINI, Presidenta del Directorio.

La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los interesados en la sede central de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, sita en la Avda. Santa Fe Nº 690, Capital Federal.

e. 26/05/2010 Nº 56213/10 v. 26/05/2010