PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 390/2010

Ministerio de Salud. Modifícase la distribución de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Bs. As., 7/6/2010

VISTO el expediente Nº 169.061/10 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nros. 23.660, 23.661 y 26.546 de PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2010, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto se promueve una modificación de los créditos autorizados al organismo descentralizado 914 —SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD dependiente de la Jurisdicción 80— MINISTERIO DE SALUD, a efectos de posibilitar la atención de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital relativos a acciones programadas para el ejercicio en curso.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD hizo una opción de compra del edificio que ocupa su sede, y ante la imposibilidad de perfeccionar la escritura traslativa de dominio, en virtud de una medida de no innovar que pesa sobre el inmueble, deberá continuar como locatario del mismo.

Que, por otra parte, debe reforzar el Inciso 3 - Servicios no Personales, para continuar con las habilitaciones de sus delegaciones en cada una de las provincias del país, para atender las demandas iniciales que ello representa.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la modificación propiciada está amparada en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Juan L. Manzur.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar