MUSEOS, MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Decreto 856/2010

Decláranse bienes de interés histórico nacional a la Biblioteca Americana y al Archivo Histórico, ambos pertenecientes al Museo Mitre de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

Bs. As., 16/6/2010

VISTO el Expediente Nº 4907/07 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se propone la declaratoria como bien de interés histórico nacional de la BIBLIOTECA AMERICANA y el ARCHIVO HISTORICO del MUSEO MITRE, y

CONSIDERANDO:

Que el general Bartolomé MITRE unió a su desempeño político y militar una intensa vocación de intelectual, bibliófilo y coleccionista, conforme el modelo liberal humanista de finales del siglo XIX.

Que reunió en la llamada "BIBLIOTECA AMERICANA" más de DIEZ MIL (10.000) volúmenes distribuidos en VEINTIDOS (22) categorías tales como historia, geografía, viajeros y lenguas americanas, abarcando dichas colecciones desde el siglo XVI hasta comienzos del siglo XX.

Que el nombre de "BIBLIOTECA AMERICANA" le fue impuesto por el propio general Bartolomé MITRE y fue, ya en su tiempo, motivo de concurrencia y consulta de estudiosos.

Que la conexión temática de las colecciones refleja el interés de quien las reunió por fundamentar los elementos de la identidad americana.

Que en la actualidad la "BIBLIOTECA AMERICANA" forma parte de la biblioteca general del Museo Mitre, de frecuente consulta por parte de investigadores argentinos y extranjeros.

Que, asimismo, el museo citado custodia los fondos documentales del ARCHIVO HISTORICO reunido por el general Bartolomé MITRE, el cual se integra con más de CUARENTA Y OCHO MIL (48.000) piezas vinculadas a la historia argentina.

Que tales documentos fueron la base heurística para la redacción de las biografías de los generales José de SAN MARTIN y Manuel BELGRANO que compuso el autor.

Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS consideró que la BIBLIOTECA AMERICANA y el ARCHIVO HISTORICO del MUSEO MITRE, reúnen los méritos suficientes para su declaratoria como bien de interés histórico nacional.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Decláranse bienes de interés histórico nacional a la BIBLIOTECA AMERICANA y al ARCHIVO HISTORICO, ambos pertenecientes al MUSEO MITRE dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ubicado en la calle San Martín 336 de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES.

Art. 2º — La COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 12.665, modificada por la Ley Nº 24.252; artículos 1º y 2º del Decreto Nº 9830/51, y en los artículos 8º (modificado por el Decreto Nº 144.643/43), 9º, 10 y 11, de su Decreto Reglamentario Nº 84.005/41, notificando a las partes interesadas los alcances y contenidos de las disposiciones citadas y las responsabilidades previstas en el artículo 8º de la Ley citada en primer término y en los artículos 40, 41 y 42 de su reglamentación, así como también practicará las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad Inmueble.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.