Ministerio de Industria y Turismo

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 734/2010

Apruébase el nuevo Reglamento Operativo del Programa Nacional de Capacitación de los Cuadros Empresarios y Gerenciales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Bs. As., 16/6/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0111944/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, lo dispuesto en la Ley Nº 24.467, los Decretos Nros. 908 de fecha 11 de diciembre de 1995, 943 de fecha 15 de septiembre de 1997, 1365, 1366 ambos de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 22 de la Ley Nº 24.467 se creó el PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, encomendando su desarrollo al PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS; siendo sus principales objetivos mejorar la capacidad de gerenciamiento y el conocimiento de los mercados, inducir conductas que den adecuadas respuestas frente a la constante evolución de los mismos y estimulen un crecimiento sostenido de la productividad de las Pequeñas y Medianas Empresas.

Que por el Decreto Nº 908 de fecha 11 de diciembre de 1995 se designó la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 y se reglamentó la misma.

Que por el Artículo 1º del precitado decreto se estableció como Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 al ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a través de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, mientras que por su Artículo 11 se facultó a la Autoridad de Aplicación a instrumentar y coordinar el desarrollo del PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS creado por el Artículo 22 de la Ley Nº 24.467.

Que, la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en uso de las competencias asignadas por los Artículos 1º y 11 del precitado decreto, dictó la Resolución Nº 595 de fecha 25 de junio de 1997 de la mencionada Secretaría instituyendo el PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS creado por el Artículo 22 de la Ley Nº 24.467.

Que por el Artículo 3º del Decreto Nº 943 de fecha 15 de septiembre de 1997 se atribuyó como Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467 a la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciéndose que toda mención al ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS efectuada en las normas reglamentarias y complementarias a dicha ley, debía entenderse referida a la mencionada Secretaría.

Que, asimismo, por el Artículo 17 del Decreto Nº 943/97 se modificó el Artículo 1º del Decreto Nº 908/95 a los efectos de establecer como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.467 a la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA transfiriéndole las competencias asignadas en el articulado del citado decreto y que fueran atribuidas originalmente al ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que por el Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 se aprueba la estructura organizativa del primer nivel operativo del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, fijando las siguientes acciones que le corresponden a la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION: analizar, diseñar, dirigir, ejecutar e implementar en forma descentralizada el PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.

Que a partir del dictado de los Decretos Nros. 1366 de fecha 1 de octubre de 2009 y su modificatorio 1458 de fecha 8 de octubre de 2009, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA se halla en la órbita de aplicación del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO con los objetivos allí establecidos.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467, modificada por la Ley Nº 25.300 y por los Decretos Nros. 1366/09 y su modificatorio 1458/09.

Que, en el ejercicio de sus competencias, la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal diseñó un instrumento a los fines de la implementación del mencionado programa.

Que con el objeto de estimular a los micro, pequeños y medianos empresarios y a sus cuadros gerenciales, medios y de reemplazo, a participar de actividades de capacitación y asistencia técnica, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento Operativo que establezca pautas en materia de acceso, beneficios, modalidad y requisitos de las presentaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que ante la necesidad de asistir a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en todo el país y dada la heterogeneidad de las mismas, el instrumento deberá operar de manera descentralizada promoviendo la participación del entramado institucional local.

Que la descentralización del PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS se efectuará de manera gradual y progresiva, previéndose para una primera etapa la participación de instituciones locales con experiencia comprobable en la organización de actividades de esta índole.

Que el PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS deberá contribuir al fortalecimiento de dichas instituciones mediante el reconocimiento económico de su función de promotoras del desarrollo local a través de la prestación de servicios de desarrollo empresarial en general y de capacitación en particular.

Que en tal sentido la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se ha expedido favorablemente sobre la medida que se propicia.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1366/09 y 1458/09.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DISPONE:

Artículo 1º — Apruébase el nuevo Reglamento Operativo del PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LOS CUADROS EMPRESARIOS Y GERENCIALES DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, que como Anexo con VEINTIOCHO (28) hojas, forma parte integrante de la presente disposición.

Art. 2º — El plazo para presentar proyectos en el marco del Reglamento Operativo aprobado en el Artículo 1º de la presente medida, será hasta el día 1 de octubre de 2010 inclusive.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 66/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 4/10/2010 se prorroga hasta el día 3 de diciembre del corriente año, el plazo establecido por el presente artículo, para presentar proyectos de capacitación en el marco del Programa Nacional de Capacitación de los Cuadros Empresarios y Gerenciales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Vigencia: a partir del día de su publicación)

Art. 3º — Los gastos que demande la ejecución del mencionado Programa serán atendidos con recursos del presupuesto correspondiente a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, por un monto de hasta PESOS UN MILLON ($ 1.000.000).

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio Roura.

ANEXO

REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

CAPITULO I

CONSIDERACIONES GENERALES

ARTICULO 1º.- Las actividades a desarrollarse en el marco del PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, en adelante "Programa Nacional de Capacitación", tendrán como fin elevar la competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en adelante "MiPyMEs", a través de actividades de capacitación destinadas a los cuadros empresarios, gerenciales y mandos medios de las mismas, a fin de mejorar las capacidades gerenciales y la competitividad de aquellas empresas estables, nuevas y/o de reciente creación; asimismo colaborar con la promoción del desarrollo productivo local, la integración regional y sectorial;

Por otra parte, es intención favorecer el desarrollo de las instituciones locales vinculadas a la prestación de servicios de desarrollo empresarial en general, y de capacitación en particular.

ARTICULO 2º.- DEFINICIONES

Las palabras y conceptos que se definen a continuación, tendrán el alcance que se les asigna en la presente reglamentación:

1) Se entiende por "Proyecto de Capacitación", en adelante "PROCAP", al conjunto de actividades de capacitación presentadas por una institución ante la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, en adelante "SSPyMEyDR".

2) Se entiende por "Unidad Capacitadora", en adelante "UCAP", a aquella institución sin fines de lucro responsable ante la "SSPyMEyDR" por la organización, presentación y ejecución de un "PROCAP".

3) Se entiende por "Organización de un PROCAP" a todas las tareas vinculadas a la formulación del mismo, presentación ante la "SSPyMEyDR", convocatoria a las "MiPyMEs" que participarán de las actividades de capacitación, organización de los cursos y actividades, ejecución de acuerdo a lo aprobado por la "SSEPyMEyDR" y todas aquellas acciones necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento Operativo.

ARTICULO 3º.- Las actividades de capacitación comprendidas en los "PROCAP" podrán y deberán estar dirigidas principalmente a los Cuadros Empresarios y Gerenciales, y a los Cuadros de Reemplazo/ Mandos Medios de las "MiPyMEs".

Las modalidades de capacitación podrán incluir actividades a desarrollarse de manera teórica, práctica, tutorías y/o reuniones de trabajo presenciales, dentro de la empresa o en ámbitos externos a definir por la "UCAP", siempre que se respete el ámbito geográfico elegido para el desarrollo del proyecto.

Los "PROCAP" serán evaluados por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, en adelante "DNCFyCF", quien recomendará al señor SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL su aprobación o desestimación.

CAPITULO II

DE LOS BENEFICIOS

ARTICULO 4º.- El "Programa Nacional del Capacitación" otorgará a las "UCAP" un pago en reconocimiento de los gastos erogados por los cursos de capacitación ejecutados y aprobados. En ningún caso el pago a cargo de "SSPyMEyDR" por cada "PROCAP" podrá superar la suma de:

i) MODALIDAD CAPACITACION GERENCIAL, DE EMPRESARIOS, GERENTES Y DUEÑOS DE MiPYMEs, PESOS CATORCE MIL ($ 14.000) por todo concepto.

ii) MODALIDAD CAPACITACION DIRIGIDA A CUADROS DE REEMPLAZO/MANDOS MEDIOS, PESOS DOCE MIL ($ 12.000) por todo concepto.

Una misma "UCAP" no podrá participar en más de DIEZ (10) "PROCAP" aprobados dentro de un mismo año calendario.

CAPITULO III

DE LOS BENEFICIARIOS

ARTICULO 5º.- Podrán ser beneficiarios de las actividades de capacitación los Cuadros Empresarios y Gerenciales, y los Cuadros de Reemplazo/ Mandos Medios de las "MiPyMEs", conforme a lo establecido por la Resolución Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y sus modificaciones.

Las "UCAP" podrán optar por presentar proyectos de acuerdo con las siguientes modalidades:

a) Capacitación a una empresa: Los cursos se dictarán con un límite mínimo de TRES (3) participantes, y un límite máximo de VEINTICINCO (25) por empresa.

b) Capacitación a más de una empresa: Los cursos deberán estar dirigidos a por lo menos DOS (2) empresas, y respecto de los participantes el mínimo será de CINCO (5), existiendo un límite máximo de CUARENTA (40) participantes. Bajo esta modalidad debe verificarse la necesidad común de las empresas de capacitarse en temáticas afines, no requiriendo ninguna especificidad en materia de tipo de relacionamiento entre las mismas.

DENTRO DE LAS MiPyMEs LOS PROYECTOS DE CAPACITACION DEBERAN DIRIGIRSE A:

1) Cuadros gerenciales, dueños, directivos y empresarios: Los que, podrán capacitarse en toda temática que consideren necesaria para el incremento de la competitividad y el desarrollo de sus funciones dentro de la empresa participante.

2) Cuadros de Reemplazo/ Mandos Medios: Son aquellas personas que dentro del organigrama de la empresa, se encuentren ocupando una posición de mando medio y/o inferior al del gerente, dueño, director, etcétera. Los cuadros de reemplazo son aquellos que en ausencia del superior inmediato posean la capacidad para reemplazarlo en el puesto. Por ejemplo: el responsable/ encargado de ventas sería el cuadro reemplazo del Gerente de ventas y/o Gerente Comercial.

Las temáticas incluidas en esta modalidad deberán estar orientadas al desarrollo de habilidades gerenciales y de gestión.

El tipo de habilidad a desarrollar, será determinada por el superior inmediato del participante propuesto por cada empresa beneficiaria.

CAPITULO IV

DE LAS INSTITUCIONES ORGANIZADORAS DE LA CAPACITACION ("UCAP")

ARTICULO 6º.- Al momento de presentar el "PROCAP", las "UCAP" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I Estar radicadas en la REPUBLICA ARGENTINA.

II Poseer personería jurídica que acredite ser una Institución sin fines de lucro.

III Estar inscriptas en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, en adelante "AFIP".

IV No registrar deudas fiscales y/o previsionales líquidas y exigibles derivadas de tributos nacionales.

V Tener experiencia comprobable en la organización de acciones de capacitación y/o asistencia técnica para la formación de empresarios y/o cuadros gerenciales, mandos medios y operativos; y/o presentarse en forma asociada a instituciones que puedan acreditar experiencia en dichas acciones.

VI Estar inscriptas en el Registro de Entes Externos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

ARTICULO 7º.- Todos los actos que la "UCAP" deba realizar para llevar adelante las acciones de capacitación comprometidas, serán realizados en su nombre, por su cuenta y orden, sin que puedan en ningún caso actuar en representación o por mandato de la "SSPyMEyDR".

Asimismo, la "UCAP" asume la total responsabilidad por todo tipo de reclamos de su personal o de terceros, ajenos o no al "PROCAP", originados en daños que pudieran ocasionárseles en el cumplimiento de la ejecución de los mismos.

CAPITULO V

DE LOS PROYECTOS DE CAPACITACION ("PROCAP")

ARTICULO 8º.- A los fines del presente Reglamento Operativo se priorizarán aquellos proyectos dirigidos a cuadros gerenciales que se orienten a: i) sensibilización de cuadros directivos y gerenciales para la incorporación de la gestión de la calidad y del diseño intra-firmas; ii) el desarrollo de capacidades vinculadas a la comprensión de los nuevos contextos competitivos y gestión en condiciones de incertidumbre; iii) incorporación de habilidades, y capacidades a partir de la incorporación de nuevas tecnologías de la información (TIC’s); iv) acciones de capacitación orientadas a fortalecer los vínculos y la visión asociativa de la población objetivo; v) actividades de capacitación en temáticas que promuevan la preservación del medio ambiente y el uso sustentable de los recursos; vi) actividades que generen el desarrollo de nuevas competencias en materia de planeamiento estratégico, liderazgo gerencia! y gestión de recursos humanos, orientadas al incremento de la competitividad empresarial. Además de todas aquellas temáticas que las empresas consideren relevantes de acuerdo a sus necesidades específicas.

Los Cuadros de Reemplazo/ Mandos Medios podrán también capacitarse en actividades y temáticas similares, además de todas aquellas que se orienten a la adquisición de nuevas competencias para optimizar su desempeño actual, como aquellas destinadas a su formación para ocupar futuros cargos.

ARTICULO 9º.- No podrán solicitarse reintegros por honorarios de capacitación en las siguientes áreas temáticas: idiomas en todos sus niveles, computación básica (temáticas relacionadas con el manejo de equipos informáticos personales y los programas elementales de cálculo, manejo de textos, edición de audiovisuales, navegadores de Internet y editores de correo electrónico). No podrán participar cursos de capacitación que tengan el financiamiento de otras fuentes o sean subsidiados o prestados gratuitamente por las autoridades públicas de salud, riesgos de trabajo, entre otras.

ARTICULO 10.- Los "PROCAP" deberán incluir una breve justificación de la necesidad de la/s empresa/s de recibir la capacitación propuesta y los resultados esperados a partir de la misma. Dicha información, deberá enviarse previamente a la presentación formal del proyecto y de la documentación, a través del Formulario de presentación de Preproyecto, de acuerdo al modelo que como Anexo I se adjunta al presente; se podrá descargar de la página web www.sepyme.gov.ar, y deberá ser enviado por correo electrónico a la dirección procap@mit.gov.ar

ARTICULO 11.- Los "PROCAP" deberán contener la identificación de la población objetivo (empresa o empresas a capacitar), para lo cual se deberá presentar un listado de las "MiPyMEs" participantes, indicando razón social, representantes legales o estatutarios, actividad económica principal y número de CUIT de cada una de ellas, de acuerdo al Formulario de Presentación de Proyectos - Anexo II, que se adjunta al presente.

No podrán ser "Empresas Beneficiarias de la Capacitación" las que desarrollen como principal alguna de las siguientes actividades: a) Financieras; b) Inmobiliarias; c) Corredores de títulos; d) Empresas de seguros privadas de capitalización; e) Entidades de pensión privada abierta; f) Prestadores de servicios profesionales.

ARTICULO 12.- Los "PROCAP" deberán contener al menos TRES (3) dimensiones claramente desarrolladas, las cuales serán evaluadas oportunamente:

a) Dimensión productivo-territorial:

- Actividad Económica de las empresas participantes de acuerdo con la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CLANAE), considerando un nivel de desagregación de al menos TRES (3) dígitos.

- Alcance o delimitación geográfica: ámbito geográfico de ejécución y aplicación del "PROCAP".

b) Dimensión institucional: este apartado deberá contener la información que a continuación se detalla, correspondiente a la "UCAP" y a las empresas beneficiarias del "PROCAP":

Listado de documentación referida a la "UCAP":

Todas las Unidades Capacitadoras, estén o no inscriptas en el Registro de Unidades Capacitadoras de las "SSPyMEyDR" deberán presentar:

I Escritura pública de acuerdo al modelo que como Anexo V se adjunta al presente y que podrá ser obtenido en la página web www.sepyme.gov.ar, en la que deberá constar: denominación y razón social, CUIT, domicilio, objeto principal, número de registro como persona jurídica, plazo de vigencia, representantes legales y/o estatutarios; y autoridades vigentes indicando la fecha de finalización de su designación.

En caso de tratarse de un ente autárquico, organismo público descentralizado u organismo público no estatal, la acreditación de personería y de la persona que lo representa legalmente podrá hacerse mediante la presentación de la normativa correspondiente.

II Capacidad institucional: Información y documentación acreditando experiencia en la organización de actividades de capacitación, con énfasis en temáticas destinadas al desarrollo empresarial; antecedentes profesionales, capacidad técnica y experiencia del equipo de profesionales y técnicos de la "UCAP" vinculados a la ejecución del "PROCAP".

III Constancia de inscripción en la "AFIP".

IV Certificación contable de acuerdo al modelo que como Anexo VI se adjunta al presente y que podrá ser obtenido en la página web www.sepyme.gov.ar; emitida y firmada por Contador Público independiente, con su firma debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, consignando CUIT, considerando el cumplimiento tributario y provisional y la inexistencia de deudas líquidas y exigibles impositivas de impuestos nacionales y/o a los recursos de la seguridad social al mes de marzo o posterior, del mismo año en que se presenten los "PROCAP".

V Formulario de Registro de Alta en el Tesoro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS (Número de ente).

VI Declaración Jurada de Unidades Capacitadoras de acuerdo al modelo que podrá ser obtenido del sitio web de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL: www.sepyme.gov.ar.

VII Currículum vitae y CUIT o CUIL de los profesionales y/o técnicos que la "UCAP" prevé contratar a los fines de la ejecución del "PROCAP" (específicos de cada proyecto).

Documentación referida a las empresas beneficiarias:

I Constancia de inscripción en la "AFIP" de cada una de las "MiPyMEs" beneficiarias.

II Certificación contable de acuerdo a los modelos que como Anexos VII y VIII se adjuntan al presente y que podrán ser obtenidos de la página web www.sepyme.gov.ar, en la que se manifieste condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa, emitida y firmada por Contador Público independiente, y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda, según lo dispuesto por la Resolución Nº 24/01 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificaciones.

Las empresas beneficiarias que reciban, en concepto de capacitación, hasta la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000) podrán acreditar su condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, mediante Declaración Jurada, cuyo modelo se aprueba al presente Reglamento como Anexo IX. (Apartado sustituido por art. 2° de la Resolución N° 66/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 4/10/2010. Vigencia: a partir del día de su publicación)

III Declaración Jurada de aceptación de términos y condiciones del presente Reglamento Operativo, que podrá ser obtenido del sitio web de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA: www.sepyme.gov.ar.

c) Dimensión técnico-pedagógica: deberá contener una descripción de las actividades a desarrollar, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

I Objetivo de la actividad: debe responder a la problemática identificada en el objeto del "PROCAP". Para su definición deberá considerarse lo establecido en el Artículo 8º del presente Reglamento Operativo.

II Participantes de la actividad: deberá contener un listado de los participantes de la actividad, con nombre, apellido, número de CUIL y perfil funcional de los mismos dentro de la empresa a la cual pertenecen, los que deberán ser consistentes con la población objetivo a la que se dirige el presente Reglamento Operativo.

CAPITULO VI

DE LA PRESENTACION

ARTICULO 13.- La presentación del "PROCAP" importa de parte de la "UCAP" él pleno conocimiento y aceptación de la presente disposición.

ARTICULO 14.- La "UCAP" debe presentar la documentación que a continuación se detalla a los fines de la presentación completa que se solicitará para acceder al beneficio:

- Formulario de Registro Web de "UCAP", impreso y firmado por su representante legal o apoderado. En caso de corresponder, deberán realizar la revalidación del mismo.

I Formulario de presentación del "PROCAP", de acuerdo al modelo que se adjunta como Anexo II al presente Reglamento, firmado por su representante legal o apoderado.

La suscripción de dicho formulario implica la autorización por parte de la "UCAP" de la publicación en la página web de la "SSPyMEyDR" de los datos que permitan su identificación: Número Identificador de "PROCAP", datos generales y datos del contacto.

II Documentación detallada en el Artículo 12 de la presente disposición, dimensión institucional que debe integrar el "PROCAP".

La documentación deberá ingresar por la Mesa de Entradas de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, sita en la Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, Planta Baja, Sector 2, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, dirigida al Programa Nacional de Capacitación con la leyenda: "Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal - Programa Nacional de Capacitación", como así también a través de las Agencias de Desarrollo Regional y de las Ventanillas Pyme pertenecientes al "Programa de Acceso al Crédito y la Competitividad para MiPyMEs" de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Asimismo la documentación requerida a las "UCAP" comprendida en el presente Reglamento deberá ser actualizada en caso de corresponder. Sin perjuicio de ello cualquier modificación deberá ser comunicada a la "DNCFyCF".

CAPITULO VII

DE LA EVALUACION DE LOS "PROCAP"

ARTICULO 15.- La evaluación formal y la técnico-pedagógica de los "PROCAP" estará a cargo de la "DNCFyCF", encontrándose facultada para requerir informes a otras áreas de gobierno y/o a instituciones de reconocida trayectoria en la materia específica de que se trate.

En caso de verificarse el incumplimiento de requisitos formales no sustanciales, la "DNCFyCF" emplazará a la "UCAP" para su subsanación dentro del plazo de DIEZ (10) días, a partir de las CERO HORAS (00:00 hs) del día siguiente al de la recepción de la notificación fehaciente, ello bajo apercibimiento de desestimación del "PROCAP" presentado.

ARTICULO 16.- CRITERIOS DE APROBACION DE LOS "PROCAP"

Se realizará un análisis de consistencia del "PROCAP" determinando si el proyecto es viable o no en función a:

I Si la propuesta de las actividades CAPACITACION cumple con los objetivos planteados en el "PROCAP".

II Si la "UCAP" cumple con los requerimientos y requisitos dispuestos en el presente Reglamento Operativo para el desarrollo del "PROCAP".

III Si la documentación formal de ambas partes ("UCAP"- Empresas) se presenta en las condiciones que establece la presente disposición.

Cada "PROCAP" deberá contener un mínimo de OCHO HORAS (8 hs) y un máximo de CUARENTA HORAS (40 hs), destinadas a las actividades de capacitación.

En lo que respecta a la cantidad de horas por jornada, ésta no podrá ser inferior a DOS (2) ni mayor a OCHO (8).

En caso en que el proyecto fuera considerado viable, se comunicará dicha circunstancia a la "UCAP". En el caso de que no se cumplan alguna de estas TRES (3) variables individualizadas precedentemente el "PROCAP" será desestimado.

Se aprobarán proyectos en el marco del presente reglamento hasta la total utilización de los recursos presupuestarios asignados, estableciendo como criterio de asignación el orden de presentación de los "PROCAP" y su cumplimiento con lo dispuesto en el presente Reglamento Operativo.

CAPITULO VIII

DE LA EJECUCION

ARTICULO 17.- Se considerará como aprobación definitiva de los "PROCAP" a la publicación en el Boletín Oficial del Acto Administrativo que así lo determine. Los "PROCAP" aprobados deberán ser ejecutados dentro de un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos contados desde la fecha de su notificación.

La "UCAP" podrá por medio fehaciente solicitar a la "DNCFyCF" una extensión del plazo de SESENTA (60) días previsto en el párrafo precedente, expresando los motivos que justificaren dicha solicitud. De considerar la solicitud pertinente, la "DNCFyCF" podrá conceder un único plazo adicional de TREINTA (30) días contados desde el vencimiento del plazo originalmente previsto.

Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, si la "DNCFyCF" hubiera considerado que el proyecto es viable la "UCAP" podrá comenzar a su cuenta y riesgo con la ejecución del proyecto, previo cumplimiento de todos lo requisitos impuestos por la "DNCFyCF".

El beneficio constará de un único reintegro equivalente a la cantidad de horas de la actividad multiplicado por el valor hora, dependiendo el resultado de TRES (3) variables.

- La modalidad elegida para el "PROCAP",

- El grado de especialización del consultor que efectivamente dicte el curso de capacitación,

- La zona geográfica en donde se realice el curso.

En consecuencia se abonaran por todo concepto los siguientes valores:

Los valores arriba mencionados son por todo concepto, neto del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Con carácter previo a la ejecución del proyecto, la "UCAP" deberá remitir el Cronograma de Ejecución de Actividades con al menos DIEZ (10) días hábiles de antelación a su comienzo a la Mesa de Entradas, dirigida al "Programa Nacional de Capacitación" con la leyenda "Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal - Programa Nacional de Capacitación".

Por su parte, las modificaciones de ejecución, deberán ser notificadas con al menos DOS (2) días de anticipación. La notificación de la reprogramación de la fecha de ejecución de una actividad deberá efectuarse con al menos TRES (3) días hábiles de antelación a la nueva fecha de ejecución.

Las notificaciones precitadas se efectuarán previamente por correo electrónico a la dirección: capac@sepyme.gov.ar, enviando a posteriori, el formulario correspondiente, firmado por el representante representante legal de la "UCAP", con aclaración de firma y del tipo y número de documento de identidad, dentro de los TRES (3) días posteriores a la fecha de remisión del mencionado correo electrónico, a la Mesa de Entradas, dirigida al "Programa Nacional de Capacitación" con la leyenda "Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal - Programa Nacional de Capacitación".

ARTICULO 18.- Por cada jornada correspondiente a un curso teórico y/o práctico de capacitación se deberá confeccionar una planilla de asistencia, la que deberá ser suscripta por los participantes, por el responsable a cargo de la actividad de capacitación y por el representante legal de la "UCAP".

Esta documentación podrá ser solicitada por la "DNCFyCF" cuando lo considere pertinente dentro del plazo de DOS (2) años posteriores a la fecha de finalización de la actividad, siendo responsabilidad de la "UCAP" el resguardo de la misma.

ARTICULO 19.- Todo cambio o alteración, que no sean los contemplados en el Artículo 17 del presente Reglamento Operativo, pretendido por la "UCAP" respecto del "PROCAP" aprobado, deberá ser solicitado por escrito con expresión de motivos, adjuntándose los elementos documentales que se estimen necesarios, lo cual será analizado y en su caso autorizado por la "DNCFyCF" dentro de los DIEZ (10) días subsiguientes.

ARTICULO 20.- Una vez finalizado el "PROCAP", deberá presentarse la siguiente documentación para proceder a la rendición de cuentas:

I Un CD con el material didáctico utilizado y una copia en papel del mismo;

II Encuestas de satisfacción de la totalidad de los asistentes, de acuerdo al modelo que como Anexo

III se adjunta al presente reglamento;

III Listado de Asistencia a cada una de las jornadas, de acuerdo al modelo que como Anexo IV se adjunta al presente reglamento;

Toda la documentación deberá ser suscripta por un responsable legal de la "UCAP" y remitirse a la Mesa de Entradas, dirigida al "Programa Nacional de Capacitación" con la leyenda "Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal - Programa Nacional de Capacitación".

CAPITULO IX

DE LAS AUDITORIAS Y SANCIONES

ARTICULO 21.- La "DNCFyCF" podrá, en cualquier instancia del desarrollo del "PROCAP", por sí o por terceros, realizar verificaciones y auditorías a las "UCAP", en el lugar en donde se dicten los cursos, con el objeto de constatar el cumplimiento, ejecución e impacto de las actividades de capacitación y del Proyecto en ejecución, encontrándose facultada para contactar a los participantes de los cursos finalizados o en ejecución, a efectos de evaluar la capacitación recibida.

La "UCAP" deberá disponer de todos los medios necesarios para facilitarle a la "DNCFyCF" el desarrollo de esas actividades y proveerle toda la información que solicite.

ARTICULO 22.- En caso de verificarse algún incumplimiento no contemplado en el presente artículo, corresponderá a la "DNCFyCF" su evaluación y determinación de la pérdida o no del beneficio.

En caso de verificarse algún incumplimiento a las disposiciones del presente Reglamento la Autoridad de Aplicación podrá disponer la pérdida total o parcial del beneficio.

La pérdida total del cupo del Programa Nacional de Capacitación, se instrumentará mediante el dictado del acto administrativo correspondiente.

En todos los casos en que se determine la pérdida del beneficio en un proyecto o actividad la Autoridad de Aplicación podrá excluir a la "UCAP" y empresas participantes del siguiente llamado.

En particular los siguientes incumplimientos ameritarán el descuento total del beneficio de la actividad o proyecto.

Se considera incumplimiento que amerite el no pago del beneficio las siguientes:

I Incumplimiento de la población objetivo.

II Incumplimiento de participantes previstos. No se considerará incumplimiento cuando la "UCAP" haya comunicado con antelación y haya reprogramado los mismos.

III Incumple docente notificado.

IV Reticencia en brindar al auditor información y/o falta de exhibición de documentación.

V Inejecución verificada de la jornada, si no se trata de una reprogramación comunicada con la debida antelación.

VI La actividad en ejecución difiere sustancialmente de la informada.

VII El capacitador se niega a firmar el Acta de Auditoría.

VIII Más del SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de los asistentes califiquen al curso como "malo" o "muy malo".

CAPITULO X

DE LA RENDICION DE CUENTAS

ARTICULO 23.- Para la rendición de cuentas la "UCAP" deberá presentar además de lo dispuesto por el Artículo 20:

I Factura por los servicios prestados, indicando detalle de los mismos, a nombre de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, firmada por el responsable legal de la Unidad Capacitadora, con competencia, según conste en el estatuto de creación y/o último acta de autoridades.

II Constatarse el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 22 del presente Reglamento Operativo.

El plazo máximo para presentar la rendición de cuentas es de hasta VEINTE (20) días, una vez finalizadas todas las actividades contenidas en el "PROCAP", caso contrario perderán los beneficios que le hubiere correspondido percibir.

La "DNCFyCF" evaluará la rendición de cuentas y recomendará al señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional su aprobación o desestimación.

ARTICULO 24.- Los montos oportunamente aprobados serán transferidos a la "UCAP" una vez finalizadas las actividades de capacitación y aprobada la rendición de cuentas, conforme lo establecido en el Artículo 25 del presente Reglamento Operativo.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL

ARTICULO 25.- Los plazos se contarán en días hábiles administrativos, se computarán a partir del día siguiente al de la notificación, y cuando no hubiere un plazo establecido en el presente Reglamento Operativo para la realización de alguna diligencia o presentación, aquél será de DIEZ (10) días.

ARTICULO 26.- La "UCAP" deberá constituir un domicilio donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se le cursen.

ARTICULO 27.- Resulta de aplicación en lo pertinente la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.

ARTICULO 28.- No se aceptarán réplicas de proyectos y cursos de capacitación, que estén destinados a una misma empresa y/o idénticos miembros de ésta, durante un mismo año calendario.

ARTICULO 29.- Toda la documentación presentada por la "UCAP" deberá estar suscripta en original por el/los representantes legales o apoderados. Sin perjuicio de ello, en situaciones excepcionales y cuando la "DNCFyCF" lo disponga se permitirá la recepción de documentación vía fax, firmada por los responsables especificados, la que deberá luego ser enviada por correo postal.

ARTICULO 30.- Toda documentación que figure en el presente Reglamento operativo y debiera estar legalizada por escribano público, podrá también en su defecto ser legalizada por Juez de Paz únicamente, de la localidad, provincia y/o jurisdicción que correspondiere (no Policía Federal, ni otra autoridad).

ARTICULO 31.- Todas las notificaciones que las "UCAP" realicen al Programa Nacional de Capacitación referentes a la ejecución de cursos, reprogramación de actividades, modificación o cambio de docentes, baja de empresas y/o participantes o modificaciones, etcétera, deberán estar debidamente suscriptas por representante legal o apoderado y realizarse completando los formularios de acuerdo a los modelos que se encuentran en la página web www.sepyme.gov.ar, y enviarse vía correo postal, acompañado de toda documentación que se crea conveniente y se solicite para la evaluación de dicha solicitud.

Previo a este paso, deberá informar vía correo electrónico a capac@sepyme.gov.ar, con la finalidad de agilizar la operatividad de las gestiones.

ANEXO I

FORMULARIO PARA PRESENTACION DE PREPROYECTOS

Nombre del proyecto

Modalidad Elegida

Cantidad de Empresas Involucradas

Cantidad de participantes asistentes

Problemáticas y necesidades identificadas

Tema de la capacitación

Objetivos que se pretenden alcanzar

Descripción de Actividades y Contenidos

ANEXO II

FORMULARIO DE PRESENTACION DE PROYECTOS

Identificador del "PROCAP":

Fecha:

Título del "PROCAP":

Modalidad:

Unidad Capacitadora sin fines del lucro ("UCAP"):

Ubicación geográfica del "PROCAP":

A) DATOS GENERALES

A. 1) SOBRE LA "UCAP"

Nombre/razón social:

Dirección:

Teléfono:

Correo electrónico:

Página web:

Fecha de constitución:

RESPONSABLE LEGAL ANTE EL PROGRAMA

Nombre y apellido:

Teléfono fijo:

Teléfono móvil:

Correo electrónico:

REFERENTE/S PARA CONTACTAR

Nombre y apellido:

Teléfono fijo:

Teléfono móvil:

Correo electrónico:

A. 2) SOBRE LA/S EMPRESA/S BENEFICIARIAS DE LA CAPACITACION

Razón social:

Actividad principal:

Número de CUIT y Categoría:

Domicilio:

DIMENSION INSTITUCIONAL DE LA "UCAP"

Forma Jurídica de Constitución

Descripción de Misiones y Funciones

Síntesis de experiencia

SOBRE LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS DE LA CAPACITACION

Nombre/Razón social;

Número de cuit y categoría;

Domicilio;

Localidad y Provincia;

Representante/Apoderado: Nombre y apellido, Tipo y Número de documento, cargo;

B) SOBRE EL "PROCAP" - DIMENSION TECNICO PEDAGOGICA (Justificación, objetivos y síntesis del "PROCAP")

B.1) Describir la problemática de la/s empresa/s beneficiaria/s.

B.2) Plantear de Objetivos del PROCAP.

B.3) Mencionar las mejoras que se pretenden obtener a través de la implementación del presente proyecto de capacitación.

B.4) Enumerar y describir brevemente las actividades de capacitación que conforman la propuesta.

C) DESCRIPCION DE LAS ACTIVIDADES DE CAPACITACION

Título:

Carga horaria:

Cantidad de jornadas:

C.1) Enumerar los objetivos del curso de capacitación.

C.1.2) Descripción del programa completo del curso de capacitación.

C.1.3) Descripción detallada de las actividades, recursos didácticos previstos, materiales didácticos y dispositivos metodológicos a utilizar en el curso de capacitación.

C.1.4) Describir articulación de actividades, contenidos, recursos didácticos y materiales para la producción de los aprendizajes.

C.1.5) Instancia de evaluación.

C.2) PARTICIPANTES:

(Presentarse una por cada actividad de capacitación)

Nombre y apellido:

Número de CUIL:

Empresa a la cual pertenece:

Cargo dentro de la empresa:

Principales funciones y responsabilidades:

C.3) DATOS PERSONALES DEL CAPACITADOR:

(Presentarse una por cada actividad de capacitación)

Datos personales del responsable de la capacitación Apellido:

Nombre:

D.N.I:

Cuit/Cuil:

Correo Electrónico:

Teléfono:

Formación académica

Nivel Universitario

Título:

Año de Egreso:

Nivel Terciario

Título:

Año de Egreso:

Otros estudios

Antecedentes Laborales:

Empresa:

Cargo:

Tareas:

Fecha:

Antecedentes como capacitador y/o docente:

Institución/Empresa:

Temática:

Desde/Hasta:

Categoría del Profesional (sólo para completar por el Programa Nacional de Capacitación)

Senior:

Semi Senior:

C4) PRESUPUESTO DE LA ACTIVIDAD:

(Deberá presentarse uno por cada actividad de capacitación)

Rubro

Valor unitario

Cantidad

Monto total

D) SINTESIS DEL "PROCAP"

D.1) SINTESIS DE LAS ACTIVIDADES DE CAPACITACION:

Nombre de la actividad de capacitación:

Fecha estimada de inicio:

Fecha estimada de finalización:

Capacitador:

Costo de la actividad (Total de c/u):

D.2) PRESUPUESTO DEL "PROCAP"

Concepto:

Monto a financiar por "SSEPyMEyDR":

_________________________

 

Firma, Aclaración y Cargo

Representante Legal "UCAP"

ANEXO III

MODELO DE ENCUESTA DE SATISFACCION

Número de Identificación "UCAP":

Número identificador de "PROCAP":

Lugar y fecha:

Nombre de la actividad de capacitación:

Evaluación escala:

MB = muy bueno/muy bien;

B = bueno/bien;

R = regular;

M = malo/mal

MM: muy malo

Aspectos a evaluar:

Organización;

Cumplimiento de horarios y jornadas;

Cumplimiento de plan de actividades;

Actividad de capacitación;

Contenidos de la actividad;

Utilidad de los temas desarrollados;

Calidad del material utilizado;

Interacción con otros participantes de la capacitación;

Evaluación del docente;

Claridad en la transmisión de conocimientos;

Utilización de recursos didácticos y pedagógicos;

Estímulo a la participación;

Estímulo al trabajo grupal;

¿Considera que la capacitación recibida le ha proporcionado herramientas que podrá volcar a su actividad en el corto/mediano plazo?

¿En qué medida considera que la capacitación recibida en el marco de esta actividad le ha servido/ servirá para estrechar vínculos de cooperación con otros participantes de la misma?

______________________

Firma, aclaración y DNI

ANEXO IV

MODELO DE PLANILLA DE ASISTENCIA

Lugar y Fecha

Nº y Nombre del Proyecto

Unidad Capacitadora

Datos de participantes

Nombre y Apellido

Tipo y Nº de documento

Empresa

Cargo

Firma

Firma, Aclaración y DNI del Responsable Legal Unidad Capacitadora

Firma, Aclaración y DNI del Docente Responsable a cargo de la Capacitación

ANEXO V

MODELO DE ESCRITURA PUBLICA PARA UNIDADES CAPACITADORAS

FOLIO Nº ______.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO - - - - - - - - - - - --

En la Ciudad de ____________, a _________ días del mes de ______________del año dos mil diez, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece __________, de nacionalidad ________________ (argentina), nacido el _______de ______de ___________, (estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad Número _____________, C.U.I.T. Nº _____________, domiciliado legalmente en la calle ____________, de _______________, persona capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de _______________ (Presidente del Directorio, o lo que corresponda) de la sociedad que gira bajo la denominación de "____________", C.U.I.T. Nº ____________, con domicilio en ______________ y sede social en la calle _______________, objeto __________________(designación del objeto principal únicamente), lo que se justificará mas adelante, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder cumplimentar lo establecido por el Artículo 12, inciso b) del Anexo I de la Disposición Nº _____________ de fecha de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, Reglamentaria del Programa Nacional de Capacitación solicitándome que: justifique la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, denominación o razón social, fecha de constitución, domicilio legal, objeto social (designación del objeto principal únicamente), datos de su inscripción y modificaciones en los registros públicos correspondientes, y acreditar la justificación de la personería de su/s representante/s legal/es con mandato vigente.

YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO CONSTAR: Que la compareciente acredita la existencia legal de la sociedad, el carácter invocado, con la siguiente documentación: a) La escritura de constitución de la sociedad de fecha __________, que pasó ante __________, al folio ______ del Registro Notarial _______ a cargo de ___________, la que en su primera copia se inscribió el _________________ bajo el número _______ del Libro ___________ de ___________. b) El acta de asamblea inscripta en ______________ acreditando que los representantes estatutarios autorizados a la representación de esta institución son __________________________ (completar lo que corresponda según el tipo de sociedad), c) Ultimo acta de autoridades con mandato vigente hasta ______________;

La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.

LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.

____________.- Hay un sello.- Ante mí: ______________ - PARA __________ expido esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.

ANEXO VI

MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA UNIDADES CAPACITADORAS – PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION

En mi carácter de Contador Público independiente, manifiesto en carácter de declaración jurada que no mantengo ninguna relación de dependencia laboral con la "UCAP" [Razón Social] [C.U.I.T. Nº: ___-__________-_].

Por consiguiente, a solicitud del interesado y para su presentación ante la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL - REGIMEN PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION 2010, certifico la información detallada en el apartado siguiente.

1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION

Declaración efectuada por la "UCAP" (Razón Social) con respecto a la inscripción en la "AFIP", situación de deudas fiscales y previsionales, la actividad principal, las ventas de los últimos TRES (3) ejercicios, y relaciones de vinculación y/o control con otras sociedades, en los términos del Reglamento sobre presentación y ejecución de proyectos - Régimen Programa Nacional de Capacitación año 2010, firmada por mí al solo efecto de su identificación.

2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA

La emisión de una certificación consiste únicamente en constatar determinados hechos y circunstancias con registros contables y/o documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los conceptos contenidos en la Declaración señalada en el punto 1 con los comprobantes respaldatorios correspondientes puestos a mi disposición y que detallo a continuación:

• Constancia de inscripción de (Razón Social) emitida por la "AFIP".

• Ventas de (Razón Social) correspondientes a los últimos TRES (3) ejercicios económicos:

Ejercicio Económico

Nro. Fecha de Cierre

Monto Neto de Ventas

2007

 

 

2008

 

 

2009

 

 

Promedio

 

(detallar los comprobantes analizados: facturas/notas de débito/notas de crédito)

• Registros contables por el período llevados de conformidad con normas legales.

• Documentación complementaria en poder de la "UCAP" (Razón Social). (detallar)

3. MANIFESTACION PROFESIONAL

Sobre la base de las tareas descriptas, certifico que:

• Los datos de inscripción ante la "AFIP", declarados por (Razón Social), CUIT ___-_______-___ en los impuestos que se detallan, concuerdan con las constancias indicadas en punto 2.

• La "UCAP" (Razón Social), CUIT ___-________-___ no mantiene, en los términos del Artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones, relaciones de control o vinculación societaria ascendente o descendente con las empresas integrantes de los proyectos de capacitación que presente durante el llamado del año en curso.

• La "UCAP" (Razón Social), CUIT ____-_________-___ no registra deudas fiscales y previsionales exigibles al mes de marzo o posterior al año en curso.

Lugar y Fecha

Dr. Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

Contador Público (UNIVERSIDAD)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº …….. Fº ………

LEGALIZADO POR EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS

ANEXO VII

MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA EMPRESAS Y PERSONAS FISICAS

En mi carácter de Contador Público independiente, manifiesto en carácter de declaración jurada que no mantengo ninguna relación de dependencia laboral con la empresa [Señor/Explotación Unipersonal] [C.U.I.T. Nº: __-_________-__].

Por consiguiente, a solicitud del interesado y para su presentación ante la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL - REGIMEN PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION 2010, certifico la información detallada en el apartado siguiente.

1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION

Declaración efectuada por la sociedad (Señor/Explotación Unipersonal) con respecto a la inscripción en "AFIP", las ventas de los últimos TRES (3) ejercicios, tamaño de empresa, en los términos del Reglamento sobre presentación y ejecución de proyectos Programa Nacional de Capacitación 2010, firmada por mí al solo efecto de su identificación.

2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA

La emisión de una certificación consiste únicamente en constatar determinados hechos y circunstancias con registros contables y/o documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los conceptos contenidos en la Declaración señalada en el punto 1 con los comprobantes respaldatorios puestos a mi disposición y que detallo a continuación:

• Constancia de Inscripción de/I (Señor/Explotación Unipersonal) emitida por la "AFIP".

• Ventas de/I (Señor/Explotación Unipersonal) por el período 01/01/2007 a 31/12/2009

Año

Monto Neto de Ventas Anuales

2007

 

2008

 

2009

 

Promedio

 

(detallar los comprobantes analizados: facturas/notas de débito/notas de crédito)

• Registros contables por el período llevados de conformidad con normas legales.

• Documentación complementaria en poder de la empresa. (detallar).

3. MANIFESTACION PROFESIONAL

Sobre la base de las tareas descriptas, certifico que:

• Los datos de inscripción ante la "AFIP", declarados por (Señor/Explotación Unipersonal), CUIT __-________-___ en los impuestos que se detallan, concuerdan con las constancias indicadas en el punto 2.

• La actividad principal desarrollada por (Señor/Explotación Unipersonal), CUIT __-________-__ es ____________ y el monto de ventas declarado a efectos de la categorización como (MICRO o PEQUEÑA o MEDIANA) concuerda con las condiciones establecidas por Ley Nº 25.300 y la Resolución Nº 24/01 de la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificaciones, respecto del acceso al Régimen del Programa Nacional de Capacitación.

Lugar y Fecha

Dr. Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

Contador Público (UNIVERSIDAD)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº ………. Fº …………

LEGALIZADO POR EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS

ANEXO VIII

MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA EMPRESAS Y PERSONAS JURIDICAS

En mi carácter de Contador Público independiente, manifiesto en carácter de declaración jurada que no mantengo ninguna relación de dependencia laboral con la empresa [Razón Social de la empresa Solicitante] [C.U.I.T. Nº: __-____________-__].

Por consiguiente, a solicitud del interesado y para su presentación ante la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y LA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL - REGIMEN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACION 2010, certifico la información detallada en el apartado siguiente.

1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION

Declaración efectuada por la sociedad (Razón Social) con respecto a la inscripción en "AFIP", la actividad principal de la empresa, las ventas de los últimos TRES (3) ejercicios, en los términos del Reglamento sobre presentación y ejecución de proyectos del Programa Nacional de Capacitación 2010, firmada por mí al solo efecto de su identificación.

2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA

La emisión de una certificación consiste únicamente en constatar determinados hechos y circunstancias con registros contables y/o documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los conceptos contenidos en la Declaración señalada en el punto 1 con los comprobantes respaldatorios correspondientes puestos a mi disposición y que detallo a continuación:

• Constancia de inscripción de (Razón Social) emitida por la "AFIP".

• Ventas de (Razón Social) correspondientes a los últimos TRES (3) ejercicios económicos:

Ejercicio Económico Nro.

Fecha de Cierre

Monto Neto de Ventas

2007

 

 

2008

 

 

2009

 

 

Promedio

 

(detallar los comprobantes analizados: facturas/notas de débito/notas de crédito)

• Registros contables por el período llevados de conformidad con normas legales.

• Documentación complementaria en poder de la empresa. (detallar)

3. MANIFESTACION PROFESIONAL

Sobre la base de las tareas descriptas, certifico que:

• Los datos de inscripción ante la "AFIP", declarados por (Razón Social), CUIT __-_________-__ en los impuestos que se detallan, concuerdan con las constancias indicadas en punto 2.

• La actividad principal desarrollada por (Razón Social), CUIT __-__________-___ es _____________ y el monto de ventas declarado, a efectos de la categorización como (MICRO o PEQUEÑA o MEDIANA) concuerda con las condiciones establecidas por Ley Nº 25.300 y la Resolución Nº 24/01 de la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificaciones, respecto del acceso al Régimen del Programa Nacional de Capacitación.

• La empresa (Razón Social), CUIT __-__________-___ no mantiene, en los términos del Artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones, relaciones de control o vinculación societaria ascendente o descendente con otras empresas o grupos económicos (Si la empresa se encuentra vinculada —en forma ascendente o descendente—, controlada o ejerce control sobre otra empresa, debe explicitarse tal situación e indicar si la/s empresa/s vinculada/s, controlante/s o controlada/s reviste/n el carácter "MiPyMEs" de acuerdo a la legislación enunciada en el punto anterior).

Lugar y Fecha

Dr. Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx

Contador Público (UNIVERSIDAD)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº ………….. Fº ………………….

LEGALIZADO POR EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS

ANEXO IX

(Anexo incorporado por art. 3° de la Resolución N° 66/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional B.O. 4/10/2010. Vigencia: a partir del día de su publicación)

MODELO DE DECLARACION JURADA A SUSCRIBIR POR LAS EMPRESAS PARTICIPANTES CUYO BENEFICIO PROPORCIONAL EN CONCEPTO DE CAPACITACION NO EXCEDA LA SUMA DE PESOS TRES MIL ($ 3.000).

En la Ciudad de ________, a ________ días del mes de _______ del año dos mil diez, el que suscribe ___________DNI Nº__________, de nacionalidad ________, nacido el ___de _____de ____, ________________(estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad número _______________, C.U.I.T. Nº______________, domiciliado legalmente en la calle ________________ de ___________, en mi carácter de __________________(Presidente del Directorio, o lo que corresponda) de la sociedad que gira bajo la denominación de "__________________", C.U.I.T Nº ________________, con domicilio en ____________ y sede social en la calle ________________, cuyo objeto es_____________________ (designación del objeto principal únicamente), realiza la siguiente Declaración Jurada a los fines de poder cumplimentar lo establecido por el Artículo 12, inciso b), apartado II de la "Documentación referida a las empresas beneficiarias", del Anexo de la Disposición Nº 734/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, aportando la información que se detalla a continuación.

PERSONERIA

La constitución de la sociedad es de fecha _____________, inscripta en Inspección General de Justicia (IGJ) en fecha_______ Nº de Inscripción_________.

Representante Legal o Apoderado, conforme surge del Acta de asamblea con la designación de autoridades vigente de fecha __________________________________.

Fecha de vencimiento del Mandato del Representante Legal o Apoderado_______________________.

(Para el caso de ser persona física deberá completar con los datos según inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS).

SITUACION ECONOMICA

Declaro que el monto de ventas anuales de los últimos TRES (3) años, a efectos de la categorización como (MICRO o PEQUEÑA o MEDIANA) concuerda (sí/no) con las condiciones establecidas por la Ley Nº 25.300 y la Resolución Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, sus modificatorias y complementarias.

(Sí/No posee) Relaciones de control y/o vinculación ascendente y/o descendente con otras empresas, según los términos del Artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones.

La Actividad Principal es ________________ (descripción)

_________________________________

_________________________________

Firma y Aclaración del

Representante Legal o Apoderado

Firma y Aclaración del

Contador Independiente

Matrícula Nº, Tº y Fº

(Las firmas deberán certificarse por Escribano Público, Juez de Paz o Banco).