Secretaría de la Gestión Pública

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 103/2010

Régimen de Selección para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público. Norma complementaria.

Bs. As., 18/6/2010

VISTO el Expediente JGM Nº 0002656/2010 del Registro de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 por el que se instrumentó el Sistema Nacional de Empleo Público y la Resolución de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 39 del 18 de marzo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto se aprobó el Régimen de Selección para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que por el artículo 6º de esa Resolución se ha establecido el Registro Central de Ofertas de Empleo Público en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO, en el que se deberá inscribir cada puesto de trabajo o función dispuesto para su cobertura definitiva por las jurisdicciones ministeriales, Secretarías y CASA MILITAR de la PRESIDENCIA DE LA NACION y entidades descentralizadas.

Que el Número de Identificación en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público será utilizado tanto en las respectivas Convocatorias y Bases del Concurso, según lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Régimen citado precedentemente, como así también en la "Solicitud y Ficha de Inscripción" según lo establecido en su artículo 22 y, en general, en toda la documentación por la que se tramite el correspondiente proceso de selección.

Que para vehiculizar el mencionado Registro se debe establecer un procedimiento específico para la inscripción del puesto de trabajo o función así como disponer los criterios a utilizar para asignar el respectivo Número de Identificación.

Que por la responsabilidad y acciones asignadas a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO corresponde que esta dependencia quede a cargo del mencionado Registro Central.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

Artículo 1º — Cada puesto de trabajo o función vacante correspondiente al Sistema Nacional de Empleo Público, autorizado para su cobertura mediante el correspondiente proceso de selección de personal constituirá una Oferta de Empleo Público la que será inscripta en el Registro Central establecido en el tercer párrafo del artículo 6º de la Resolución SGP Nº 39 del 18 de marzo de 2010.

A este fin, se le asignará un único Número de Identificación conformado según el detalle establecido en el Anexo integrante de la presente disposición.

Art. 2º — La OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO tendrá a su cargo la gestión y actualización permanente del Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Art. 3º — Dictaminada favorablemente la propuesta elevada según lo establecido en el artículo 6º del Régimen de Selección para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO asignará el Número de Identificación respectivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la presente.

La referida asignación será glosada a la actuación por la que se tramita la propuesta bajo dictamen.

El Número de Identificación asignado será de uso obligatorio para todo efecto relativo a las Convocatorias, Bases del Concurso, Inscripciones y demás acciones vinculadas con el proceso de selección al que se dé lugar.

Art. 4º — La OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO deberá mantener actualizada la vinculación de la respectiva Oferta de Empleo Público inscripta conforme a lo establecido en la presente, con el Código Identificatorio que el cargo en cuestión tuviera asignado en el Nomenclador de Puestos y Funciones previsto en el artículo 16 del Sistema Nacional de Empleo Público o, en su defecto, con la denominación y perfil de los requisitos dictaminados favorablemente por la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS según lo establecido en el segundo y tercer párrafo del artículo 6º de la Resolución SGP Nº 39/2010.

Art. 5º —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina.

ANEXO

ESTRUCTURA DEL NUMERO DE IDENTIFICACION DE LAS OFERTAS DE EMPLEO PUBLICO EN EL REGISTRO CENTRAL PREVISTO EN EL ARTICULO 6º DEL REGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

TABLA Nº 1