Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 472/2010

Incorpóranse Registros Seccionales a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito".

Bs. As., 16/6/2010

VISTO las Disposiciones D.N. Nros. 515/03, 395/04, 602/05 y 169/09, y el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y la MUNICIPALIDAD DE LA LAGUNA (provincia de CORDOBA) con fecha 19 de junio de 2008 (conforme modelo aprobado por el entonces MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. Nº 1278/06 - Expte. M.J. y D.H. Nº 135.427/02), aprobado por Ordenanza del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA LAGUNA Nº 704 de fecha 22 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que, por conducto de la primera de las Disposiciones mencionadas en el Visto, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" "Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito", aplicable en una primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la percepción de multas por infracciones.

Que el Convenio mencionado en el Visto prevé la implementación de la mencionada operatoria en los Registros Seccionales de todo el país.

Que, atento a ello, el intendente de la MUNICIPALIDAD DE LA LAGUNA (provincia de CORDOBA) ha dictado el Decreto Nº 37 de fecha 23 de octubre de 2008, por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

Que, habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Municipalidad, resulta necesario para dar cumplimiento al Convenio suscripto tornar aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones citadas respecto de los Registros Seccionales de la Ciudad de VILLA MARIA (Provincia de CORDOBA).

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1º — Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos de la Ciudad de VILLA MARIA (Provincia de CORDOBA) a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. Nº 515/03 y complementarias.

Art. 2º — La presente medida entrará en vigencia el día 22 de junio de 2010.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Gallardo.