MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Apruébase la Estructura Orgánica.

DECRETO

N° 1.440

Bs.As., 6/12/82

VISTO el Expediente N° 25.155/82 del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y

CONSIDERANDO:

Que la asignación de competencias establecidas por la Ley N° 22.520 para el Ministerio de Obras y Servicios Públicos impone la necesidad de modificar su organización.

Que con el dictado del presente decreto, el Ministerio de Obras y Servicios Públicos contará con una organización que le permitirá administrar, coordinada y racionalmente, los asuntos inherentes a los organismos y entidades del Estado, que integran su área de competencia.

Que en lo que atañe al área de la Secretaría de Comunicaciones recientemente creada por el Decreto N° 339 del 13 de agosto de 1982, dadas sus características particulares y la envergadura y complejidad de su organización, es aconsejable que el correspondiente proyecto de estructura orgánica, sea elevado por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos al Poder Ejecutivo Nacional en cuanto finalicen los análisis que posibiliten adoptar una decisión al respecto,

Que de acuerdo con las normas vi gentes es necesario establecer la distribución, por cargos y horas de cátedra de las partidas correspondientes al Inciso 11 —Personal—, dentro de las disponibilidades crediticias asignadas al citado Ministerio para el ejercicio, 1982.

Por ello

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

Artículo 1° — Apruébase la estructura orgánica del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, cuyo organigrama, misión y funciones, y dotación, forman parte del presente decreto, como Anexo I, Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig, IIh, II, IIIa y IIIb, respectivamente.

Art. 2° — Deróganse los Decretos números: 3.091 dei 31 de mayo de 1968, 2.828 del 17 de noviembre de 1970, 4,910 del 26 de octubre de 1971, 6.583, 6,584 y 6,587 del 31 de diciembre de 1971, 903 del 21 de febrero de 1972, 3.167 del 26 de mayo de 1972, 5.546 y 5.547 del 22 de agosto de 1972, 7.535 del 30 de octubre de 1972,. 8.050 del 20 de noviembre de 1972, 8.424 del 29 de noviembre de 1972, 3.686 del 11 de diciembre de 1972 9.404 del 80 de diciembre de 1972, 1.492 del 22 de febrero de 1973, 3.372 del 27 de abril de 1973, 511 y 512 del 13 de agosto de 1973, 705 del 17 de marzo de 1975 en lo concerniente a la Subsecretaría de Recursos Hídricos, 3.192 del 29 de octubre de 1975, 1.844 del 28 de junio de 1977, 1.780 del 24 de julio de 1979, 2.725 del 26 de octubre de 1979 y 604 del 13 de febrero de 1976, éste último como excepción en lo que se relaciona con el Tribunal de Tasaciones de la Nación y con la Obra Social, como así también derógase la Resolución del Ministerio de Economía N’ 246 del 22 de octubre de 1975, que rectificó el Agrupamiento Funcional (Anexo III) del precitado Decreto N° 8.686/72 para el personal incorporado al Agrupamiento "Sistema de Computación de Datos".

Art. 3° — Modificase la distribución por cargos y horas de cátedra del inciso 11 —Personal— del Presupuesto General de la Administración Nacional, aprobado por Decreto N° 783 del 29 de setiembre de 1982, de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo V.

Art. 4° — Facúltase al señor Ministro de Obras y Servicios Públicos para modificar por resolución y según lo requieran las necesidades de servicio, la dotación de cargos aprobados en el Anexo 4 IIIa, dentro de los topes de "unidades estructurales" establecidas para cada unidad orgánica en el Anexo II del presente decreto.

Art. 5° — Autorizase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos para que pro» ceda por esta única vez a la cobetura, de los cargos de la estructura orgánica que se aprueba por el presente decreto y a la asignación de funciones emergentes de la misma con el personal que actualmente revista en las estructuras que se derogan, procedimiento que incluye las promociones que pudieran corresponder.

Los cargos que excedan podrán ser cubiertos previo cumplimiento del Decreto N° 2.043 del 23 de setiembre de l980

A los efectos indicados en el presento artículo el citado Ministerio queda exceptuado por el término de sesenta -(60) días de las disposiciones del Artículo l° del Decreto N° 669 del 1° de abril de 1982, modificado por el Decreto N° 1.050 del 28 A may8 de 1988

Art. 6° — Modificase la denominación de la Subsecretaria de Energía Hidroeléctrica y Térmica, dependiente de la Secretaria de Energía y que integre el área del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, a que se refiere el Articulo 1° del Decreto N° 22 del 22 de diciembre de 1981, modificado por el Decreto número 339 del 13 de agosto de 1982. por la de Subsecretaría de Energía Eléctrica.

Art. 7° — El Ministerio de Obras y’ Servicios Públicos deberá proponer al Poder Ejecutivo Nacional, dentro de loe sesenta (60) días de la fecha del presente decreto, la estructura orgánica la Secretaría de Comunicaciones.

Hasta tanto se concrete la- aprobación por parte del Poder Ejecutivo Nacional de la nueva estructura orgánica de la Secretaria de Comunicaciones, a que se refiere el párrafo anterior, continuarán en vigencia los decretos Nros. 1.490 del 27 de junio de 1976 y 332 del 14 de febrero de 1973 que rigen su actual organización y dotación de personal.

Art. 8° - Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

BIGNONE

Conrado Bauer

Jorge Wehbe

Nota: Este Decreto se publica sin el Anexo V.

SUBSECRETARIA TECNICA Y DE COODINACION ADMINISTRATIVA

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en la centralización de las actividades de apoyo de la jurisdicción ministerial y en la compatibilización coordinación y supervisión de las áreas de ese carácter que funcionan en las Secretarias y Subsecretarías del Ministerio y en la fiscalización de la Obra Social.

FUNCIONES

1. Entender en la formulación de los requerimientos de información de estadísticas del Ministerio, necesarios para el planeamiento y control, rn coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

2. Entender en los estudios relacionados con la fijación de objetivos y políticas y en el planeamiento global de los organismos empresas y sociedades del estado del área ministerial, en coordinación con la Secretaría de Planeamiento de la Presidencia de la Nación.

3. Entender en el análisis y evaluación de las propuestas del Plan de Inversión Pública del Ministerio en coordinación con la Secretaría de Planeamiento de la Presidencia de la Nación.

4. Entender en la formulación del presupuesto de recursos económicos y financieros y de los fondos especiales correspondientes a los distintos sectores del área, en coordinaci{on con los mismos.

5. Entender en el análisis y estudio de factibilidad de planes, programas, estudios, convenios, contratos en materia económico-financiera de carácter interno y externo e intervenir en la concertación de los acuerdos respectivos.

6. Entender en la aplicación de las normas legales vigentes en materia de Reforma Administrativa y para los Registros de Estructuras de Organización de Personal Civil de la Administración Pública Nacional en la jurisdicción y su vinculación con el Sdistema Automático de Información de la Administración Pública.

7. Intervenir en la elaboración de la política y estrategia de Comunicación Social proponiendo los planes y programas de la jurisdicción, como así también entender en el control de su ejecución, evaluando sus resultados.

8. Entender en el cumplimiento de los actos administrativos de disposición de los recursos económicos y financieros de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Contabilidad.

9. Entender en la elaboración y actualización del ordenamiento administrativo y normativo del Ministerio y en la formación técnico-administrativa que sea requerida por la Superioridad para su proceso decisorio.

10. Entender en la elaboración, análisis y diligenciamiento de proyectos de leyes, decretos, resoluciones y demás actos administrativos centralizando el servicio de mesa de entradas salidas y archivo de la jurisdicción ministerial.

11. Entender en la administración de los recursos humanos.

12. Entender en la programación y control de ejecución del presupuesto de la jurisdicción ministerial.

13. Entender en el asesoramiento jurídico a les organismos del Ministerio y en la atención de los asuntos contenciosos y de los sumarios.

14. Conducir las actividades vinculadas con las relaciones institucionales internas y externas, y con los medios de difusión, ceremonial y protocolo.

15. Entender en la organización y prestación de los servicios generales de conservación, mantenimiento y seguridad correspondiente al Ministerio.

DIRECION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en el asesoramiento jurídico al Ministerio y ejercer la representación y patrocinio del Estado Nacional en todas las, causas relativas a materias de competencia del Ministerio, a fin de lograr la eficaz defensa de los intereses del mismo

FUNCIONES

1. Coordinar las actividades de las áreas de asesoramiento jurídico de las Secretarías y Subsecretarías de jurisdicción del Ministerio.

2. Entender en los aspectos legales de los proyectos sometidos a su consideración.

3. Asesorar en los aspectos jurídicos pertinentes con anterioridad a la firma de los documentos legales en los que el Ministerio o sus organismos fuera parte.

4. Asesorar jurídicamente en la redacción de acuerdos nacionales o internacionales de competencia del Ministerio, participando en la elaboración de los proyectos y trámites de las negociaciones respectivas.

5. Fijar criterios generales que tiendan a asegurar unidad de tratamiento en la consideración de asuntos jurídicos por parte de las Secretarías, Subsecretarías, organismos centralizados, descentralizados y empresas del Estado que actúan en órbita del Ministerio.

5. Intervenir en toda reforma de la legislación vinculada con las actividades del Ministerio y realizar estudios de la legislación comparada.

7. Entender en los aspectos jurídicos de los trámites de concesiones, autorizaciones y permisos de competencia del Ministerio.

8. Impulsar la incorporación de sistemas de informática jurídica en colaboración con los organismos competentes del Ministerio de Justicia.

DIRECCION GENERAL DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en la gestión económico-financiera y patrimonial de la administración centralizada del Ministerio y en la prestación de los servicios generales, a fin de lograr una eficaz y económica prestación del servicio administrativo.

FUNCIONES

1. Coordinar y fiscalizar las actividades de las Direcciones de Contabilidad y Personal de la Secretaría de Energía y de Contabilidad y Presupuesto de la Subsecretaría de Comunicaciones, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos

2. Intervenir en la elaboración del proyecto de presupuesto del Ministerio y sus modificaciones y ajustes.

3. Entender en el registro contable de los actos administrativos vinculados con la gestión económico-financiera y patrimonial de su competencia.

4. Entender en el dictado y difusión de normas o instrucciones relacionadas con la ejecución del presupuesto.

5. Entender en la tramitación de las compras o locaciones de bienes y servicios, en coordinación con la Unidad Sectorial de la Reforma Administrativa, en los casos que corresponda.

6. Entender en la realización de las auditorías internas de los servicios contable-administrativos de jurisdicción del Ministerio.

7. Entender en la fiscalización de las rendiciones de cuentas que por pago de sueldos, gastos e inversiones realicen los organismos del Ministerio.

8. Intervenir en la administración de los fondos y cuentas especiales correspondientes a los distintos sectores del área y verificar su evolución.

9. Entender en la liquidación de erogaciones y en el manejo de los fondos correspondientes a su área de competencia.

10. Dirigir el centro de procesamiento de datos como unidad responsable de la conducción integral del Sistema de Información de la jurisdicción ministerial.

11. Entender en los requerimientos de las necesidades que en materia de informática formulen los distintos organismos del Ministerio, en su carácter de Centro S.C.D. Principal de los mismos.

12. Entender en la ejecución y supervisión de las medidas de seguridad y en el mantenimiento y conservación de la sede central del Ministerio y sus dependencias.

13. Entender en la prestación y mantenimiento del servicio de automotores y en la prestación de servicios generales, en la sede central del Ministerio y sus dependencias.

14. Entender en el registro y control de los bienes patrimoniales del Ministerio.

15. Entender en el ingreso de fondos y valores correspondientes a su área de competencia y en la custodia de los mismos.

DIRECCION GENERAL PERSONAL

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en los estudios, elaboración y proposición de las políticas y normas vinculadas con la administración de los- recursos humanos y en la ejecución y fiscalización de las mismas a fin de ob tener la más racional y eficaz utilización de tales recursos. -

FUNCIONES

1. Coordinar las actividades de las áreas de administración de personal de las Secretarías y Subsecretarias del Ministerio. -

2. Entender en la elaboración de los actos administrativos relacionados con las disposiciones contenidas en regímenes estatutarios, escalafonarios y normativos y en seguimiento de la ejecución de los mismos.

3. Asesorar en las actuaciones y proyectos en que sean de aplicación la legislación y las normas al personal de los organismos descentralizados y las Empresas y Sociedades del Estado vinculadas al área del Ministerio y en los convenios colectivos de trabajo e intervenir en lo relativo al manejo de las relaciones laborales.

4. Intervenir en la selección, incorporación. promoción y remoción del personal.

5. Atender y asesorar al personal acerca de sus obligaciones y derechos como agente público, y en particular en los trámites de beneficios previsionales y sociales.

6. Intervenir y proponer la implantación, modificación o supresión de regímenes o reglamentos aplicables al personal, en coordinación con la Unidad Sectorial de la Reforma Administrativa, en los casos que corresponda.

7. Entender en la instrucción de sumarios administrativos de acuerdo a las normas y reglamentos correspondientes.

8. Entender en la formulación de la información básica para la liquidación de las retribuciones del personal.

9. Entender en la aplicación de las normas legales vigentes para el registro del Personal Civil de la Administración Pública Nacional en la jurisdicción y en su vinculación con el Sistema Automático de Información de la Función Pública.

10. Entender en los temas vinculados con la capacitación de los agentes de la jurisdicción con los alcances que determino el Instituto Nacional de la Administración Pública, coordinando en este aspecto con la Unidad Sectorial de la Reforma Administrativa.

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en la centralización del despacho de las actuaciones administrativas sometidas a consideración del Ministerio atender a su diligenciamiento y participar en la elaboración de los actos de Gobierno específicos del área y en la coordinación de los problemas sectoriales, a fin de asegurar su ajuste a las normas y procedimientos vigentes en la materia.

FUNCIONES

1. Entender en la sustanciación y tramitación de actuaciones y en el seguimiento e información de las directivas y medidas emanadas de la conducción superior del Ministerio.

2. Proponer tos procedimientos administrativos tendientes a solucionar situaciones no contempladas en las normas y reglamentaciones vigentes.

3. Entender en la coordinación de las comunicaciones que asegure la fluidez de les mismas entre los sectores y organismos que integran el Ministerio.

4. Participar en la elaboración de proyectos de leyes, decretos y resoluciones y entender en el registro y protocolización de los actos administrativos del Ministerio.

5. Dirigir y coordinar los Servicios de Mesas de entradas de los organismos centralizados del área.

6. Entender en el apoyo administrativo que requiera el Ministerio y en la administración del servicio de copiado, impresiones y publicaciones.

7. Entender en el funcionamiento de la Biblioteca Central y en el acrecentamiento y conservación del material bibliográfico.

DIRECCION DE LA UNIDAD SECTORIAL DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en la instrumentación sectorial de los planes y programas generales de la Reforma Administrativa, así como en la dirección, ejecución y control de las tareas emergentes, a fin de lograr la eficacia y eficiencia de la gestión administrativa del Ministerio.

FUNCIONES

1. Asesorar a la- autoridad superior sobre la aplicación de la Reforma Administrativa en las áreas de organización y Sistemas, Recursos Humanos, e Investigaciones.

2. Mantener las relaciones técnico-funcionales dispuestas en la Ley del Sistema Nacional de la Reforma Administrativa a los efectos que en ella se indican.

3. Entender en los aspectos organizativos del Ministerio y en los sistemas y técnicas que se emplean, a fin de asegurar servicios dinámicos y eficientes, estructurados con criterio uniforme.

4. Asesorar preceptivamente en materia de administración de los recursos humanos, con vistas a obtener la jerarquización de la función pública y la eficiencia de sus agentes.

a. Asesorar ea el dictado de normas legales que regulen la función pública en las materias de su competencia.

6. Asistir a las unidades operativas del área en el desarrollo de proyectos específicos de mejoramiento administrativo, proponiendo la aplicación de los criterios técnicos correspondientes.

7. Realizar investigaciones y estudios tendientes al mejoramiento de la Administración y evaluar los resultados obtenidos.

8. Realizar una permanente evaluación de la marcha del proceso del Sistema Nacional de la Reforma Administrativa en el sector.

9. Cumplir con toda otra función relacionada con las materias de su competencia que le sea asignada por la autoridad superior sectorial o a través de la Unidad Central.

10. Entender en la aplicación de las normas para el Registro de Estructuras de Organización de la Administración Pública Nacional en la jurisdicción y en su vinculación con el Sistema Automático de Información de la Función Pública.

11. Intervenir en los aspectos presupuestarios en materia de gastos en personal y espacio y equipamiento.

SECRETARIA DE LA COMISION DE MOVILIZACION

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en el planeamiento y ejecución de la Defensa Nacional, Movilización y Servicio Civil de Defensa en el ámbito del Ministerio y asesorar a la comisión de Movilización en el cumplimiento de las funciones establecidas por la Reglamentación de la Ley de Movilización.

FUNCIONES

1. Realizar los estudios y trabajos necesarios para la determinación del Potencial Nacional del Minsiterio y el Planeamiento de la Movilixación.

2. Asistir a la Comisión de Movilización para mantener actualizadas, de accuerdo a las directivas e instrucciones que se impartan la organización, planificación y ejecución del Servicio Civil de Defensa, de responsabilidad del Ministerio.

3. Preparar la información y antecedentes referidos a todo asunto que deba tratar la Comisión de Movilización.

4. Asesorar al presidente de la Comisión para que se cumplan todas las disposiciones legales y reglamentarias relativas a Defensa Nacional y sean de competencia y responsabilidad del Ministerio.

5. Asesorar a la Comisión de Movilización en lo referente a los estudios destinados a determinar las Políticas y Estrategias Particulares del Ministerio en- lo concerniente a Movilización y Servicio Civil de Defensa.

6. Efectuar el enlace y coordinación con los organismos ajenos al Ministerio, competentes en los temas específicos precedentemente mencionados.

7. Mantener en custodia toda la documentación existente en el Ministerio en sus distintos grados de reserva, referida a planes, directivas e instrucciones sobre los asuntos propios de su competencia.

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender, como órgano de apoyo del nivel de Planeamiento del Ministerio, en el análisis y estudios necesarios para la fijación de los objetivos y políticas, en la elaboración del planeamiento global que deberán cumplimentar los organismos, empresas y sociedades del Estado de la Jurisdicción Ministerial, dentro del Sistema Nacional de Planeamiento, e intervenir en el análisis de los programas, planes de acción y presupuestos evaluar los resultados de su ejecución a fin de fiscalizar su compatibilización con los objetivos políticos y de planeamiento global correspondientes.

FUNCIONES

1. Coordinar las actividades de las áreas de Políticas y Programación que integran las Secretarias y Subsecretarias del Ministerio.

2. Coordinar sus actividades con la Secretaría de Planeamiento de la Presidencia de la Nación.

3. Realizar los análisis, estudios, relevamientos y proyecciones, necesarios para la fijación de objetivos, la formulación de políticas y el desarrollo de la planificación global a mediano y largo plazo para las distintas actividades que competen al área del Ministerio.

4. Analizar los programas elaborados por los distintos organismos de la jurisdicción a efectos de evaluar su compatibilización con el Plan General en la materia.

5. Entender en el análisis, evaluación y coordinación de los presupuestos proyectados por los organismos centralizados y descentralizados empresas y sociedades del Estado cualquiera sea su forma jurídica de organización, de jurisdicción del Ministerio, así como de los Entes Binacionales cuyas relaciones con el Poder Ejecutivo Nacional se realicen a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

6 Coordinar el sistema de control de gestión de las empresas y organismos del área, efectuando el análisis evaluación e información de los resultados y detectar las causas que originan desvíos respecto de los objetivos, políticas y planes aprobados.

7. Entender en el análisis y evaluación de los proyectos y programas de inversión de los organiemos, empresas y sociedades del Ministerio,

8. Entender en el estudio de las necesidades de mejoramiento del sector y sus proyecciones a mediano y largo plazo, de acuerdo con las posibilidades derivadas de la políticas monetaria y fiscal establecida por el Gobierno Nacional y proponer la asignación de los recursos.

9. Intervenir en los programas de asistencia financiera de externa y sus posibilidades de utilización por parte de las empresas y sociedades del sector y Entes Binacionales cuyas relaciones con el Poder Ejecutivo Nacional se realicen a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

10. Entender en las propuestas definitivas acerca de los regímenes tarifarios y de precios de los servicios públicos, en los de importación y exportación de bienes y servicios, en materia de competencia del Ministerio y en aquellas necesarias para la determinación del régimen de promoción de las industrias afines al área de su competencia.

11. Entender en la evaluación de los requerimientos formulados por los organismos y empresas en materia de investigación científica y tecnológica experimentación y desarrollo y de formación de profesionales y técnicos efectuando las propuestas correspondientes.

SECRETARIA DE ENERGIA

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la elaboración y control de la política energética nacional y en la coordinación de los planes y programas del sector a fin de posibilitar la determinación de las políticas, objetivos y estrategias correspondientes.

FUNCIONES

1.Intervenir en la formulación de las políticas relacionadas con el régimen de comercialización y en la fijación de las políticas de tarifas de su área de competencia.

2. Entender en la coordinación y proposición de los planes de acción y presupuestos de las empresas y sociedades del Estado, organismos descentralizados, cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica y del Plan de Inversión Pública de su jurisdicción y fiscalizar su ejecución.

3. Intervenir en la formulación, ejecución y fiscalización de la política y régimen integral aplicable a la exploración, explotación, refinación transporte y comercialización de combustibles y sus derivados.

4. Entender en el fomento y fiscalización de las cooperativas de distribución de la energía eléctrica en jurisdicción nacional.

5. Entender en la concertación de tratados y concertación de tratados y convenios internacionales relacionados con la energía eléctrica y los combustibles y en su importación y exportación en los aspectos de su competencia.

6. Intervenir en el establecimiento y fiscalización del régimen de los servicios públicos de energía, inclusive en lo relativo a su generación que se vincule a la defensa nacional, el comercio interprovincial o internacional y a las actividades que resulten de la promoción de desarrollo compartidos con los gobiernos locales.

7. Entender en el asesoramiento para la instalación de industrias vinculadas con la explotación de fuentes de energía y combustibles, asesorando a las demás jurisdicciones en lo que se relacione con su competencia.

8. Entender en todo lo concerniente a la coordinación y planificación de los distintos

sistemas y servicios públicos, destinados a formar parte de los existentes en jurisdicción.

9. Entender en el contralor técnico, jurídico y financiero de todas las empresas y

sociedades del sector público correspondiente.

10. Entender en todo lo referente a la conservación de los recursos energéticos e intervenir

en la promoción y aprovechamiento de fuentes de energía no convencionales.

11. Entender en la programación, organización y mantenimiento actualizado de la documentación básica referida a combustibles y energía eléctrica y en la elaboración del balance energético nacional.

12. Entender en el análisis y proposición de las políticas, planes y programas del sector, en coordinación con el nivel de planeamiento del Ministerio, en los aspectos necesarios que el sistema integrado de planeamiento global lo requiera y efectuar el control de ejecución de los mismos.

DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en el asesoramiento jurídico a la Secretaría de Energía y Subsecretarías de su jurisdicción y ejercer la representación y -patrocinio del Estado Nacional en todas las causas relativas a materias de competencia de la Secretaría, a fin de lograr la eficaz defensa de sus intereses.

FUNCIONES

1. Entender en los aspectos jurídicos de los estudios para formular las pro puestas de reformas y actualización de la legislación en materia de energía y combustibles en especial la institucionalización del sector eléctrico

2. Intervenir en el análisis e interpretación de las normas legales que regulan el funcionamiento de las actividades energéticas y proyectar las actualizaciones que fueren necesarias

3. Asistir jurídicamente a los organismos nacionales y provinciales en lo que concierne a aspectos interjurisdiccionales derivados de la prestación de los servicios eléctricos y combustibles.

4. Entender en los aspectos jurídicos de los trámites concesiones, autorizaciones y permisos referentes a servicios públicos de electricidad de jurisdicción nacional y en los vinculados a la exploración, explotación y comercialización de hidorcarburos y sus derivados como así también a su fiscalización.

5. Participar en la elaboración de los acuerdos y convenios interjurisdiccionales que se celebren en materia de energía y combustibles e intervenir en los conflictos que se susciten entre los organismos nacionales y provinciales por aplicación de las leyes de energía eléctrica demás normas sobre la materia energética.

6. Entender en los aspectos de su competencia en las regulaciones atinentes al uso racional de las fuentes energéticas convencionales y no convencionales

7. Entender en la substanciación de sumarios administrativos de acuerdo con las normas y reglamentos correspondientes.

8. Coordinar sus actividades con la- Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa, en los aspectos que sean de competencia del nivel del Ministerio.

DIRECCION GENERAL ECONOMICO – FINANCIERA

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en la compatibilización de los aspectos económicos, financieros, presupuestarios y contables de los entes energéticos de jurisdicción nacional de y en la coordinación de los Fondos Nacionales de Energía a fin de evaluar todos estos aspectos a nivel global del sector energético.

FUNCIONES

1 Entender en los análisis relacionados con la elaboración, proposición, compatibilización ejecución, y control de los planes de acción presupuestos y proyecciones financieras anuales de las empresas, sociedades y entes de jurisdicción nacional de energía.

2. Entender en el análisis de balances contables, y de la evolución de los costos operativos y de los niveles de endeudamiento de las empresas y sociedades de jurisdicción nacional; participar en los estudios referentes a los niveles de precias y tarifas, y efectuar los análisis económicos – financieros relativos al ejercicio del poder de policía del sector energético.

3. Entender en la proyección anual de los Fondos Nacionales de Energía, proponer su asignación, verificar su evolución y fiscalizar su recaudación, distribución y disposición.

4. Ejercer el contralor de utilización de los Fondos Nacionales de Energía, por parte de los beneficiarios, y analizar los antecedentes tendientes a su capitalización cuando así corresponda.

5. Realizar los estudios referentes a planes de créditos a provincias, cooperativas privadas y empresas, sociedades o entes del Estado, analizar las condiciones de concertación de dichos préstamos y fiscalizar su ejecución.

6. Intervenir en los aspectos relacionados con la cooperación económicas y comercial internacional, vinculada con el sector energético.

7. Coordinar sus actividades con la Dirección Nacional de Programación y Presupuesto de la Subsecretaría Técnica y de Administrativa, en los aspectos que sean de competencia del nivel del Ministerio.

DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION ENERGETICA

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en la evaluación determinación y sistematización de la información básica necesaria para conocer el comportamiento de la oferta y demanda de energía en el corto, mediano y largo plazo a fin de posibilitar la adecuada toma de decisiones de la Secretaría. ría.

FUNCIONES

1. Entender en lo relativo a información sobre infraestructura de combustibles –petróleo, gas, carbón– y el desarrollo de su explotación, producción industrialización, comercialización y actividades conexas

2. Entender en lo relativo a información sobre la infraestructura y explotación del servicio público y autoproducción de energía eléctrica.

3. Entender en la elaboración de informes periódicos sobre el estado de avance de obras en ejecución y proyectos transcendente que hacen a la concreción de los objetivos de las políticas trazadas en el área.

4. Entender en la elaboración anual del balance Energético y en el mantenimiento actualizado del inventario de recursos energético del país en forma global y regional;

5. Intervenir en estudios e investigaciones relativos a temas energéticos destinadas a cubrir necesidades de información requerida por organismos nacionales e internacionales.

6. Entender en la elaboración de resultados mensuales y anuales sobre el comportamiento del sector en y en la actualización de la información sobre asuntos pendientes con las jurisdicciones provinciales.

7. Entender en la administración del Banco de datos, la Sala de Situación y la Biblioteca del sector energético.

8. Entender en la vinculación con organismos nacionales e internacionales relacionados a la actividad energética con el propósito de coordinar intercambiar información y coordinar la participación de Congresos.

DIRECION DE CONTABILIDAD Y PERSONAL

(Unidad de Apoyo)

MISION

Entender en la gestión económico-financiera y patrimonial de la Secretaría de Energía y Subsecretaría de su jurisdicción en la ejecución y fiscalización de las políticas y normas vinculadas con la administración de los recursos humanos a fin de lograr una eficaz y económica prestación del servicio administrativo.

FUNCIONES

1. Entender en la contabilidad de ejecución del presupuesto y en los balances de comprobación y rendición de cuentas.

2. Asistir en la elaboración del proyecto de presupuesto anual de su competencia y participar en el análisis y planificación del financiamiento correspondiente.

3.. Entender en la liquidación de las erogaciones efectuadas en el área de su competencia.

4. Entender en la recepción y control de los fondos provenientes de la Tesorería General de la Nación y de los recursos de cuentas especailes y en el - movimiento de fondos del área de su competencia.

5. Entender en el movimiento de las compras y suministros o locaciones de bienes y servicios, en coordinación con la Unidad Sectorial de la Reforma Administrativa en los casos que corresponda.

6, Entender en el registro y control de los bienes patrimoniales del área.

7. Intervenir en el movimiento de ingresos y egresos de fondos y valores, ejecución de los actos de otorgamiento de préstamo y/o aportes con recursos de los Fondos Nacionales de Energía.

8. Realizar las entregas de fondos de la cuentas especiales administradas por la Secretaría de Energía, atendiendo a la disponibilidad de recursos.

9. Intervenir en la selección, icorporación y promoción, baja y control de personal.

10. Entender en la supervisión del mantenimiento y conservación de las dependencias de la jurisdicción.

11. Intervenir en la liberación de derechos de importación. reembolsos y devoluciones a proveedores de fabricación nacional y entes organismos, sociedades o empresas del sector energético.

12.Entender en la elaboración de los actos administrativos relacionados con las disposiciones contenidas en regímenes estatutarios, escalafonarios y normativos en el seguimiento de la ejecución de los mismos.

13. Asesorar en las actuaciones y/o proyectos en que sean de aplicación la legislación y las normas aplicables al personal de los organismos descentralizados y las empresas y sociedades del Estado vinculadas al área de la Secretaría y en los convenios colectivos de trabajo e intervenir en lo relativo al manejo de las relaciones laborales.

14. Atender y asesorar al personal acerca de sus obligaciones y derechos como agente público y en particular en los trámites de beneficios previsionales y sociales.

15. Entender en la aplicación de las normas legales vigentes para el Registro del Personal Civil de la Administración Pública Nacional en la jurisdicción.

16. Entender en los planes de capacitación de los agentes de la jurisdicción.

17. Coordinar sus actividades con las Direcciones Generales de Contabilidad y Servicios y y de Personal de la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa en los aspectos que sean de competencia del nivel del Ministerio.

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la programación y ejecución de la política nacional de combustibles a fin de lograr el racional y coordinado aprovechamiento de los mismos.

FUNCIONES

1. Intervenir en le elaboración y fiscalización del régimen de comercialización, de las políticas de precios y tarifas de las empresas y sociedades del Estado y de los servicios públicos de su área de competencia y participar en la elaboración de aquellas que corresponden a otras jurisdicciones.

2. Entender en los estudios tendientes al aprovechamiento racional y coordinado de todas las fuentes de combustibles.

3. Intervenir en la elaboración y entender en el cumplimiento del Plan de Conservación de la Energía y en la promoción y aprovechamiento de fuentes no convencionales de energía, en coordinación con la Subsecretaría de Energía Eléctrica.

4. Asesorar en la concertación de tratados y convenios internacionales relacionados con combustibles, su importación y exportación.

5. Asesorar en la instalación de industrias vinculadas con la explotación de combustibles como así también a las demás jurisdiccciones en lo que se relacione con su competencia

6. Intervenir en los estudios e investigaciones para la actualización de la legislación en materia de combustibles.

7. Asesorar en la orientación, coordinación y evaluación de las investigaciones científico-tecnológica en su área.

8. Entender en el ejercicio del poder de policía con relación a las empresas y sociedades del Estado cuyo objeto corresponde a su jurisdiccción y en la elaboración de la reglamentación referida dicho aspecto.

9. Intervenir en la elaboración del balance energético nacional y evaluar el comportamiento del sector.

10, Entender en la realización de los estudios para la determinación de políticas, planes y programas del sector, e coordinación con el nivel de planeamiento del Ministerio en los aspectos necesario que el sistema integrado de planeamiento lo requiera y en el control de ejecución de los mismos, elaborando la información de base necesaria para ello.

11. Entender en la propuesta del Plan de Inversión Pública de su jurisdicción en coordinación con el nivel del Ministerios, en los aspectos que sean de competencia del mismo

13.Intervenir en la elaboración de los planes de acción y presupuesto de las empresas y sociedades del Estado, organismos descentralizados, cuentas y fondos especiales de su jurisdicción, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica y entender en la propuesta y ejecución de aquellos que pertenecen a su área centralizada en coordinación con el nivel del Ministerio, en los aspectos que sean de competencia del mismo.

DIRECCION NACIONAL DE COMBUSTIBLES

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la regulación, fiscalización y desarrollo de las actividades relacionadas con los combustibles, comprendiendo todos los aspectos vinculados a la extracción, industrialización, comercialización y transporte, en coordinación con la Dirección Nacional de Políticas y programación de los Combustibles a fin de establecer las bases de las políticas y acciones en los temas de su competencia.

FUNCIONES

1. Entender en la aplicación de la legislación en materia de hidrocarburos y otros combustibles.

2. Entender en las acciones tendientes a promover y fiscalizar la exploración, explotación, refinación, transporte y comercialización de los combustibles y sus derivados.

3. Entender en la fiscalización de los cupos de importación y exportación de combustibles y participar en la elaboración de los regímenes compensatorios en coordinación con los demás organismos competentes.

4. Intervenir en la fiscalización del desarrollo de la red de distribución de gas natural y determinar pautas respecto de bocas de expendio y de comercialización de diferentes combustibles, y participar en la determinación de las normas de calidad.

5. Intervenir en los estudios tendientes a la fijación de precios y retenciones del sector combustibles y petroquímica y recomendar su puesta en vigencia.

6. Entender en las inspecciones destinadas a verificar el cumplimiento de las normas aplicables en materia de seguridad, para evitar los daños que provengan de su incumplimiento.

7. Participar en la fijación de los montos de las regalías y en el de las indemnizaciones y servidumbres a. superficiarios.

8. Proponer el otorgamiento de. permisos para reconocimiento superficial, exploración y eventual explotación de áreas.

9. Intervenir en los análisis, estudios, relevamientos y prospección que contribuyan al aprovechamiento racional y coordinados de todas las fuentes de combustibles convencionales, en sus aspectos sectoriales y regionales y en las relaciones entre los distintos sectores estatales y priva dos, controlando la continuidad y cumplimiento de los planes y pro gramas compatibilizando su realización, en coordinación con la Dirección Nacional, de Políticas y Programación de los Combustibles.

10. Intervenir en coordinación con las Direcciones Nacionales de Energía Eléctrica y de Conservación y Nuevas Fuentes de Energía, en- la elaboración y proposición de normas e instrumentos legales para la utilización racional de la energía por parte de los sectores públicos, nacionales, provinciales y comunales, privados y de la comunidad en general.

DIRECCION NACIONAL DE CONSERVACION Y NUEVAS FUENTES DE ENERGIA

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la ejecución del plan nacional para la conservación de los re cursos energéticos y para el desarrollo de fuentes de energía no convencionales y en los estudios previos para la selección y desarrollo de políticas destinadas a ello en coordinación con las Direcciones Nacionales de Políticas y Programación de los Combustibles y de la Energía Eléctrica a fin de establecer las bases de las políticas y acciones en el área de su competencia.

FUNCIONES

1. Intervenir en coordinación con las Direcciones Nacionales de Combustibles y de la Energía Eléctrica en la elaboración y proposición de normas e instrumentos legales pera la utilización racional de la energía por parte de los sectores públicos, nacionales, provinciales, privados y de la comunidad en general.

2. Intervenir en la formulación y preparación de planes nacionales de educación en conservación de la energía, dirigido a los diversos sectores de la comunidad en coordinación con los organismos competentes.

3. Entender en la investigación, y desarrollo y la propuesta de aplicación de nuevas tecnologías o cambios en tos procesos de los sectores industriales y del transporte tendientes a lograr una efectiva economía de la energía, en coordinación con los organismos competentes.

4. Entender en la investigación y desarrollo tendiente a reemplazar las fuentes de energía no renovables por formas no convencionales de energía, en especial las de origen renovables.

5. Asesorar en la estructuración de los precios de los combustibles atendiendo a las políticas de conservación de la energía y a las prioridades de su uso

6. Proponer los programas de aprovechamiento de la energía geotérmica y promover su utilización.

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS Y PROGRAMACION DE LOS COMBUSTIBLES-

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en los estudios para la elaboración de la Política Nacional de Combustibles y en su programación y control a fin de mantener un aprovechamiento acorde con la demanda de crecimiento del sector

FUNCIONES

1. Asistir en la elaboración del Plan de Inversión Pública, que determine el Poder Ejecutivo Nacional a través del Sistema Nacional de Planeamiento y entender en el seguimiento y control de los planes y programas aplicables y de gestión de los organismos del sector; informar sistemáticamente sobre los resultados obtenidos y proponer oportunamente las medidas correctivas.

2. Intervenir en el estudio y elaboración de proyectos de legislación y normas en materia de los Combustibles.

3. Intervenir en los estudios referidos a la elaboración, proposición y ejecución de los planes de acción y presupuesto de las empresas, y sociedades del Estado de la jurisdicción y entes u organismos del sector combustibles.

4. Intervenir en los programas. y proyectos de asistencia financiera, técnica y de cooperación nacional e internacional vinculada con el área.

5. Participar en el estudio y elaboración de programas para la investigación científico y tecnológica y en la determinación del régimen de promoción de las industrias afines al sector.

6: Entender en el estudio y proposición de normas reglamentarias y de fiscalización del ejercicio de las profesiones vinculadas a las áreas del sector.

7. Entender en los estudios de merca do del sector combustibles, tendientes a determinar la proyección de la demanda y participar en la recopilación de la información y en la fijación de pautas para la determinación de los niveles de precios y tarifas.

8. Entender en los análisis y estudios vinculados con. la proyección de la oferta del sector y proponer la mejor utilización del parque de plantas para- producción de combustibles.

9. Entender en los análisis y estudios de la selección óptima de las fuentes de energía para combustibles y proponer su aprovechamiento racional y coordinado.

10. Entender en el análisis de la de manda de posibles fuentes no convencionales de energía.

11. Coordinar sus actividades con la Dirección Nacional de Programación y Presupuesto de la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa, en los aspectos necesarios que el sistema integrado de planeamiento global lo requiera.

SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la programación y ejecución de la política nacional, de energía eléctrica, a fin de lograr el eficiente aprovechamiento de dicho recurso energético.

FUNCIONES

1. Intervenir en la elaboración de las políticas de tarifas de las empresas y sociedades del Estado y de los servicios públicos de su área de competencia y participar en la elaboración de aquéllas que correspondan a otras jurisdicciones.

2. Entender en los estudios tendientes al aprovechamiento racional y coordinado de todas las fuentes de energía

3. Asesorar en la concertación de tratados y convenios internacionales relacionadas con energía, su importación y exportación en los aspectos de su área de competencia.

4. Asesorar en la instalación de industrias vinculadas con la explotación de fuentes de energía eléctrica, como así también a las demás jurisdicciones en lo que respecta a su competencia.

5. Intervenir en la formulación de la legislación y entender en la fiscalización del régimen de los servicios públicos de energía eléctrica.

6. Intervenir en las decisiones que los representantes argentinos propongan a los Entes Energéticos Binacionales.

7. Asesorar en la orientación, coordinación y evaluación de las investigaciones científicas y tecnológicas en en área.

8. Entender en el ejercicio del poder de policía con relación a las empresas y sociedades del Estado cuyo objeto corresponde a su jurisdicción y en la elaboración de la reglamentación referida a dicho aspecto.

9. Entender en la elaboración de los estudios para la determinación de políticas, planes y programas del sector, en coordinación con el nivel de planeamiento del Ministerio, en los aspectos necesarios que el sistema integrado de planeamiento lo requiera y en el control de ejecución de los mismos, elaborando la información de base necesaria para ello.

10. Entender en la propuesta del Plan de Inversión Pública de su jurisdicción, en coordinación con el nivel del Ministerio, en los aspectos que sean de competencia del mismo.

11. Intervenir en la elaboración de los planes de acción y presupuesto de las empresas y sociedades del Estado, organismos descentralizados, cuentas y fondos especiales de su jurisdicción, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica y entender en la propuesta y ejecución de aquellos que pertenezcan a su área centralizada, en coordinación con el nivel del Ministerio, en los aspectos que sean de competencia del mismo.

DIRECCION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en el análisis, ejecución y fiscalización de la política en materia de energía eléctrica, en sus aspectos de generación, transmisión y distribución, a fin de lograr la prestación eficiente del servicio en su sector.

FUNCIONES

1. Ejercer el control del Despacho Unificado de Cargas y demás despachos a implementarse en el Sistema Interconectado Nacional.

2. -Entender en las inspecciones, técnicas relacionadas con la explotación de los servicios y sistemas eléctricos y proponer las normas técnicas y reglamentarias en la jurisdicción nacional

3. Entender en el aspecto técnico de los proyectos referentes a la construcción, conservación y reemplazo de las obras y equipos destinados a los servicios y sistemas eléctricos de jurisdicción nacional en base a la establecido en los planes y programas elaborados por la Subsecretaría de Energía Eléctrica.

4. Entender en las reclamaciones de los usuarios por deficiencias técnicas de los servicios eléctricos prestados por las empresas de jurisdicción nacional y proponer las sanciones correspondientes.

5. Entender en la evolución y en el control de los proyectes de obras de electrificación realizadas con aportes y préstamos del Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del Interior.

6. Entender en los estudios referentes a la estructuración de tarifas eléctricas de acuerdo a las pautas establecidas,

7. Proponer la fijación de los valores económicos del intercambio de potencia de energía en el Despacho Unificado de Cargas y demás despachos a implementar en el Sistema Interconectado Nacional.

8. Entender en la tramitación de las solicitudes referentes a las franjas de seguridad de las líneas de transporte de energía de alta tensión y aro poner su aprobación de acuerdo a la Ley de Electroductos.

9, Intervenir en coordinación con las Direcciones Nacionales de Combustibles y de Conservación y Nuevas Fuentes de Energía, en la elaboración y proposición de normas e instrumentos legales para la utilización racional de la energía por parte de los sectores públicos, nacionales, provinciales y comunales, privados y de la comunidad en general.

DIRECCIÓN NACIONAL DE POLITICAS Y PROGRAMACION DE LA ENERGIA ELECTRICA

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en los estudios para la elaboración de la política Nacional de Energía Eléctrica y en su programación y control a fin de proveer el potencial eléctrico requerido por el crecimiento de la demanda.

FUNCIONES

1. Asistir en la elaboración del Plan de Inversión Pública, que determine el Poder Ejecutivo Nacional a través del Sistema Nacional de Planeamiento y entender en el seguimiento y control de los planes y programas aprobados y de gestión de los organismos del sector; informar sistemáticamente sobre los resultados obtenidos y proponer oportunamente las medidas correctivas.

2. Intervenir en el estudio y elaboración - de proyectos de legislación y normas en materia de energía eléctrica.

3. Intervenir en los estudios referidos a la elaboración; proposición y de ejecución de los planes de acción presupuesto de las empresas y sociedades del Estado de la jurisdicción y entes y organismos del sector eléctrico.

4- Intervenir en los programas y proyectos de asistencia financiera, técnica y de cooperación nacional e internacional vinculada con el área.

5. Participar en el estudio y elaboración de programas para la integración científica y tecnológica y en 1a determinación del régimen de promoción de las industrias afines al sector.

6. Entender en el estudio y proposición de normas reglamentarias y de fiscalización del ejercicio de las profesiones vinculadas a les áreas de sector.

7. Entender en los estudios de mercado del Sector Eléctrico tendientes a determinar la proyección de le de manda y participar en la recopilación d la información y en la fijación de pautas para la determinación de los niveles de precios y tarifas.

8. Entender en los análisis y estudios de los programas de selección óptima de equipamiento de generación y transmisión del Sistema Eléctrico Nacional y Regional, y en la determinación del nivel de- inversiones financiamiento de dichos programas

9. Entender en el inventario de recursos convencionales e intervenir en inventario de los no convencionales destinados a la producción de energía eléctrica, en coordinación con Dirección Nacional de Conservación y Nuevas Fuentes de Energía.

10. Intervenir en la coordinación, seguimiento y control interjurisdiccional correspondiente a los programas de estudios y obras incluidos en los planes de acción.

11. Coordinar sus actividades con la Dirección Nacional de Programación Presupuesto de la Subsecretaria Técnica, y de Coordinación Administrativa, en los aspectos necesarios que el sistema integrado de planeamiento global lo requiera.

SECRETARIA DE SERVICIOS PUBLICOS

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la, elaboración y control de la política nacional en materia de transporte y recursos hídricos, y en 1a coordinación de los planes y programas del sector, a fin de posibilitar la determinación de las políticas, objetivos y estrategias correspondientes.

FUNCIONES

1. Entender en el análisis y proposición de las políticas, planes y programas del sector, en coordinación con el nivel de planeamiento del Ministerio y efectuar el control de ejecución de los mismos,

2. Intervenir en la fijación de las políticas de tarifas y precios de los servicios públicos de su área de competencia.

3. Entender en la coordinación y proposición de los planes de acción presupuesto de las empresas y sociedades del Estado, organismos descentralizados, cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, y del Plan de Inversión Pública de su jurisdicción y fiscalizar su ejecución.

4. Entender en la promoción, reglamentación y establecimiento de regímenes de autorización, funcionamiento y utilización de los servicios públicos y recursos de su área de competencia.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la programación y ejecución de la política nacional de transporte, a fin de lograr la integración y coordinación del sistema y asegurar su efectividad y eficiencia.

1. Entender en la realización de los estudios para la determinación política, planes y programas del sector, en coordinación con el nivel de planeamiento del Ministerio, y el control de ejecución de los mismos, elaborando la información de base necesaria para ello.

2. Entender en la propuesta del Plan de Inversión Pública de su jurisdicción, en coordinación con la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa.

3. Intervenir en la elaboración de los planes de acción y presupuesto de las empresas y sociedades del Estado, organismos descentralizados, cuentas y fondos especiales de su jurisdicción, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica y entender en la propuesta y ejecución de aquellos que pertenezcan a su área descentralizada, en coordinación con la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa

4. Intervenir en la elaboración de las políticas de tarifas de las empresas y sociedades del estado y de los servicios públicos de su área de competencia y participar en la elaboración de aquellas que correspondan a otras jurisdicciones.

5. Entender en la regulación, y supervisión, fomento y desarrollo técnico-económico de los modos de transportes terrestres.

6. Intervenir en la regulación y entender en la coordinación del sistema de transporte y del Centro de Cómputo del área

7. Entender en los estudios e investigaciones pera la actualización de la legislación en materia de transporte tránsito y seguridad, vial.

8. Intervenir en todo lo racionado con el transporte internacional.

9. Entender en la coordinación de los programas y accionas para la prevención de accidentes de tránsito.

10. Intervenir en la asignación anual de los Fondo Especiales de su jurisdicción.

11. Entender en el dictado o proposición, según corresponda, de normas relacionadas con el área de su competencia y en su actualización.

12. Intervenir en todo lo relacionado con los asuntos de defensa inherentes a los servicios públicos de su área de su competencia.

DIRECCION DE -DEFENSA NACIONAL

(Unida de Apoyo)

MISION:

Entender en todo lo relacionado en Materia de Defensa Nacional y orientar, coordinar y controlar las previsiones correspondientes dentro del ámbito de responsabilidad de la Subsecretaria de importe y en el cumplimiento de las directivas emanadas del Ministerio de Defensa.

FUNCIONES

1 Entender en la planificación técnico-operativa. de los servicios de transporte para casos de movilización que demanden las Fuerzas Armadas para el cumplimiento de sus funciones específicas y en la planificación y programación de los servicios de transporte indispensables para la atención y el mantenimiento del Frente Interno.

2. Entender en. la planificación y programación técnico-operativa de los servicios de transporte que soliciten el Ministerio de Defensa, las Fuerzas Armados y de Seguridad durante la paz y gestionar directamente su otorgamiento ante las- empresas y organismos de la jurisdicción, supervisando su ejecución.

3. Intervenir en la determinación del potencial humano, materiales y medios afectados al sector.

4. Orientar coordinar y efectuar el seguimiento de las previsiones y tareas que realicen los organismos de Defensa Nacional de las empresas y organismos dependientes del sector.

5. Proyectar las directivas e instrucciones relacionadas con los planes de movilización del Servicio Civil de Defensa y otros que puedan disponerse para el sector en los casos de guerra y/o emergencia, y controlar su ejecución.

6. Mantener el enlace con las Fuerzas Armadas en todo lo relacionado con el sector.

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la regulación supervisión, fomento y desarrollo técnico-económico de los modos de transporte terrestre de carácter nacional e internacional de su área de competencia, de acuerdo con las políticas, planes y programas establecidos para el sector a fin de asegurar su efectividad y eficiencia.

1. Entender en la determinación de las necesidades de servicios de transporte terrestre e intervenir en el otorgamiento de permisos y concesiones para su realización y las modificaciones de los mismos.

2. Entender en la homologación y fiscalización del régimen tarifario del área de su competencia.

3. Entender en la emisión y fiscalización del pago de la Tasa Nacional de fiscalización del Transporte, proponer sus escalas de importes y fechas de vencimiento e intervenir en la asignación anual del Fondo Anual del Transporte.

4. Intervenir en el estudio y elaboración de la legislación y normas aplicables al transporte de su área de competencia. en los aspectos operativos y proponer los proyectos de modificación.

5. Intervenir en el estudio de las medidas relacionadas con el régimen laboral en los servicios públicos de su área de su competencia y asesorar en la materia a los organismos específicos de los Ministerios de Trabajo y de Economía.

6. Entender como organismo de Aplicación del Convenio de Transporte Internacional Terrestre de conformidad con la legislación vigente.

7. Participar en la elaboración y ejecución de los instrumentos legales de carácter internacional que el Estado Nacional suscriba en materia de regulación y control de transporte de su competencia.

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS Y PROGRAMACION DEL TRANSPORTE

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en los estudios para la elaboración de la Política Nacional de Transporte y en su programación y control, a fin de lograr la integración y coordinación del sistema.

FUNCIONES

1. Coordinar sus actividades con la Dirección Nacional de Programación y Presupuesto de la Subsecretaria Técnica y de Coordinación Administrativa.

2. Asistir en la elaboración del Plan de Inversión Pública que determine el Poder Ejecutivo Nacional a través del Sistema Nacional de Planeamiento y entender en el seguimiento y control de los planes y programas aprobados y de gestión de los organismos del sector, informar sistemáticamente sobre los resultados obtenidos y proponer las medidas correctivas oportunas.

3. Intervenir en el estudio y elaboración de proyectos establecimiento y actualización de legislación y normas vinculadas al sistema de transporte.

4. Entender en los estudios referidos a la elaboración, proposición y ejecución de los planes de acción y presupuestos de las empresas y sociedades del Estado de la Jurisdicción y en el análisis de la información emergente de los estados contables de las mismas.

5. Intervenir en los programas y proyectos de asistencia financiera, técnica y de cooperación, nacional e internacional vinculado, con el transporte.

6. Participar en el estudio y elaboración de programa s para la investigación científica y tecnológica y en la determinación del régimen de promoción de las industrias afines al sector.

7. Intervenir en la coordinación y la regulación de los sistemas de transporte y del transporte multlimoral.

8. Intervenir en la elaboración de los proyectos de políticas y planes sectoriales y en las gestiones destinadas a su coordinación intersectorial y extrasectorial.

9. Intervenir en el análisis, estudio y elaboración de la política tarifaria del sector transporte y entender en los estudios necesarios para la fijación de los niveles tarifarios de los modos de transporte del área de su competencia.

10. Entender en el estudio, análisis y proposición de soluciones integrales de los problemas de transporte en zonas urbanas.

11- Efectuar la proyección anual del Fondo Especial de su jurisdicción verificar su evolución y coordinar su asignación anual.

12. Efectuar estudios referentes a los planes de medio y largo plazo de asignación de recursos de los Fondos Especiales de la Subsecretaría, fiscalizar su ejecución y asistir en su administración y distribución.

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la Fragmentación ejecución de lo política hídrica nacional y en la coordinación de las actividades relativas al agua que realicen otros organismos a fin de proveer al mejor conocimiento, uso y preservación del recurso hídrico.

FUNCIONES

1. Entender en la realización de los estudios para la determinación de políticas planes y programas del sector, en coordinación con el nivel de planeamiento del Ministerio y en el control de ejecución de los mismos elaborando la información de base necesaria para ello.

2. Entender en la propuesta del plan de Inversión Pública de su jurisdicción, en coordinación con 1a Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa.

3. Intervenir en la elaboración de los planes de acción y presupuestos de las empresas y sociedades del Estado, organismos descentralizados, cuentas y fondos especiales de su jurisdicción, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica y entender en la propuesta y ejecución de aquellos que pertenezcan a su área centralizada, en coordinación con la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa.

4. Intervenir en la elaboración de las políticas de tarifas de las empresas y sociedades del Estado y de los servicios públicos de su área de competencia y participar en la elaboración de aquéllas que correspondan a otras jurisdicciones

5 Entender en el ejercicio de la jurisdicción nacional sobre los recursos hídricos.

6. Entender en la coordinación jurídico-institucional de los organismos, funciones y actividades que concurren al aprovechamiento racional e integral de los recursos hídricos.

7. Entender en estudios, investigaciones y promoción de la en materia de recursos hídricos.

8. Entender en la elaboración de las políticas sobre cuencas hídricas interprovinciales e intervenir en la elaboración y ejecución de la política exterior sobre recursos hídricos compartidos.

9. Entender en el conocimiento metódico y sistemático del medio hídrico nacional.

10. Asesorar en la programación, promoción y ejecución de actividades científicas y tecnológicas en materia hídrica, en coordinación con los demás organismos responsables.

11. Entender en la formación de la conciencia hídrica nacional y promover la formación, capacitación y adiestramiento del personal directivo, científico y técnico.

12. Entender en la programación y compatibilización de las políticas de aprovechamiento con propósitos humanitarios, múltiples o variables, de las aguas continentales e insulares, coordinando la acción con los demás organismos responsables, e intervenir en la elaboración y ejecución de las políticas de utilización de los recursos hídricos para fines de navegación. energético, industriales, agropecuarios, recreativos o de otros usos especiales.

13. Entender en la elaboración y control de la ejecución de los planes nacionales de riego.

14. Entender en la elaboración y control de la ejecución de los planes de saneamiento hídrico básico y en la construcción. administración y prestación de las obras y servicios en jurisdicción nacional, del área de competencia de la Subsecretaria.

15. Entender en la programación y compatibilización de políticas de preservación de las aguas continentales e insulares, en la formulación de normas de calidad de agua según sus usos posibles, e intervenir en la elaboración de las políticas de preservación del medio ambiente.

16. Entender en la adopción de medidas para la. defensa, de cursos de agua, lagos, lagunas y embalses, de sus márgenes y planicies adyacentes contra inundaciones, aluviones. erosión de origen hídrico, y para el avenamiento y desague de zonas anegadas e insalubres.

17. Participar en las relaciones con los organismos internacionales específicos de su competencia.

18. Participar en la organización y promoción de cursos, conferencias, congresos y toda clase de reuniones nacionales e internacionales donde se traten temas relacionados con el recurso hídrico, en coordinación con la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa, en los casos de carácter internacional.

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS Y PROGRAMACION DE RECURSOS HIDRICOS

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en los estudios necesarios para la elaboración de la Política Nacional sobre el conocimiento, uso y preservación de - las aguas continentales e insulares y en su programación y control, a fin de lograr un aprovechamiento integral y. coordinado de tales recursos hídricos.

FUNCIONES

1. Coordinar sus actividades con la Dirección Nacional de Programación y Presupuesto de la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa.

2. Asistir en la elaboración del Plan de Inversión Pública, que determine el Poder Ejecutivo Nacional a través del Sistema nacional de Planeamiento y entender en el seguimiento y control de los planes y programas aprobados y de gestión de los organismos del sector; informar sistemáticamente sobre los resultados obtenidos y proponer las medidas correctivas oportunas.

3. Entender en los estudios referidos a la elaboración , proposisción y ejecución de los planes de acción y presupuesto de las emrpesas, sociedades del Estado y organismos del sector.

4. Intervenir en los programas y proyectos de asistencia financiera, técnica y de cooperación nacional e internacional vinculada con el área.

5. Participar en el estudio y elaboración de programas para la investigación científica tecnológica y en la determinación del régimen de promoción promoción de las industrias afines al sector.

6. Entender en el estudio y proposición de normas reglamentarias y de fiscalización del ejercicio de , las profesiones vinculadas a las áreas del sector.

7. Entender en la elaboración de la política para el conocimiento científico metódico y sistemático del medio hídrico y en la elaboración de normas para ordenar la adquisición, publicación y archivo de datos.

8. Entender en las propuestas para la determinación de las cuencas hídricas y en la definición de la red hidrólógica nacional, publicando sus resultados e intervenir en la definición del régimen hidrológico natural de los ríos interprovinciales o compartidos con otros países.

9. Entender en los estudios para la elaboración de políticas de aprovechamiento de los recursos hídricos con propósitos unitarios, múltiples variables, coordinando la acción con los demás organismos responsables e intervenir en la programación y control de los planes de utilización para fines de navegación, energéticos, industriales, agropecuarios, recreativos o de otros usos especiales.

10. Entender en la elaboración y control de los programas nacionales de riego y de saneamiento hídrico básico.

11. Entender en las propuestas para la formulación de normas de seguridad para obras hidráulicas, en la supervisión de su aplicación y en la colaboración y actualización del inventario de estudios y proyectos de tales obras.

12. Entender en los estudios para la programación de políticas de preservación de las aguas continentales e insulares y en la formulación de normas de calidad de agua según sus usos posibles.

13. Intervenir en la elaboración de los proyectos de políticas y planes sectoriales y en los destinados a su coordinación intersectorial y extrasectorial.

14. Intervenir en el análisis estudio y elaboración de la política tarifaria del sector y entender en. los estudios necessrios para la fijación de los niveles tarifarios.

15. Efectuar estudios referentes a los planes de mediano y largo plazo de asignación de recursos de los Fondos Especiales de la- Subsecretaria, fiscalizar su ejecución y asistir en su administración y distribución.

DIRECCION NACIONAL DE ASUSNTOS HIDRICOS INSTITUCIONALES

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la coordinación jurídico institucional de los organismos, funciones y actividades relativas al agua, a fin de lograr el uso racional y la preservación de los recursos hídricos.

FUNCIONES

1. Entender en los aspectos jurídicos e institucionales relativos a. la coordinación de las politices, programas y actividades de materia hídrica.

2. Entender en la propuesta para la creación, promoción y asistencia de organismos sectoriales de coordinación en materia de recursos hídricos.

3. Entender en estudios e investigaciones de legislación en materia de recursos hídricos.

4. Intervenir en la aplicación de la legislación del agua de competencia federal y propiciar la adopción o modificación de los regímenes legales correspondientes.

5. Entender en la elaboración y proposición de normas jurídicas y administrativas tendientes al uso racional y la preservación de los recursos hídricos.

6. Entender en la preparación de la :documentación y actos protocolares para la concertación de convenios relativos al conocimientos uso y preservación del recurso hídrico en ámbito federal e intervenir en aquellos que se refieren a recursos hídricos compartidos con otros países

7. Entender en la promoción y supervisión de programas de desarrollo por cuencas y por regiones, propiciando la creación de organismos interjurisdiccionales

8. Intervenir en la elaboración de los proyectos de políticas y planes regionales y de Arcas y Zonas de Fronteras.

9. Entender en los estudios y actividades tendientes a la formación de la conciencia hídrica nacional.

10. Participar en la promoción y organización de cursos, conferencias y toda clase de reuniones nacionales e internacionales donde se traten temas relacionados con el agua, en coordinación con la Dirección Nacional de Programación y Presupuesto de la Subsecretaria Técnica y de Coordinación Administrativa, en los casos de carácter internacional.

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la elaboración, programación ejecución y control de 1a política nacional en materia de obras públicas y en la coordinación de los planes y programas del sector; a fin de posibilitar la determinación de las políticas objetivos y estrategias correspondientes.

FUNCIONES

1. Entender en el análisis y proposición de las políticas, planes y programas del sector, en coordinación con el nivel de Planeamiento del Ministerio y- efectuar el control de ejecución de los mismos.

2. Intervenir en la fijación de las políticas de tarifas de los servicios de su creación de competencia.

3. Entender en la coordinación y proposición de los planes de acción y presupuesto de las empresas y Sociedades del Estado, organismos descentralizados, cuentas y fondos especia les, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica y del Plan de Inversión Pública de su jurisdicción y fiscalizar su ejecución.

4. Entender en los estudios e Investigaciones para actualización de la legislación en materia de obras públicas y sus normas conexas y de consultoría.

5- Entender con la propuesta de normas, relacionadas con la contratación de estudios, proyectos, construcción y conservación de obras públicas nacionales.

6. Entender en la contratación, construcción y conservación de obras públicas arquitectónicas y en la restauración y conservación de museos, monumentos y lugares históricos.

7. Entender en la contratación, construcción y modificación de silos y elevadores de granos de conformidad con las políticas y planes aprobados al respecto.

8. Entender en la ejecución de la política nacional de obras viales correspondiente al Gobierno. Nacional, interviniendo en la formulación de la política vial en concordancia con las metas de ordenamiento territorial

9. Entender en la elaboración y ejecución de la política nacional de prevención sísmica y en la promoción y coordinación de los estudios e investigaciones en materia de sismología e ingeniería sismoresistente.

10. Entender en todo lo relacionado con tasaciones de inmuebles requeridos por organismos del Gobierno Nacional la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y los Tribunales de Justicia del fuero nacional.

11. Entender en la organización y dirección del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas y del Registro Nacional de Firmas Consultoras.

12. Entender en la propuesta de la legislación y reglamentación de los sistemas de reajuste del costo de las obras de trabajos públicos, contratos de consultoría o saldos de deudas a cargo de la Administración Nacional y entender en su fiscalización.

13. Atender y evaluar los requerimientos sobre electrificación rural y regadío, en la medida que se relacionen con la ejecución de obras públicas, en coordinación con los demás organismos competentes.

14. Participar en las reuniones y negociaciones internacionales, en los aspectos de su competencia, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

15. Intervenir en. la elaboración, ejecución y fiscalización del régimen de localización, regionalización y radicación de establecimientos industriales en el área de su competencia acorde con la política nacional de ordenamiento territorial.

16. Intervenir en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y demás actividades tendientes a demostrar la importancia que para el desarrollo económico del país tienen las obras públicas.

17. Entender en la ejecución, en los aspectos de su competencia, de las políticas aprobadas para el desarrollo de las áreas y zonas de fronteras.

18. Entender en la promoción; reglamentación y establecimiento de normas relacionadas con la legislación en materia de Obras Públicas y disposiciones conexas.

19, Entender en las relaciones con organismos públicos nacionales, provinciales o municipales y con entidades privadas vinculados con obras públicas de su área de competencia.

REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES OBRAS PUBLICAS

(Unidad - Sustantiva)

MISION

Entender en la inscripción de las empresas constructoras que deseen desarrollar cualquiera de- las actividades mencionadas en la Ley de Obras Públicas y contratar obras o trabajos con la Administración Pública a fin de garantizar la solvencia técnica y económica de los inscriptos para la eficiente ejecución da las obras públicas.

FUNCIONES.

1. Entender en la proposición o dictado de las normas que permitan establecer la calificación y la capacidad económico-financiera y de ejecución de obras de las empresas oonstructora.

2. Entender en la aprobación de las inscripciones- y en la asignación de capacidades de ejecución de obras, inscriptos por la capacidad asignada

3. Resolver las reclamaciones de, los inscriptos por la capacidad asignada en materia de ejecución de obras.

4. Aplicar o proponer sanciones a los inscriptos por incumplimiento de obligaciones contractuales contraidas con la Administración Pública.

5. Fijar el monto máximo de la capacidad de contratación, hasta el cual no es requisito estar Inscripto.

6. Convocar a elecciones de miembros del Consejo del Registro.

7. Proponer la modificación o adecuación del Reglamento del Registro que considere conveniente y oportuna.

REGISTRO NACIONAL-DE FIRMAS CONSULTORAS

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la inscripción de las firmas consultoras y de los consultores que deseen desarrollar cual la actividades mencionadas en la Ley de Consultoría y contratar servicios con la Administración Pública a fin de garantizar la solvencia técnica y profesional de los inscriptos para el eficiente cumplimiento de los contratos de consultoría.

FUNCIONES

1. Entender en la proposición o dictado de normas que permitan establecer la calificación y la capacidad resultante de los antecedentes de las firmas y de los consultores.

2. Entender en la aprobación de, las inscripciones y en la asignación de capacidades de contratación.

3. Resolver las reclamaciones de los inscriptos por la habilitación acordada para actuar en el área de consultoría-

4. Aplicar o proponer sanciones a los inscriptos por incumplimiento de sus obligaciones contractuales contraídas con la Administración Pública.

5. Convocar a elecciones de miembros del Consejo del Registro.

6. Proponer la modificación o adecuación al Reglamento del Registro que considere conveniente y oportuna.

TRIBUNAL ARBITRAL DE OBRAS PUBLICAS

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender, come árbitro en única y definitiva instancia, en las cuestiones que se susciten entre el Estado y sus contratistas por reconocimiento de las apelaciones de costo de los contratos de obras públicas y de los de consultoría, regulados por la legislación respectiva a fin de asegurar la equidad en las decisiones que se adopten.

1. Entender en la conducción del proceso arbitral, emitiendo el fallo definitivo que resuelva la litis planteada. -

2. Entender en las apelaciones concedidas a los contratistas por los organismos estatales y en los recursos de hecho que le sean sometidos directamente por los contratistas, concediéndolos o denegándolos.

3. Fijar el procedimiento a que se ajustará la solución de los casos especiales que no encuadren en el marco de la reglamentación, de la legislación y reglamento vigentes y proponer las modificaciones a las mismas cuando se estimen convenientes.

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS y FROGRAMACION DE OBRAS PUBLICAS

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en los estudios para la elaboración de la Política Nacional de Obras Públicas y en su programación y control, a fin de coadyuvar a la eficiencia de la gestión de la Secretaría.

FUNCIONES

1. Coordinar sus actividades con la Dirección Nacional de Programación y Presupuesto, de la Subsecretaría Técnica y de Coordinación Administrativa.

2. Asistir en la elaboración del Plan de Inversión Pública, que determine el Poder Ejecutivo Nacional a través del Sistema Nacional de Planeamiento y entender en el seguimiento y control de los planes y programas probados y de gestión, de los organismos del sector; informar sistemáticamente sobre los resultados, obtenidos y proponer las medidas correctivas oportunas.

3. Intervenir en el estudio y elaboración de establecimiento ,y actualización de la legislación y normas en materia de obras públicas, de Consultoría y de los Sistemas de reajuste de costo de obras, trabajos públicos o de saldos de- deudas -a cargo de la Administración Nacional.

4. Entender en los estudios referidos a la elaboración, proposición y ejecución de los planes de acción y presupuesto de los organismos descentralizados de su jurisdicción.

5. Intervenir en los programas y proyectos de asistencia financiera, técnica y de cooperación nacional e internacional vinculada con el área.

6. Participar en el estudio y elaboración de programas para la investigación científica y tecnológica y en la determinación del régimen de promoción de las industrias afines al sector.

7. Entender en el estudio y proposición de normas reglamentarias y de fiscalización del ejercicio de las profesiones vinculadas a las áreas .del sector.

8. Intervenir en la formulación de normas y participar en el otorgamiento y control de obras por el Sistema de Concesión de Obras Públicas.

9. Entender en el estudio y proposición de normas para la fiscalización de los materiales a utilizar en la construcción de obras públicas nacionales de ingeniería y arquitectura para garantizar su seguridad.

10. Intervenir en el análisis, estudio y elaboración de la política tarifaria del sector.

11. Asistir en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y demás actividades tendientes a demostrar la importancia que para el desarrollo económico del país tienen las Obras Públicas.

12. Participar en la elaboración y en el control de ejecución de la política nacional en materia de prevención sísmica

13. Participar en el dictado de normas relacionadas con la contratación de estudios proyectos, construcción y conservación de obras públicas nacionales.

14. Participar en la ejecución, en el área de la Secretaria, de las políticas aprobadas para el desarrollo de las áreas y zonas de fronteras.

15. Participar en la elaboración de la política nacional de obras viales correspondientes al Gobierno Nacional y entender en el control de su ejecución.

SERVICIO NACIONAL DE ARQUITECTURA

(Unidad Sustantiva)

MISION

Entender en la realización de obras públicas nacionales de carácter arquitectónico, de almacenamiento de granos y de las destinadas a instalar una infraestructura de naturaleza técnica dentro del campo de la ingeniería relacionada con dichas obras, a fin de satisfacer los requerimientos de los comitentes estatales.

FUNCIONES

1. Entender en el proyecto ejecución, dirección e inspección de todas las normas arquitectónicas de planta nueva y las modificaciones de edificios fiscales que alteran su valor patrimonial, encuadradas en la Ley de Obras Públicas, excluidas las de carácter militar, las declaradas secretas por razones de seguridad nacional de las universidades nacionales, las empresas, sociedades, corporaciones e institutos del Estado cual sea su figura jurídica cuando se rijan por sus propios estatutos, las entidades bancarias del sistema oficial y las de mantenimiento y conservación permanente de inmuebles fiscales que estén a cargo de los usuarios.

2. Entender en cuanto no sea aplicable el principio de subsidiariedad del Estado, en el proyecto, ejecución dirección e inspección de los elevadores de granos y silos en general, de conformidad con las políticas establecidas al respecto.

3. Entender, en cuanto no sea aplicable el principio de subsidiariedad del Estado, en las modificaciones, ampliaciones y modernización de lo elevadores de granos existentes, de sus instalaciones e infraestructura que alteren su valor patrimonial. excluyendo las obras del sistema de transporte ferroviario de competencia de Ferrocarriles Argentinos.

5. Intervenir en la celebración de convenios de asistencia técnica o de construcciones arquitectónicas con el resto de los entes nacionales, provinciales y municipales.

6. Proponer el dictado de normas relativas a la obra pública arquitectónica y a la construcción de instalaciones para ci almacenamiento de granos.

7. Cumplir y hacer cumplir los objetivos Básicos y el Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, la Constitución Nacional en tanto no se oponga a aquellos y a la legislación vigente.

8. Orientar en forma indicativa, las actividades del sector privado, vinculadas con los objetos de su área.

9. Redimensionar el área de su competencia a efectos de incrementar la eficiencia, seguridad y celeridad de su administración, teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad a través de la supresión o transferencia de aquellas actividades propias del ámbito privado.

10. Promover fortalecer la iniciativa privada en función del bien común a través de la coordinación de las funciones y acciones de sus organismos dependientes y los de estos con los del ámbito privado.

11. Participar en la preparación de anteproyectos de leyes, y decretos que deban someterse a consideración del Ministro para su elevación al Poder Ejecutivo Nacional.

12. Participar en la celebración de contratos de participación del Estado y en 1a defensa de los derechos de este en la legislación vigente.

7. Proponer al Ministerio la estructura orgánica de la Secretaria a su cargo.

8. Entender en la resolución de los asuntos concernientes al régimen administrativo, conforme la delegación facultades que con carácter general se establezca para el nivel de la Secretaría y la que en particular est el Ministro.

9. Participar en la reglamentación, y 1a fiscalización del ejercicio de las profesiones vinculadas a las áreas de su competencia.

10. Participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto y memoria anual de la Secretaría a su cargo a los fines de su integración en los correspondientes al Ministerio.

11. Entender en la restauración y conservación de monumentos y lugares históricos, de acuerdo con la programación y con el asesoramiento y directivas de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos.

FUNCIONES COMUNES A TODAS LAS SECRETARIAS Y SUBSECRETARIAS INHERENTES A COMPETENCIAS M1N1STERIALES GENERALES

1. Participar en la aplicación de las políticas de regulación de mercado de bienes y servicios y en las condiciones de competencia de los mismos en su jurisdicción.

2. Participar en la aplicación de las políticas de inversiones extranjeras.

3. Participar en la elaboración de los regímenes de promoción y protección de actividades económicas y de los instrumentos que le concreten y en la elaboración, ejecución y fiscalización de los mismos en el área de su competencia

4. Participar en las relaciones con los organismos internacionales de su competencia

5. Participar en la elaboración, ejecución y fiscalización del régimen de localización; regionalización y radicación de establecimientos industriales; en el área de su competencia acorde con la polítca nacional de ordenamiento territorial.

6. Participar en la orientación de los recursos hacia los sectores de la producción más convenientes y en la ejecución de las políticas respectivas en el área de su competencia acorde con la política nacional de ordenamiento territorial.

7. Participar en la promoción de la nacionalización de los procesos de comercialización de los bienes económicos en el mercado interno.