Superintendencia de Seguros

ACTIVIDAD ASEGURADORA

Resolución 35.212/2010

Apruébase la póliza de Seguro de Caución para Garantizar Regímenes Promocionales y otros Beneficios Impositivos y Aduaneros para su incorporación dentro del sistema de pólizas electrónicas reglamentado por la AFIP.

Bs. As., 6/7/2010

VISTO el Expediente Nº 53.923 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, en el que se analiza la aprobación de la póliza de Seguro de Caución para Garantizar Regímenes Promocionales y Otros Beneficios Impositivos y Aduaneros para su incorporación dentro del sistema de pólizas electrónicas por parte de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que tales condiciones se ajustan a las normativas de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que los elementos propuestos desde el ámbito de competencia de este Organismo contemplan los lineamientos generales básicos fijados para el otorgamiento de garantías caucionales.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Art. 67, inc. b) de la Ley Nº 20.091.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS

RESUELVE:

Artículo 1º — Autorizar a las entidades aseguradoras que operan en el Seguro de Caución a operar con la Póliza para Garantizar Regímenes Promocionales y Otros Beneficios Impositivos y Aduaneros cuyas condiciones contractuales se acompañan como Anexo l de la presente y que se instrumentan bajo el sistema de pólizas electrónicas reglamentado por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Art. 2º — Las entidades aseguradoras que se adhieran al régimen de transmisión de pólizas electrónicas establecido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, deberán manifestar mediante Acta de Directorio o del Consejo de Administración, la expresa renuncia por parte de las mismas de oponer defensas relacionadas con la inexistencia de firma.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Gustavo Medone.

(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s)")