Ministerio de Industria

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 3/2010

Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Apruébanse Certificados de Crédito Fiscal.

Bs. As., 15/7/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0232129/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 22.317, 24.467 y 25.300, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, 919 de fecha 28 de junio de 2010, 964 de fecha 1 de julio de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por las Disposiciones Nros. 302 de fecha 8 de agosto de 2007 y 259 de fecha 3 de julio de 2008, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación - Año 2007 y Año 2008, respectivamente, por la Disposición Nº 69 de fecha 21 de abril de 2009 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de ex MINISTERIO DE PRODUCCION se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación - Año 2009, y por la Disposición Nº 255 de fecha 19 de marzo de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación - Año 2010.

Que a la fecha se observa la existencia de proyectos en trámite correspondientes a los Llamados 2007, 2008, 2009 y 2010.

Que dichos proyectos tienen como objeto la aprobación de la rendición de cuentas presentada por cada empresa a cuyo fin se expide el correspondiente Certificado de

Crédito Fiscal.

Que cabe señalar que los mencionados certificados contienen el membrete del "MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO" de conformidad con el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO aprobado por los Decretos Nros. 1365 y 1366, ambos de fecha 1 de octubre de 2009 y 1458 de fecha 8 de octubre de 2009.

Que por la Disposición Nº 31 de fecha 18 de enero de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se aprobó la utilización de los Certificados de Crédito Fiscal que contienen el membrete "MINISTERIO DE PRODUCCION", para proyectos de capacitación correspondientes a los Llamados 2007, 2008 y 2009, en el marco del Programa de Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que actualmente existen Certificados de Crédito Fiscal comprendidos en la disposición mencionada en el párrafo precedente que se encuentran pendientes de emisión.

Que en consecuencia, a fin de optimizar los recursos públicos asignados resulta conveniente la utilización de los certificados existentes cuyos membretes expresan "MINISTERIO DE PRODUCCION" y "MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO" para la aprobación de las rendiciones de cuentas de los proyectos correspondientes a los Llamados 2007, 2008, 2009 y 2010.

Que la presente medida halla sustento en los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia que debe ponderar la Administración Pública Nacional en su accionar. Que de resultas de lo expuesto, se meritúa oportuno aprobar la utilización de los certificados de que se trata.

Que con el dictado del Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010, se creó el MINISTERIO DE INDUSTRIA y el MINISTERIO DE TURISMO, con las competencias allí establecidas para cada uno de ellos.

Que como consecuencia de ello, se dictó el Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010, mediante el cual se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada del MINISTERIO DE INDUSTRIA, hasta el nivel Subsecretaría, asignándole a la actual SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que asimismo, por el citado decreto, se establecieron las competencias para la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL y para la SUBSECRETARIA DE PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, ambas dependientes de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que teniendo en cuenta que a la fecha no se ha aprobado la estructura organizativa del nivel Dirección, ello no obsta a la continuidad del trámite de las actuaciones.

Que asimismo, la presente medida se eleva en función del volumen de expedientes, el cúmulo de tareas y la responsabilidad emergente del área técnica con competencia en el Régimen de Crédito Fiscal, por lo que resulta necesario resolver con eficacia la circunstancia suscitada.

Que por ello, deviene oportuno, encomendar transitoriamente a la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL, las tareas relativas a la evaluación y aprobación de las rendiciones de cuentas presentadas por las empresas y a la emisión de los Certificados de Crédito Fiscal, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal, instituida por la Ley Nº 22.317, con la pertinente supervisión y control, a fin de no entorpecer las actividades vinculadas con el sector.

Que la actividad que se encomienda por el momento a la citada Subsecretaría, es de carácter exclusivo y restrictivo.

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que para la aplicación de la ley comentada, fue necesario adaptar dicho Régimen siendo reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.

Que entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL se encuentra el de diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atienda a las problemáticas de las Micro, Pequeñas y Medianas en todas sus ramas, del desarrollo emprendedor y la creación de empresas, dentro del marco de política general.

Que asimismo, la mencionada Subsecretaría, tiene como finalidad asistir al Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de las diversas alternativas de capacitación y asistencia técnica para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, supervisando su cumplimiento y coordinando las acciones vinculadas a ellas.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 819/98, 434/99, 919/10 y 964/10.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la utilización de los Certificados de Crédito Fiscal detallados en Anexo que con TREINTA Y SEIS (36) hojas forma parte integrante de la presente medida, para proyectos de capacitación correspondientes a los Llamados 2007, 2008, 2009 y 2010, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Art. 2º — Encomiéndase transitoriamente a la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, proceder a la evaluación y posterior aprobación de las rendiciones de cuentas presentadas por las empresas para proyectos de capacitación correspondientes a los Llamados 2007, 2008, 2009 y 2010, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con la correspondiente emisión de los Certificados de Crédito Fiscal, cuya utilización se aprueban por medio del Artículo 1º de la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.

ANEXO

NUMERO DE CERTIFICADO