Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 1823/2010

Ofrécese una recompensa destinada a aquellas personas que brinden datos que resulten determinantes para la detención de Teodoro Aníbal Gauto.

Bs. As., 15/7/2010

VISTO la Ley Nº 26.375, la Resolución MJSyDH Nº 1720 de fecha 27 de junio de 2008 y el Legajo Nº 46/10 de la Unidad Especial para Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de La Plata, Provincia de Buenos Aires, se instruye el expediente 16.419, caratulado "ARIAS DUVAL, Alejandro Agustín; DI PASQUALE Jorge Héctor; ROMERO PAVON, Carlos María; HIDALGO GARZON, Carlos del Señor; CACIVIO, Gustavo Adolfo; FERNANDEZ, Ricardo Armando; BALMACEDA, Roberto Armando; PEREA Luis Orlando; ESPINOZA, Raúl Ricardo; SMART, Jaime Lamont; SAINT JEAN, Ibérico Manuel; HERZBERG, Juan Carlos; GRANDE, Claudio Raúl; ACUÑA, Héctor Raúl; BRANNE, César Emilio; AMIGO, Miguel Angel; VON KYAW, Ricardo Luis; MIRANDA, Isaac Crespín; GAUTO, Teodoro Aníbal; NEGRI, Juan Carlos; BATALLA, Rufino; CICCIARI, Enrique Armando; HERRERO ANZORENA, Emilio Alberto s/ HOMICIDIO, PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD, TORMENTOS Y SUSTRACCION DE MENORES".

Que en la citada causa interviene la Unidad Fiscal Federal de La Plata, de a cargo del Dr. Marcelo MOLINA.

Que la Ley Nº 26.375, crea el Fondo de Recompensas, en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que aporten elementos fehacientes, para dar con el paradero y posterior detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el Dr. Manuel Humberto BLANCO, Juez Federal a cargo de la mencionada dependencia solicita se ofrezca una recompensa para quien pudiera aportar datos fehacientes para dar con el paradero de Teodoro Aníbal GAUTO, sobre quien pesa pedido de captura nacional desde el 23 de febrero de 2010.

Que ha tomado la intervención de su competencia tanto la Dirección General de Administración como la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Ofrécese como recompensa, dentro de la República Argentina, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Teodoro Aníbal GAUTO, D.N.I. 7.701.917, de nacionalidad argentina, ex personal civil de inteligencia del destacamento de inteligencia 101, hijo de Teodoro Obispo Gauto e Hilda Esther Silveyra.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1268/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 04/12/2017, se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado de la norma de referencia. Por art. 2° de la misma norma, se establece que los ofrecimientos de recompensas, se realizarán cada uno por el monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000))

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 262/2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 16/5/2016 se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado del acto de referencia, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución, por un monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000))

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 573/2015 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 9/4/2015 se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir de sus respectivos vencimientos, las recompensas ofrecidas a través de la presente resolución, por un monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000))

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 410/2014 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 27/3/2014 se restablece por el término de DOCE (12) meses a partir del dictado de la norma de referencia, la recompensa ofrecida a través de la presente resolución, por un monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000))

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 2536/2012 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 27/11/2012 se prorroga por el término de DOCE (12) meses a partir del 10/11/2012 la recompensa prevista en el presente artículo)

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Resolución N° 1663/2011 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 17/11/2011 se prorroga por el término de DOCE (12) meses a partir de la fecha de su respectivo vencimiento, la recompensa que fuera establecida por la presente Resolución)

Art. 2º — Encomiéndese a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.