INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 1541/2010

Bs. As., 15/7/2010

VISTO la Ley Nº 17.741, la Ley Nº 26.522 y el decreto 1536/2002 y la Resolución Nº 1528/2010.

CONSIDERANDO:

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN, en adelante UNSAM, y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en adelante MINPLAN, con fecha 30 de junio de 2010, suscribieron un Convenio de Cooperación para el Desarrollo de Proyectos de Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que la UNSAM brinde cooperación al CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE (creado en la órbita del MINPLAN por Decreto Nº 1148 de fecha 31 de agosto de 2009 y presidido por el titular de dicha cartera), en adelante CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, en la implementación del Plan Operativo de Fomento y Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T aprobado el 28 de junio de 2010 por dicho consejo.

Que en este sentido, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, y la UNSAM suscribieron un CONVENIO el día 30 de Junio con el objeto de producir contenidos audiovisuales para el fortalecimiento del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, en adelante SATVD-T, en el marco del mencionado plan.

Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso que resulten, será responsabilidad del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que por lo expuesto el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES llama a concurso para seleccionar un Unitario de Documental por provincia y uno por la ciudad de Buenos Aires, pensados para Televisión, de Producción Nacional, producidos uno en cada provincia del país, y dos cortos de TRES (3) minutos cada uno, también por provincia.

Que dicho concurso se encuentra dentro de la órbita de la Gerencia de Acción Federal del INCAA.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto Nº 1248/01).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Llámese a concurso para seleccionar un Unitario de Documental por provincia y uno por la ciudad de Buenos Aires, pensados para Televisión, de Producción Nacional, producidos uno en cada provincia del país, y dos cortos de TRES (3) minutos cada uno, también por provincia.

ARTICULO 2º — Se adjunta las Bases correspondientes al Concurso "Nosotros" la cual forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

BASES:

PLAN OPERATIVO DE FOMENTO Y PROMOCION DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES DEL SATVD-T

BASES Y CONDICIONES PARA EL CONCURSO "NOSOTROS" (UNITARIOS DOCUMENTALES)

REALIZACION: La UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN, en adelante UNSAM, y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en adelante MINPLAN, con fecha 30 de junio de 2010, suscribieron un Convenio de Cooperación para el Desarrollo de Proyectos de Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que la UNSAM brinde cooperación al CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE (creado en la órbita del MINPLAN por Decreto Nº 1148 de fecha 31 de agosto de 2009 y presidido por el titular de dicha cartera), en adelante CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T, en la implementación del Plan Operativo de Fomento y Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T aprobado el 28 de junio de 2010 por dicho consejo.

En este sentido, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, y la UNSAM suscribieron un CONVENIO con el objeto de producir contenidos audiovisuales para el fortalecimiento del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, en adelante SATVD-T, en el marco del mencionado plan.

I - Del Objeto

1. EL CONCURSO "NOSOTROS" tiene como objetivos producir contenidos locales para la televisión digital en todo el territorio nacional y desarrollar las capacidades profesionales de directores, productores y guionistas independientes de cada una de las provincias del país, fomentando así la colaboración, coproducción y alianza estratégica entre ellos.

2. El INCAA en el marco del Convenio suscripto con la UNSAM llama al CONCURSO "NOSOTROS", a directores, guionistas y productores independientes de todo el país, a presentar proyectos inéditos de unitario documental para televisión digital de VEINTISEIS (26) minutos de duración (incluidos títulos y rodantes).

3. Se seleccionará UN (1) proyecto de Unitario Documental por cada UNA (1) de las provincias que integran las regiones del país y UNO (1) por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

4. Los proyectos seleccionados tendrán, además, a su cargo la realización de DOS (2) micros de TRES (3) minutos de duración cada uno. Tanto los MICROS como los UNITARIOS ganadores tendrán un presupuesto total de realización de PESOS SESENTA MIL ($60.000), y deberán ser entregados en un plazo máximo de NOVENTA (90) días corridos.

5. El soporte de registro deberá ser digital en una resolución no inferior a HDV y su finalización en HD Broadcasting Internacional.

6. Se propone que los proyectos tengan en cuenta las temáticas siguientes: desarrollo social, infancia, derechos humanos, salud, turismo, género, ciencia y tecnología, trabajo, cultura y educación. Cabe considerar que la enunciación anterior no tiene carácter de taxativa.

7. A fin de fomentar una mayor participación local las provincias estarán agrupadas por región. De esta manera el equipo de realización podrá presentar más de una propuesta, siempre que éstas aborden historias y temáticas de diferentes provincias de la región por la que participan.

8. Las regiones se dividirán de la siguiente manera: Región Centro Metropolitano: Provincia de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Región Centro Norte: Córdoba, Santa Fe; Región NEA: Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa, Entre Ríos; Región NOA: Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero. Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza, La Rioja; Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico.

9. Los PRESENTANTES podrán ser personas físicas (productor o director), o personas jurídicas. El DIRECTOR, PRODUCTOR y GUIONISTA del equipo de realización deberán acreditar residencia fehaciente, no menor a DOS (2) años, en la región por la cual participan.

10. La competencia se dará entre los proyectos que pertenezcan a la misma provincia del país. El jurado interviniente preseleccionará CINCO (5) proyectos de UNITARIOS para televisión digital por cada una de las provincias a los efectos de participar de una instancia de coloquio para la defensa de los proyectos ante el jurado, quien designará como ganador UN (1) proyecto titular y UN (1) proyecto suplente por cada provincia del país.

11. Para la firma del contrato, los PRESENTANTES de los proyectos ganadores deberán asistir, sin excepción, al taller para el fortalecimiento de las propuestas que se realizará en una sede a confirmar.

12. Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo Nº 10, de considerarlo necesario, el jurado podrá declarar desierto en forma total o parcial el concurso. En el caso que no existan proyectos seleccionados en cualquiera de las provincias y/o regiones establecidas en el Artículo Nº 8 el número faltante podrá ser reasignado, por el Jurado respectivo, a alguna de las restantes provincias y/o regiones o bien llamar, previa autorización conjunta del CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T y del INCAA, a una nueva convocatoria en la región en la que hubiera resultado una vacancia total o parcial.

13. A fin de fomentar la producción local, cada proyecto deberá ser realizado íntegramente en la provincia que tiene por escenario la historia.

14. La Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES designará un TUTOR para los proyectos que resulten ganadores, quien tendrá intervención en carácter de asesor técnico y artístico, certificando mediante informes escritos las diferentes etapas de la realización integral del unitario y los micros.

15. Los ganadores considerarán de buena fe los aportes efectuados por el TUTOR designado y acogerán sus sugerencias con respecto al contenido de la obra y su realización.

16. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten seleccionados en cada provincia firmarán un CONTRATO - CONCURSO "NOSOTROS". El citado contrato implica la realización integral y entrega de UN (1) UNITARIO DOCUMENTAL y DOS (2) MICROS en un plazo máximo de NOVENTA (90) días con un presupuesto total de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000).

17. El monto total estipulado se dividirá según el siguiente detalle:

1º) el CINCUENTA POR CIENTO (50%) a partir de la suscripción del contrato respectivo.

2º) el CUARENTA POR CIENTO (40%) una vez acreditada la iniciación del rodaje del UNITARIO contra entrega de un DVD que contenga al menos 20 minutos del material registrado en bruto.

3º) el DIEZ POR CIENTO (10%) luego de la aprobación técnica de los masters HD del UNITARIO DOCUMENTAL Y LOS MICROS.

Para acreditar lo expuesto en el artículo precedente cada PRESENTANTE deberá entregar:

(i). UN (1) master HD con audio estéreo internacional, sin placas de canje o agradecimiento.

(ii). UN (1) master HD con audio estéreo internacional.

(iii). UN (1) master HD con audio MIX.

(iv). DOS (2) DVD’s con el unitario terminado.

(v). Los DOS (2) micros serán entregados en soporte HD y en formato DVD (uno por micro).

(vi). UN (1) DVD conteniendo CINCO (5) fotos de promoción del documental en archivo JPEG, con definición de 300 DPI, tamaño 13 X 18 cm, escala CMYK; y archivo Word con release para la prensa (máx. 3200 caracteres), resumen (máx. 120 caracteres), ficha técnica completa del documental y currículum resumido del autor (máx. 3200 caracteres).

Los soportes entregados deberán cumplir con las siguientes especificaciones:

a). El formato de la ventana de exhibición será 4:3 ó 16:9, considerando que este último formato implica añadir letterbox, adaptándolo a la exhibición en ventana 4:3.

b).EI material entregado tendrá a su inicio un minuto de barras de color normalizadas y tono de 1Khz, manteniendo dicho nivel durante el transcurso del mismo.

c). También, deberá tener grabado Time Code Longitudinal, sin excepción, e indicar en la tarjeta que acompaña dicho tape, el punto de comienzo y de final del programa.

d). El soporte del tape no deberá encontrarse dañado y deberá tener niveles adecuados de luminancia, crominancia y audio. La calidad del material debe ser óptima para su posterior transmisión y/o reproducción.

e). El tape deberá contener la lista de diálogos codificados del UNITARIO y los MICROS.

f). En los créditos de las producciones ganadoras del concurso y en toda publicidad que de las mismas se realice, deberán incluirse los logos de MARCA PAIS, Televisión Digital Abierta TDA, MINPLAN, CONSEJO ASESOR SATVD-T, UNSAM e INCAA, de acuerdo a sus modos y formatos vigentes.

18. La documentación necesaria para la acreditación de los montos que surgen del Artículo precedente será de la siguiente forma:

18.1 Para la liberación de la 2º cuota referente al inicio de la etapa Rodaje;

a) Informe de la Preproducción.

b) Cronograma de Filmaciones.

c) Un (1) DVD con material registrado con pizarra o placa inicial que indique pertenencia al título del Proyecto.

d) Comunicar fehacientemente la fecha de inicio de rodaje.

e) Acreditado el comienzo de la fotografía principal del rodaje (arranque continuo de la etapa de rodaje).

f) Informe de visualización.

18.2 Para liberación de la 3a. y última cuota deberán entregar;

(i) Un master HD con audio estéreo internacional, sin placas de canje o agradecimiento

(ii) Un master HD con audio estéreo internacional.

(iii) Un master HD con audio MIX.

(iv) Dos (2) DVD’s con el UNITARIO terminado.

(v) Un DVD conteniendo cinco (5) fotos de divulgación de la obra en archivo JPEG, con definición de 300 DPI, tamaño 13 X 18 cm., escala CMYK; y archivo Word con release para la prensa (máximo 3200 caractéres), resumen para carpeta de divulgación (máximo 120 caractéres), ficha técnica completa de la obra y currículum resumido del autor (máx. 3200 caractéres).

(vi) El anterior material deberá ser presentado bajo las especificaciones citadas en el Artículo anterior.

(vii) Rendición de gastos efectivamente realizados por los montos liquidados en la 1º y 2º Cuota, debiendo estar suscripta por contador público matriculado y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Presentado según rubros de presupuesto del Anexo V de la presente Resolución.

(Apartado 18 sustituido por art. 1º de la Resolución Nº 2237/2010 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 15/10/2010)

19. El UNITARIO DOCUMENTAL y los MICROS para televisión que sean seleccionados tendrán que realizarse en un plazo máximo de NOVENTA (90) días corridos a partir del depósito de la totalidad de la primera cuota.

20. Las obras audiovisuales resultantes de los concursos organizados por el INCAA pasarán a integrar el acervo del BANCO AUDIOVISUAL DE CONTENIDOS UNIVERSALES ARGENTINO, el cual será coordinado por el CONSEJO ASESOR DE LA TELEVISION DIGITAL TERRESTE y funcionará como un registro integrado por contenidos audiovisuales locales, nacionales y regionales, sin fines comerciales, al cual tendrán acceso los canales de televisión y/o instituciones que adhieran al mismo y que cumplan con los requisitos que establezca el precitado CONSEJO ASESOR. Vale remarcar que no habrá actividad comercial desde el ESTADO NACIONAL, sino que la distribución de las obras integrantes del nombrado Banco será sin fines de lucro.

El ESTADO NACIONAL será el titular de todos los derechos patrimoniales de propiedad intelectual sobre la obra audiovisual, sin limitación temporal o territorial alguna, pudiendo disponer, bajo cualquier modalidad, su exhibición, reproducción (total o parcial), comunicación pública, y distribución en cuantas oportunidades conviniere a su exclusivo criterio, a través de cualquier formato existente o por crearse —VHS, DVD, Betacam, u otros—, así como por sistemas de televisión existentes o futuros y/o a autorizar o disponer su reproducción en cualquier formato existente o futuro para fijar audio e imágenes (incluido Webcasting, VOD, IPTV y streaming), incluyéndose asimismo la facultad de reducir y/o desgrabar los guiones, diálogos, entrevistas e imágenes de la Obra para distribución, reproducción y/o duplicación en formatos y medios gráficos (libros, revistas, etc.) o digitales, ya sea existentes o futuros, destinados exclusivamente a fines de promoción. Ello, sin perjuicio del reconocimiento del derecho de paternidad y de integridad de la obra del/los autor/es a partir del cual se deberá consignar en todo momento el nombre del/los mismos, acorde a lo establecido en los arts. 51 y 52 de la ley 11.723.

No obstante lo establecido en el párrafo anterior, con respecto a los derechos patrimoniales derivados de la creación del autor del argumento, el productor tendrá la licencia de uso de la obra exclusivamente para la realización del audiovisual concursado.

El ESTADO NACIONAL tendrá la titularidad de la obra creada por el autor del argumento por el término de TRES (3) años contados a partir del momento de la adjudicación del premio de la obra audiovisual. Vencido el plazo nombrado el autor del argumento recupera sobre su obra todos los derechos que la ley le confiere, conservando el ESTADO NACIONAL la titularidad sobre la obra audiovisual fijada sobre el soporte y por ende, la potestad de comercializarla sin límite de tiempos ni territorio.

En todo momento el productor debe respetar el derecho de paternidad y a la integridad en cabeza del autor del argumento, del director, y del compositor, para los casos de que la obra sea musical, no pudiendo reducir, desgrabar o modificar el argumento de la misma ni hacer un uso distinto para el cual fue cedido. Igual restricción debe seguirse con relación a la obra creada por el director y a la creada por el compositor.

Es responsabilidad y función de las entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual, la de gestionar las sumas que se devenguen de la utilización de las obras audiovisuales (art. 1 ley 20.115), no siendo ocupación del ESTADO NACIONAL, la de exigir dicho accionar. Por ello, acorde a la ley citada y su decreto reglamentario 461/73, los contratos de licencia de uso de obra para plasmación audiovisual, que el productor celebre con el autor, deberán hacerse a través de ARGENTORES.

El autor del argumento, el director y el compositor como coautores del audiovisual, en el caso de la venta al exterior de la obra resultante fijada sobre un soporte capaz de mantenerla grabada y reproducirla, tendrán derecho a percibir como mínimo el 20% del monto total de la venta por cada uno de los países en los que se comercialice.

Tanto el autor del argumento, el director y el compositor son coautores de la obra y por esa razón no declinarán su derecho a percibir los derechos económicos de autor que perciban las entidades de gestión del país o del exterior y reservarse un porcentaje del precio de venta del audiovisual, cuando el mismo sea vendido a países que no poseen sociedad de gestión recaudatoria.

Este porcentaje, no está incluido en el porcentaje que le corresponda como coautor del audiovisual mencionado en el párrafo anterior.

(Apartado 20 sustituido por art. 2º de la Resolución Nº 2237/2010 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 15/10/2010)

21. Los UNITARIOS DOCUMENTALES y los MICROS no podrán contener publicidad comercial durante la artística, permitiéndose hasta cuatro placas de agradecimiento o canje en los créditos finales de cada programa, previa aprobación de los créditos por parte de los organizadores de la convocatoria.

22. El incumplimiento del CONTRATO a firmarse con los PRESENTANTES de los proyectos ganadores del presente CONCURSO dará derecho al INCAA y a la UNSAM, indistintamente, para que, previa intimación por DIEZ (10) días corridos, declare la caducidad del proyecto y reclame la devolución de las sumas que se hubieran entregado con más los intereses correspondientes

II -Presentación de los Proyectos:

La convocatoria permanecerá abierta desde el 23 de julio al 12 de octubre del 2010.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 2144/2010 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 12/10/2010 se prorroga en seis (6) días corridos la convocatoria del Concurso "NOSOTROS" siendo la fecha de cierre de la misma el día 18 de octubre de 2010 a las 17:00 horas)

1) El Proyecto deberá presentarse en un sobre que indique:

• Concurso al que se inscribe

• Título del Proyecto

• Provincia por la que participa.

En su interior, deberá incluirse:

Una carpeta impresa, foliada y anillada, más dos copias idénticas en formato digital grabadas en soporte DVD, en un archivo PDF que contenga:

a) LA DOCUMENTACION REQUERIDA de los TRES (3) profesionales asignados a los roles de PRODUCCION, DIRECCION y GUION de la siguiente manera:

• Formulario completo indicando quién oficiará de PRESENTANTE. Puede ser la misma persona en más de un rol. (ANEXO 1, descargar en www.incaa.gov.ar)

• Curriculum Vitae (antecedentes no excluyentes).

• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (primera y segunda hoja).

• Factura de servicio y/o certificado de domicilio emitido por la policía que compruebe la residencia, no menor a dos años, en la región por la que participan.

b) LA DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LA PRESENTACION DEL PROYECTO:

• Copia simple de la inscripción de la obra en la Dirección Nacional de Derecho de Autor (o similar) y autorización para la utilización de los derechos de la historia, en caso de ser personas diferentes de los presentantes. Las autorizaciones deberán contener las firmas de los autorizantes certificadas por escribano público o autoridad bancaria.

c) CONTENIDO DEL PROYECTO

• Carátula indicando: Concurso al que se inscribe; Título del Proyecto; Provincia y Región por la que participa.

• Sinopsis del UNITARIO (dos carillas máximo).

• Guión televisivo del UNITARIO (máximo 15 carillas).

• Propuesta estética general del UNITARIO. Concepción de los elementos visuales y sonoros según el director.

• Listado de equipo técnico tentativo.

• Cronograma de rodaje, consideraciones técnicas y de producción.

• Presupuesto de Producción (ANEXO II descargar en www.incaa.gov.ar)

• Datos sobre el proyecto (ANEXO III y IV descargar en www.incaa.gov.ar)

• Opcional: Cartas de apoyo y/o cualquier otro material adicional que se considere necesario (fotos de locaciones, fotos de personajes, DVD con trabajos anteriores, etc.).

Los proyectos deberán ser presentados de 10 a 17 horas en mesa de entradas del INCAA, sito en Lima 319, 1º piso, Código Postal 1073, CABA, Buenos Aires, Argentina, o enviados por correo tomándose como válida la fecha de emisión del sello postal de la oficina respectiva.

2. No se admitirán inscripciones de concursantes directamente vinculados a miembros del Jurado, del INCAA, de la UNSAM o del CONSEJO ASESOR de SATVD-T, pudiendo impugnarse la inscripción, en caso que esta situación se presente, en cualquier fase del concurso. Se entiende como "directamente vinculadas" a todas las personas que mantengan una relación laboral, así también como familiares y consanguíneos hasta tercer grado de afinidad.

3. No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido.

4. Luego del anuncio de los proyectos seleccionados, el material entregado para esta convocatoria será destruido.

III – De la Selección

1. Cronograma del Concurso:

Recepción de Proyectos: del 23 de julio al 12 de octubre de 2010.

Anuncio de preseleccionados por provincia: 3 de noviembre de 2010.

Coloquios: del 8 al 12 de noviembre de 2010.

Anuncio de los proyectos ganadores: 8 al 12 de noviembre de 2010.

Taller y firma de los contratos: 18 y 19 de noviembre de 2010.

2. La Presidenta del INCAA y el CONSEJO ASESOR de SATVD-T nombrará un Jurado que estará conformado por profesionales de reconocida trayectoria en la actividad televisiva y/o cultural de cada una de las provincias del país. Este jurado contará con el apoyo del Consejo Federal de la Televisión Pública, del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), de la Red Nacional Audiovisual Universitaria (RENAU) y de las Organizaciones que expresan las nuevas voces en el marco de la nueva Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, entre otros.

Su conformación se anunciará en la página Web del organismo el mismo día en que cierre el llamado a concurso.

3. La decisión del Jurado interviniente no será pasible de recurso alguno.

IV - De las Disposiciones Generales

1. La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en la misma. Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

2. Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la publicación de la Resolución de la declaración de los ganadores, deberán retirarse los proyectos que no hubieren sido seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los mismos.

LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

Persona Física o Jurídica que presenta el proyecto

e. 23/07/2010 Nº 83445/10 v. 23/07/2010