Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 15/2010

Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Emisión de órdenes de pago en concepto de pago de bonificación a los créditos otorgados por la utilización de cupos colocados.

Bs. As., 30/7/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0251592/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus respectivas reglamentaciones, los Decretos Nros. 748 de fecha 29 de agosto de 2000, 871 de fecha 6 de octubre de 2003, 159 de fecha 24 de febrero de 2005, 919 de fecha 28 de junio de 2010, 964 de fecha 1 de julio de 2010 y 969 de fecha 1 de julio de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del dictado del Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010, la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA se halla en la órbita de aplicación del MINISTERIO DE INDUSTRIA con los objetivos allí establecidos.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a la Ley Nº 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.

Que mediante las Disposiciones Nros. 96 de fecha 25 de marzo de 2004, 269 de fecha 29 de julio de 2004, 500 de fecha 24 de noviembre de 2004, 34 de fecha 8 de febrero de 2005, 135 de fecha 21 de abril de 2005, 325 de fecha 3 de octubre de 2005, 349 de fecha 28 de octubre de 2005, 28 de fecha 14 de diciembre de 2005, 80 de fecha 26 de diciembre de 2005, 74 de fecha 19 de julio de 2006, 94 de fecha 2 de agosto de 2006, 136 de fecha 3 de octubre de 2006, 137 de fecha 3 de octubre de 2006, 12 de fecha 7 de febrero de 2007, 164 de fecha 30 de abril de 2007 y 289 de fecha 19 de julio de 2007, todas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, así como mediante las Disposiciones Nros. 54 de fecha 8 de abril de 2009 y 258 de fecha 13 de agosto de 2009, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y las Disposiciones Nros. 34 de fecha 27 de noviembre de 2009 y 106 de fecha 15 de diciembre de 2009, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se efectuaron los correspondientes llamados a Licitación de cupos de crédito con tasa bonificada en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que mediante las Disposiciones Nros. 153 de fecha 6 de mayo de 2004, 358 de fecha 2 de septiembre de 2004, 18 de fecha 28 de enero de 2005, 107 de fecha 15 de marzo de 2005, 239 de fecha 21 de junio de 2005, 252 de fecha 26 de julio de 2005, 360 de fecha 16 de noviembre de 2005, 1 de fecha 9 de diciembre de 2005, 36 de fecha 10 de febrero de 2006, 37 de fecha 10 de febrero de 2006, 100 de fecha 4 de agosto de 2006, 115 de fecha 11 de septiembre de 2006, 153 de fecha 6 de noviembre de 2006, 154 de fecha 6 de noviembre de 2006, 42 de fecha 13 de marzo de 2007, 232 de fecha 12 de junio de 2007, y 332 de fecha 21 de agosto de 2007, todas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, así como mediante las Disposiciones Nros. 70 de fecha 21 de abril de 2009 y 276 de fecha 16 de septiembre de 2009, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE PRODUCCION, y las Disposiciones Nros. 103 de fecha 11 de diciembre de 2009 y 111 de fecha 28 de diciembre de 2009, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se procedió a la adjudicación de los cupos de crédito ofrecidos por las Entidades Financieras participantes de cada uno de los llamados a Licitación mencionados precedentemente.

Que asimismo, la Autoridad de Aplicación ha suscripto convenios con el objeto de bonificar la tasa de interés de créditos, los cuales fueron aprobados conforme al siguiente detalle: con la firma NACION FIDEICOMISOS S.A., en su calidad de Fiduciario del FONDO NACIONAL PARA LA CREACION Y CONSOLIDACION DE MICROEMPRENDIMIENTOS (FOMICRO), por hasta la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-), aprobado por la Disposición Nº 388 de fecha 23 de septiembre de 2004, modificado por las Disposiciones Nros. 129 de fecha 7 de abril de 2005, 322 de fecha 26 de septiembre de 2005 y 127 de fecha 10 de abril de 2007, todas ellas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; con la Provincia del CHUBUT y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por hasta la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 189 de fecha 7 de diciembre de 2006 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; con la Provincia del CHACO y el NUEVO BANCO DEL CHACO S.A., por hasta la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000.-), aprobado por la Disposición Nº 63 de fecha 20 de marzo de 2007 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; con el FONDO PARA LA TRANSFORMACION Y EL CRECIMIENTO de la Provincia de MENDOZA, por hasta la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000.-) aprobado mediante la Disposición Nº 162 de fecha 13 de mayo de 2005 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; con la Provincia de SANTA FE, por hasta la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 267 de fecha 11 de julio de 2007 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, para el financiamiento del Sector Turismo, por hasta la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 33 de fecha 24 de noviembre de 2009 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO; y con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, para el financiamiento de Inversiones de Actividades para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa —Reglamentación Nº 400—, por hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 483 de fecha 16 de abril de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Que el Artículo 9º del Decreto Nº 871/03, permite el acceso a los beneficios del Régimen de Bonificación de Tasas, mediante la participación y eventual adjudicación resultante de un llamado a Licitación de acuerdo a las modalidades que la Autoridad de Aplicación determine en cada caso.

Que en un mismo sentido, el Artículo 3º del Decreto Nº 159/05 establece que la Autoridad de Aplicación podrá disponer la firma de convenios o llamados a Licitación de cupos de crédito en la región que ella determine.

Que se debe entonces proceder al pago en concepto de bonificación de los créditos otorgados por la utilización de los cupos oportunamente adjudicados y colocados en el marco de los llamados a Licitación antes mencionados, correspondientes a cada Entidad Financiera participante, descontados los intereses resarcitorios y punitorios que correspondieran en cada caso.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 748/00, 871/03, 159/05, 919/10 y 964/10.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Emítese la orden de pago por un total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.627.250,62.-) en concepto de pago de bonificación a los créditos otorgados por la utilización de los cupos colocados con vencimiento en el mes de julio de 2010, cuyo beneficiario es el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, debiendo éste realizar las acreditaciones en las cuentas corrientes de los distintos bancos operadores de las líneas de financiamiento del Régimen de Bonificación de Tasas, según surge del Anexo que, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Apruébase el Anexo que, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será imputado a la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 94, Actividad 1, Inciso 5, Partida Principal 1, Parcial 9, Subparcial 2020, Fuente de Financiamiento 11.

Art. 4º — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.

ANEXO

TOTALES A PAGAR POR BANCO