MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 443/2010

Registro Nº 504/2010

Bs. As., 14/4/2010

VISTO el Expediente Nº 1.264.229/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004); la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 172 del Expediente Nº 1.264.229/08, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE SEGURIDAD E INVESTIGACION (C.A.E.S.I.), ratificado a foja 173, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo, los agentes negociadores convienen prorrogar la vigencia desde el 1º de febrero de 2010 hasta el 30 de abril del mismo año, de las Cláusulas SEXTA y NOVENA del ANEXO B del Acta Acuerdo homologado mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 773 de fecha 25 de junio de 2009, del cual son las mismas partes signatarias.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la aptitud representativa de la entidad empresaria signataria y de la organización sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE SEGURIDAD E INVESTIGACION (C.A.E.S.I.), que luce a foja 172 del Expediente Nº 1.264.229/08, ratificado a foja 173, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 172 del Expediente Nº 1.264.229/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 507/07.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.264.229/08

Buenos Aires, 15 de abril de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 443/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 172 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 504/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los VEINTISEIS días del mes de febrero de 2010 siendo las 17.00 hs. se reúnen por una parte la UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UPSRA) Asociación Sindical de Trabajadores Personería Gremial 1332 con domicilio en la calle Tucumán 3689 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires representada en este acto por su Secretario General el Dr. Angel Alberto GARCIA, M.I. Nº 4.629.415, su apoderado legal y asesor letrado Dr. Mario Alberto J. Lionetti DNI Nº 11.176.573, y por la otra lo hace la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI), con personería jurídica Nº C-5780 360686 con domicilio en la calle Montevideo 666 piso 3 Ciudad de Buenos Aires representada por su Presidente Señor Aquiles GORINI C.I. Nº 5.598.202 su apoderado legal y asesor letrado Dr. Juan Gabriel MASSA DNI. 16.703.946, ambas partes con sus respectivas personerías ya acreditadas en las presentes actuaciones.

Las partes manifiestan que en el marco de las negociaciones anteriores (léase acta del 29/12/09) y de común acuerdo han arribado al siguiente convenio sujeto en su totalidad a las cláusulas y condiciones siguientes, así como también a su debida homologación:

CLAUSULA PRIMERA:

Que ambas entidades son las únicas signatarias del C.C.T. 507/07.

CLAUSULA SEGUNDA:

Que en virtud de lo expresado estas partes ratifican el acuerdo homologado por la Resolución S.T. 70/10 (15/01/10), encontrándose avocados actualmente al análisis de los niveles de empleo y el poder adquisitivo de los trabajadores que agrupa al sector.

CLAUSULA TERCERA:

Sin perjuicio de ello y en mérito a la cláusula CUARTA SEXTA y NOVENA del Anexo B (año 2009) del Convenio Colectivo de Trabajo 507/07, en orden a mantener la cordialidad entre las partes y en búsqueda de la paz social, las firmantes acuerdan las siguientes prórrogas, ya que subsisten las condiciones que oportunamente le dieron su origen a las mismas.

CLAUSULA CUARTA

PRORROGA-VIGENCIA

Se prorroga la CLAUSULA SEXTA DEL ANEXO B del Acta Acuerdo Salarial de fecha 10/04/09 del C. C. T. 507/07 homologado mediante Resolución S. T. 773/09 cuya vigencia será desde el 01 de febrero de 2010 hasta el 30/04/2010 del referido artículo teniendo vigencia en iguales condiciones naturaleza y tratamiento que se le haya dado.

CLAUSULA QUINTA

PRORROGA-VIGENCIA

Se prorroga la CLAUSULA NOVENA DEL ANEXO B del Acta Acuerdo Salarial de fecha 10/04/09 del C. C. T. 507/07 homologado mediante Resolución S. T. 773/09 cuya vigencia será desde el 1 de febrero de 2010 hasta el 30/04/2010 del referido artículo teniendo vigencia en iguales condiciones naturaleza y tratamiento que se le han dado.

CLAUSULA SEXTA

Las partes suscriben tres ejemplares a fin de que sea elevado al M.T.E. y S.S. para su debida homologación de validez.