MERCOSUR/GMC/RES. Nš 32/09

CERTIFICADO UNICO DE INSPECCION TECNICA VEHICULAR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones Nš 75/97 y 14/06 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que existen diferencias en los contenidos y formatos actuales de los documentos de inspección técnica vehicular que se emiten en los diferentes Estados Parte.

Que resulta conveniente establecer un modelo único del certificado de inspección técnica vehicular para todos los tipos de vehículos de transporte por carretera del MERCOSUR, a efectos de contribuir a la facilitación de los controles por parte de las autoridades de fiscalización de los diferentes Estados Parte.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el Modelo de Certificado Unico de Inspección Técnica Vehicular, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina:

Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

 

Subsecretaría de Transporte Automotor.

Brasil:

Consejo Nacional de Tránsito (CONTRAN)

Paraguay:

Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN)

Uruguay:

Ministerio de Transporte y Obras Públicas

 

Dirección Nacional de Transporte

Art. 3 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte antes del 31/VII/2011.

LXXVIII GMC - Montevideo, 05/XII/09

ANEXO