MERCOSUR/GMC/RES. Nš 37/09

GLOSARIO DE CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PUNTOS DE FRONTERA

(DEROGACION DE LA RES. GMC Nš 34/05)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nš 34/05 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución de la 58a Asamblea Mundial de Salud WHA 58.3, del 23 de mayo de 2005, adoptó el nuevo Reglamento Sanitario Internacional (2005).

Que es conveniente compatibilizar los términos que integran el glosario de la Subcomisión de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Puntos de Frontera del SGT Nš 11 "Salud" con el Reglamento Sanitario Internacional (2005).

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el "Glosario de Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Puntos de Frontera", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Los organismos nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:

Argentina: Ministerio de Salud

Brasil: Agência Nacional de Vigilância Sanitária

Paraguay: Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

Uruguay: Ministerio de Salud Pública

Art. 3 - Derogar la Resolución GMC Nš 34/05.

Art. 4 - Esta Resolución deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 01/VI/2010.

LXXVIII GMC - Montevideo, 05/XII/09

ANEXO

GLOSARIO DE CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PUNTOS DE FRONTERA