MERCOSUR/GMC/RES. Nš 39/09

MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nos 7/94, 22/94, 31/04 y 37/07 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nš 70/06 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar la "Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común", en sus versiones en español y portugués, que figuran como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Las modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, aprobadas por la presente Resolución, tendrán vigencia a partir de 1/01/2010, debiendo los Estados Parte asegurar su incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales antes de esa fecha.

LXXVIII GMC - Montevideo, 05/XII/09

ANEXO