PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 541/2010

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Bs. As., 6/8/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0046919/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley Nº 26.546, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario hacer frente a los mayores gastos en personal derivados de: a) las designaciones en cargos con función ejecutiva que son necesarias para la gestión del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, b) los corrimientos de grado en el marco del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) de los agentes pertenecientes a la repartición, c) las nuevas contrataciones bajo el régimen de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, requeridas por la máxima autoridad del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, y d) la previsión por eventuales incrementos salariales que en virtud de la política salarial pudieran autorizarse.

Que la referida modificación no implica un incremento de la necesidad de financiamiento por cuanto se efectuará por compensación de créditos.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 37º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 en la parte correspondiente a la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, Organismo Descentralizado 614 – INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, las que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Julián A. Domínguez.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar