MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 569/2010

Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario.

Bs. As., 18/8/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0140431/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 se creó la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO como organismo descentralizado en jurisdicción de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que en consecuencia es procedente la aprobación de la estructura organizativa de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a fin de propender al efectivo cumplimiento del marco normativo de su creación y otorgar los instrumentos adecuados para una mayor eficiencia en la gestión.

Que en tal sentido resulta indispensable además, conformar la Unidad de Auditoría Interna en el ámbito de dicha Oficina Nacional.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención a la que se refiere el Artículo 6º del Decreto Nº 971 de fecha 6 de mayo de 1993.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la debida intervención.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 7º del Decreto Nº 21 de fecha 10 de diciembre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — En un plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación de la presente decisión administrativa, el señor Presidente de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO deberá aprobar las aperturas inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por la presente medida, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, sus normas complementarias y modificatorias, la que deberá prever como máximo CUARENTA Y SIETE (47) cargos de conducción.

Art. 3º — Facúltase al titular de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO a aprobar el Anexo de Dotación, previa intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con los respectivos presupuestos vigentes.

Art. 4º — Hasta tanto se constituyan efectivamente los servicios de apoyo administrativo y legal de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se utilizarán los correspondientes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 5º — El gasto que demande la aplicación de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 611 - OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Julián A. Domínguez.

ANEXO I

ANEXO II

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización del Organismo, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia para evaluar y mejorar la efectividad de los procesos de gestión de riesgo, control y gobierno corporativo.

ACCIONES

1. Brindar un servicio a toda la organización tendiente a asegurar el logro de los objetivos y metas establecidos para la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, consistente en un examen independiente, objetivo, sistemático y amplio del funcionamiento del sistema de control interno establecido, sus operaciones, como así también la planificación de la auditoría interna del Organismo.

2. Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna conforme a las normas generales de Control Interno y de Auditoría Interna Gubernamental.

3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.

4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.

5. Tomar conocimiento integralmente de los actos y evaluar aquellos de relevancia económica.

6. Verificar si en las erogaciones e ingresos del Organismo, se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.

7. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.

8. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

9. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable formulado por las unidades ejecutoras.

10. Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

11. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION los desvíos que se detecten con las observaciones y recomendaciones que se formulen.

12. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

13. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

14. Examinar y evaluar la información relativa al impacto de las políticas públicas, producida por los responsables de cada uno de los programas y proyectos.

15. Evaluar el cumplimiento del Plan Anual de la Auditoría Interna.

16. Elaborar y mantener actualizada la evaluación de riesgos de auditoría del Organismo.

17. Integrar el Comité de Control de la Jurisdicción.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION DE INFORMATICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, asegurando la eficiente utilización de los sistemas y herramientas informáticas de la Jurisdicción.

ACCIONES

1. Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Organismo.

2. Verificar en la Jurisdicción, el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y estándares establecidos por la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.

3. Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Organismo, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

4. Coordinar y promover el desarrollo y la administración de los sistemas informáticos del Organismo y el establecimiento de un sistema integral de información, a través de la investigación y el análisis de las nuevas tecnologías del mercado.

5. Brindar el apoyo y la atención a los usuarios de los servicios informáticos, desarrollando los sistemas que le sean requeridos en las distintas áreas y efectuando el mantenimiento permanente de los mismos.

6. Brindar el soporte y asegurar un sistema de control de acceso a la información que se considere de carácter reservado.

7. Conducir todas las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el Organismo, propendiendo a una eficiente operatividad y cumplimiento de los niveles de calidad acordados.

8. Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o eliminación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el Organismo.

9. Articular las relaciones con otros organismos públicos en los temas de su competencia.

10. Participar en las actividades del Foro de Responsables de Informática de las Jurisdicciones de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, coordinado por la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION, con el fin de coordinar y potenciar los distintos esfuerzos tendientes a lograr un mejor aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la Información y las Comunicaciones aplicadas a la gestión pública.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover y dirigir la sustanciación de sumarios disciplinarios en la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

ACCIONES

1. Realizar el análisis de aquellas cuestiones que pudieran dar lugar a la promoción de informaciones sumarias o sumarios administrativos disciplinarios y patrimoniales y asesorar sobre su viabilidad.

2. Efectuar la instrucción de sumarios administrativos por razones disciplinarias, comprendiendo todas las diligencias y actos contemplados en las disposiciones legales vigentes.

3. Realizar la instrucción de los sumarios o informaciones sumarias, a los efectos de determinar la responsabilidad patrimonial prevista en los Artículos 130 y 131 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, comprendiendo todas las diligencias y actos regulados en la ley precitada, decretos reglamentarios y normas complementarias.

4. Elaborar proyectos de denuncias a instaurar por el funcionario autorizado ante la Justicia Penal competente, cuando del sumario administrativo surgieran indicios de haberse cometido delito que dé nacimiento a la acción pública, de acuerdo con lo previsto por el Código Procesal Penal de la Nación.

5. Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

6. Asistir en la elaboración de todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, a la FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, a la Unidad de Auditoría Interna y a la Coordinación de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el análisis, interpretación y asesoramiento de los asuntos de carácter jurídico, en la elaboración de normas generales, reglamentarias e interpretativas; en las actividades relacionadas con la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas las causas judiciales en que la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO sea parte y en la sustanciación de los sumarios por infracción a la normativa de aplicación por parte de dicha Oficina.

ACCIONES

1. Asesorar, desde el punto de vista jurídico, en los proyectos de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se sometan a consideración de la Superioridad.

2. Ejercer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas las causas judiciales en que el Organismo deba intervenir, estableciendo los sistemas que permitan controlar la marcha de las actuaciones.

3. Tomar la intervención que le compete en lo vinculado con los sumarios administrativo-disciplinarios.

4. Entender en la sustanciación de las actuaciones sumarias por infracciones a las normas que regulan el accionar sustantivo del Organismo, en lo vinculado a su competencia.

5. Emitir dictámenes y tramitar recursos, reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos producidos en la Jurisdicción.

6. Contestar demandas y toda otra diligencia judicial.

7. Entender en la realización de los estudios vinculados con su especialidad, con el objeto de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.

8. Representar a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ante otras autoridades oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, en toda gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la coordinación de las tareas de recepción y salida de la documentación administrativa de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y la proveniente de otras áreas y/o de particulares y en el seguimiento de los trámites administrativos del Organismo, cumpliendo y haciendo cumplir la normativa relativa a procedimientos administrativos.

ACCIONES

1. Coordinar la recepción, registro, tramitación, protocolización y notificación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Mensajes y Leyes, Convenios, Acuerdos, Resoluciones del señor Presidente, así como toda la documentación destinada al Organismo, teniendo la misma responsabilidad respecto de las Disposiciones del Vicepresidente y de los Directores Nacionales y Directores del Organismo.

2. Coordinar la mesa general de entradas y el giro de la documentación a las distintas áreas conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas.

3. Coordinar, según corresponda, la publicación de las normas en el Boletín Oficial.

4. Certificar las firmas de funcionarios de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

5. Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar a las autoridades con competencia del Organismo acerca de la tramitación de expedientes.

6. Brindar información y vista a terceros, previa acreditación del carácter que se invoca, sobre el estado de trámite de las actuaciones.

7. Coordinar el registro y guarda de expedientes y actos administrativos del Organismo.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DEPARTAMENTO DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COMUNICACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar las relaciones institucionales, la gestión comunicacional y la difusión de la actividad de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, en concordancia con la normativa vigente y las pautas definidas en la Jurisdicción Ministerial.

ACCIONES

1. Entender en la coordinación de las relaciones institucionales entre la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y los Organismos y Autoridades del Estado en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal.

2. Organizar y dirigir las actividades de comunicación, difusión y publicidad, correspondientes al Organismo.

3. Programar y proponer la difusión de las informaciones y la publicidad correspondientes al Organismo, en los medios de comunicación del país, de conformidad con la normativa vigente.

4. Analizar, evaluar y sistematizar la información periodística que se refiera o interese al Organismo, elaborar la síntesis de las informaciones locales y del exterior y sistematizar la recopilación de la información gráfica y audiovisual.

5. Coordinar las necesidades de prensa y difusión de todas las áreas del Organismo.

6. Producir información sobre temas atinentes al Organismo y proponer su difusión.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar y conducir la gestión administrativa, contable, presupuestaria, financiera, patrimonial y de servicios, así como también las políticas y la aplicación de normas que regulan el accionar de los recursos humanos, la planificación y el diseño organizacional, asesorando a las distintas áreas del organismo, en temas de su competencia específica.

ACCIONES

1. Entender en las actividades relativas a la administración, el manejo y custodia de fondos y valores, como así también en todo lo relacionado con las registraciones contables y presupuestarias, la preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos.

2. Elaborar el anteproyecto de presupuesto general de gastos y cálculo de recursos del organismo.

3. Ejercer el control de la ejecución presupuestaria en función de lo normado en la materia.

4. Supervisar el registro contable en sus distintas etapas de las operaciones presupuestarias realizadas.

5. Administrar el movimiento de fondos y valores y su resguardo.

6. Entender en el ingreso y registro de los bienes patrimoniales del Organismo, como en su control.

7. Supervisar las actividades para la adquisición y contratación de bienes y servicios y de obras.

8. Administrar los servicios generales y técnicos, de intendencia y de mantenimiento del equipamiento, automotor y edilicio.

9. Entender en la coordinación, instrumentación y seguimiento de las políticas de recursos humanos y en lo relativo a la administración del personal, la gestión de las relaciones laborales y el diseño organizacional.

10. Promover, coordinar y supervisar la capacitación del personal y el desarrollo de su carrera administrativa.

11. Entender en el diseño de los indicadores para medir los resultados y la efectividad de las operaciones y diseñar el tablero de control de la gestión del Organismo.

12. Intervenir en el diseño de los procedimientos administrativos.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION NACIONAL DE AGENCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la coordinación y supervisión de las tareas del Organismo que se desarrollan a través de las agencias asegurando su gestión, facilitando los recursos para el correcto ejercicio de las actividades propias de su incumbencia.

ACCIONES

1. Coordinar y articular las funciones de las Agencias del Organismo en el país, asegurando el desarrollo técnico operativo y logístico de las tareas que se ejecutan a través de las mismas.

2. Entender en la ejecución de los acuerdos celebrados por el Organismo con las autoridades de los Gobiernos Provinciales y/o Municipales haciendo cumplir los objetivos vinculados con su competencia.

3. Entender en el análisis y propuesta de emplazamiento de Agencias de conformidad con la proyección territorial definida por la Superioridad.

4. Coordinar el diseño e implementación de los planes operativos que corresponda ejecutar a las Agencias, articulando su accionar con las distintas unidades sustantivas del Organismo, supervisando su cumplimiento.

5. Entender en la elaboración de los informes que la Superioridad requiera, vinculados con la responsabilidad de las Agencias, asegurando que estos permitan evaluar la gestión de las mismas.

6. Coordinar con las áreas competentes del Organismo la gestión institucional, técnico-administrativa, legal, de recursos humanos y de ejecución presupuestaria de las Agencias.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL, REGISTRO Y MATRICULAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el control técnico-registral de las personas físicas y/o jurídicas que intervengan en el comercio y la industrialización de los productos agropecuarios de competencia del Organismo a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.

Entender en la administración de los distintos registros habilitantes de los operadores de la cadena comercial agropecuaria de competencia de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, que permita el otorgamiento, rehabilitación, denegatoria o baja de matrículas en los mismos.

ACCIONES

1. Entender en el desarrollo de todas las tareas tendientes a verificar la correcta aplicación y cumplimiento de la normativa que rige la operatoria de las personas físicas y/o jurídicas que intervengan en el comercio y la industrialización de los productos agropecuarios de competencia del Organismo.

2. Diseñar, programar y coordinar las actividades vinculadas a los distintos registros, así como al tratamiento y/o comunicación de la información resultante de los mismos.

3. Planificar y supervisar la ejecución de las operaciones registrales, capacitando a los operadores del sistema.

4. Diseñar, proponer e implementar los sistemas de registro, tanto físicos como electrónicos.

5. Supervisar la confección de instructivos y organizar los procedimientos que permitan realizar el registro de carácter obligatorio de los distintos operadores que intervienen en la comercialización de productos del sector agropecuario y que sean competencia del Organismo.

6. Supervisar los requerimientos de documentación que permitan evaluar el cumplimiento de los requisitos exigidos para operar en la comercialización de los productos del sector agropecuario que le competan a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

7. Entender en el análisis y evaluación de la documentación relativa al otorgamiento, mantenimiento, denegatoria o rehabilitación de las autorizaciones para operar en la comercialización de todos aquellos productos del sector agropecuario que le competan al Organismo.

8. Supervisar la actualización del registro de inscriptos activos brindando información sobre los mismos al resto de las áreas y organismos competentes.

9. Entender en la registración de toda inhabilitación, cese, suspensión o cualquier otro tipo de sanción que se le hubiere practicado a un inscripto, así como su rehabilitación, comunicando a las restantes áreas y coordinando su accionar con la Dirección de Asuntos Jurídicos.

10. Supervisar la información recibida y realizar los cruzamientos internos necesarios en cada caso para validar su consistencia.

11. Dirigir las tareas de seguimiento de las variables económicas vinculadas a la actividad de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

12. Brindar la información necesaria a las restantes áreas, acorde a la competencia de las mismas, a fin de agilizar las acciones a seguir, guardando la confidencialidad de aquella información que así lo amerite.

13. Brindar a los distintos organismos y al público en general la información estadística elaborada en el área y que no sea considerada información confidencial.

14. Mantener un registro actualizado con la información de movimientos comerciales informados por cada inscripto activo en coordinación con las áreas competentes.

15. Determinar los indicadores que se utilizarán en cada caso para medir la correspondencia entre los distintos resultados de los datos recopilados y el volumen real estimado de las transacciones, estableciendo métodos de análisis y comparación histórica, o con "estándares" para la medición de los resultados obtenidos.

16. Supervisar la realización de estudios de investigación micro y macroeconómicos necesarios para la formulación de políticas tendientes al fomento de la competitividad e inserción interna y externa de la producción agropecuaria de competencia del Organismo, en coordinación con las áreas de competencia en la materia.

17. Proponer las normas de clasificación y tipificación del ganado y de la carne destinada al consumo y a la exportación, así como de todos los productos y subproductos de la ganadería.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION Y GESTION OPERATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el desarrollo de la planificación y seguimiento de las actividades del Organismo que aseguren el cumplimiento de sus objetivos, diseñando planes y proyectos de manera coordinada con el Ministerio jurisdiccional.

Entender en la ejecución de políticas de fomento al sector agropecuario delegadas en la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, así como también en la administración y el seguimiento de las operaciones de comercio exterior de su competencia.

ACCIONES

1. Entender en el análisis de la normativa vigente y proponer su actualización, propiciando el desarrollo eficiente de la actividad del Organismo.

2. Entender en el análisis de las dificultades operativas detectadas en el cumplimiento de los objetivos previstos, diseñando a partir de ello la planificación estratégica, los programas y propuestas en razón de las funciones propias del organismo.

3. Promover acciones tendientes a obtener altos niveles de eficiencia en la gestión del Organismo, fomentando la confianza de los administrados.

4. Proponer acciones correctivas mediante sistemas de capacitación de los recursos humanos actuando en coordinación con las áreas competentes.

5. Entender en las actividades inherentes a la aplicación de las políticas de fomento delegadas en la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, garantizando la adecuada aplicación de procedimientos de control interno que aseguren la percepción en tiempo y forma, por parte de los administrados, de los beneficios derivados de las mismas.

6. Entender en la gestión de los aspectos relacionados con la asignación, distribución y control del cupo tarifario denominado "Cuota Hilton" y de toda otra categoría de carne que en el futuro se le asigne a la REPUBLICA ARGENTINA por parte de la UNION EUROPEA, en el marco de la citada "Cuota Hilton" o que responda a los biotipos exigidos por aquella.

7. Entender en la gestión de las autorizaciones para la exportación de carnes, granos y lácteos y las correspondientes a otras cadenas agropecuarias que en el futuro se le asignen.

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el desarrollo de las tareas de fiscalización, trabajos de campo y control comercial de los sujetos y establecimientos intervinientes en la cadena agroalimentaria, en los procedimientos y medidas cautelares de decomiso e interdicción de todos los productos alcanzados por el universo de control del organismo.

ACCIONES

1. Dirigir las fiscalizaciones dispuestas en los planes de inspecciones programadas, verificando el cumplimiento de los cronogramas correspondientes.

2. Dirigir las inspecciones no programadas que sean aprobadas por la Superioridad.

3. Establecer y coordinar con las distintas reparticiones del Estado, a nivel nacional, provincial y/o municipal, la conformación de equipos de trabajo para la realización de actividades conjuntas que contribuyan al fortalecimiento de la fiscalización del sector.

4. Supervisar y Coordinar con los distintos organismos de fiscalización, los procedimientos de transferencia, evaluación y flujo de la información que cada uno administra.

5. Disponer la realización de inspecciones, operativos y auditorías de carácter técnico y/o administrativo a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

6. Disponer las diligencias pre-sumariales y toda otra actuación necesaria para el juzga-miento en sede administrativa de infracciones a las normas vigentes, coordinando su accionar con las áreas competentes del Organismo.

7. Entender en el seguimiento y evaluación de los proyectos y actividades de su competencia.

8. Entender en la ejecución de las actividades de su competencia, vinculadas con la disposición de medidas cautelares, la interdicción y/o el decomiso de la mercadería.