Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 2108/2010

Dispónese el pago de una recompensa de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 171/10.

Bs. As., 19/8/2010

VISTO lo dispuesto en la ley Nº 26.375, la Resolución MJSyDH Nº 1720 de fecha 27 de junio de 2008 y el Legajo Nº 37/10 de la Unidad Especial para Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Artículo 1º de la ley Nº 26.375 ha sido creado un Fondo de Recompensa en jurisdicción del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden datos útiles, cuando resultasen determinantes para la detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que dicho cuerpo legal ha creado también la UNIDAD ESPECIAL PARA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, que funciona en la órbita de este Ministerio.

Que por Resolución MJSyDH Nº 171 de fecha 5 de febrero de 2010 se dispuso el ofrecimiento en carácter de recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de $ 100.000 (PESOS CIEN MIL), destinada a aquellas personas que aporten datos útiles que sirvan para la captura de Guillermo Julio GONZÁLEZ CHIPONT, L.E. Nº 4.585.450, quien se encuentra imputado en la causa Nº 05/07, caratulada "Investigación de Delitos de Lesa Humanidad cometidos bajo control operacional del Comando V Cuerpo de Ejército" la cual tramita en el Juzgado Federal Nº 1 de BAHIA BLANCA a cargo del Dr. Alcindo ALVAREZ CANALE.

Que en la citada causa interviene la Fiscalía Federal Nº 1 a cargo del fiscal Dr. Antonio Horacio CASTAÑO.

Que con fecha 11 de mayo del corriente año personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria logró la detención de Guillermo Julio GONZÁLEZ CHIPONT.

Que en atención a las atribuciones emergentes del Artículo 8º de la Resolución MJSyDH Nº 1720/08, se hace saber que la aprehensión obedeció exclusivamente a la utilización de los datos brindados por el informante.

Que conforme lo previsto en el Artículo 9º de la resolución citada en el párrafo anterior, el Juez Federal Subrogante Santiago U. MARTÍNEZ a cargo del Juzgado Federal Nº 1 de BAHIA BLANCA concluyó que "la aprehensión pudo ser efectivizada en virtud de una información brindada en función de tal ofrecimiento de recompensa".

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los Artículos 8º y 9º de la Ley Nº 26.375.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Díspónese el pago de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), de conformidad con lo establecido en la Resolución MJSyDH Nº 171/10, a los efectos de hacer efectivo el pago de la recompensa pertinente.

Art. 2º — En el marco de la Ley 26.375 en su Artículo 1º y la Resolución MJSyDH Nº 1720/08 en su Artículo 12, desígnase como representante de este Ministerio al Director General de Administración.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.