MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 257/2010

Registro Nº 742/2010

Bs. As., 2/6/2010

VISTO el Expediente Nº 1.351.145/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa LA MERIDIONAL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA, agregado a fojas 11/12 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del precitado acuerdo las partes convienen el pago de una suma única no remunerativa de CIENTO VEINTE PESOS ($ 120) a cada trabajador, en los términos y condiciones que surgen del Manual de Beneficios al Personal.

Que el acuerdo de marras será homologado como acuerdo marco, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa LA MERIDIONAL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA, agregado a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.351.145/09, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.351.145/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.351.145/09

Buenos Aires, 4 de junio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 257/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 11/12 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 742/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.351.145/09

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil nueve, siendo las 16:20 horas comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante la Sra. Secretaria del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Contadora Isabel FRANCO, el Dr. Jorge Alberto SOLA en sus carácter Secretario de Relaciones Laborales del SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conjuntamente la Dra. Alelí Natalia PREVIGNANO en calidad de letrada patrocinante, y los Sres. Claudio Marcelo INCHAUSSANDAGUE con DNI 14.821.854 y Norberto Gustavo LLEONART con DNI 20.568.416, en su carácter de delegados del personal de la empresa reclamada en estos actuados, por una parte; y por la otra, el Dr. Raúl Horacio ALZUARTE con DNI 16.807.119, en su carácter de apoderado de la firma LA MERIDIONAL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., conforme poder que exhibe y cuya copia adjunta a estos actuados.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, se concede la palabra a la parte sindical, que manifiesta: Que mantienen la postura por lo que solicitan a la empresa la inclusión del almuerzo en el cálculo de la gratificación y el pago de los retroactivos reclamados.

En el uso de la palabra la parte empresaria, expresa: Que mantiene la postura y sin reconocer hechos ni derechos con la única finalidad de mantener la paz social dentro de la empresa ofrece abonar la suma de $ 120 (pesos ciento veinte) en pago único con carácter no remunerativo a cada trabajador la que será abonada dentro de los cinco días de suscripto el presente, en los mismos términos y condiciones que surgen del Manual de Beneficios al Personal. Asimismo, ofrece incorporar dentro de la base de cálculo de la gratificación anual, la partir del año 2010 la compensación por almuerzo.

Cedida nuevamente la palabra a la parte sindical, expresa: Que en atención a la buena fe negocial aceptan la propuesta presentada por la empresa tanto en cuanto al pago de retroactivos como a la inclusión del concepto almuerzo dentro de la base de cálculo de la gratificación anual, ello sin perjuicio de los derechos individuales de cada trabajador.

Cedida la palabra a los Sres. Delegados, exponen: Que prestan su conformidad a lo propuesto en este acto por la parte empresaria.

Acto seguido, en el uso de la palabra los comparecientes, expresan: Que de común acuerdo solicitan la homologación del presente acuerdo.

No siendo para más, se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes de conformidad y para constancia, ante mí, funcionaria actuante, que CERTIFICO.