MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 323/2010

Registro Nº 800/2010

Bs. As., 15/6/2010

VISTO el Expediente Nº 1.179.535/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el Decreto Nº 454 de fecha 5 de abril de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita la solicitud de homologación del Acuerdo celebrado ante esta Autoridad Administrativa, y en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 532/08, entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, y la CAMARA ARGENTINA DEL PAPEL Y AFINES, obrante a fojas 206 de autos, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan el pago de una suma no remunerativa por única vez, conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la aptitud representativa de la entidad empresaria signataria y de la organización sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las constancias de autos, surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 454/10.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON, Y QUIMICOS, y la CAMARA ARGENTINA DEL PAPEL Y AFINES, obrante a fojas 206 del Expediente Nº 1.179.535/06, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 206 del Expediente Nº 1.179.535/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 532/08.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.179.535/06

Buenos Aires, 17 de junio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 323/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 206 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 800/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.372.210/10

En la Ciudad de Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de mayo de 2010, siendo las 14.30 horas, comparece en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dirección Nacional de Negociación Colectiva, ante mí Dra. Verónica M. VIDAL, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, representación de la CAMARA DE ARGENTINA DEL PAPEL Y AFINES, lo hacen la señora Ivana PONTONI, y los señores Carlos Alberto FRATTOLILLO, Pablo BLURO, y Guillermo CAUMO, con personería y demás datos debidamente acredita en el expediente Nº 1.179.535/06, por una parte y por la otra en representación de la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL CARTON Y QUIMICOS, lo hacen los señores, Juaquín DÍAZ, Mártires CUBILLA, Ricardo OJEDA y José Luís CORDOBA.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, cede el uso de la palabra a la representación patronal quien manifiesta que en respuesta a la solicitud efectuada por la representación sindical, esta parte ofrece para lograr un acuerdo abonar una suma fija no remunerativa por única vez, correspondiente a los períodos de abril, mayo y junio de 2010 de $ 600 pagaderos en dos cuotas, la primera de $ 400 a abonarse el día 28 de mayo del corriente año y la segunda de $ 200 el día 4 de junio de 2010. Aclarando que el mismo será de cumplimiento efectivo más allá de la suerte que corra el trámite homologatorio. Asimismo y respondiendo también a la solicitud de la parte trabajadora concuerda reunirse el día 3 de junio a las 14.30 horas en la sede de la Cámara para iniciar las negociaciones a fin de evaluar la recategorización de los puestos de trabajo del CCT Nº 532/07, así como el tratamiento de la recomposición salarial.

Seguidamente en uso de la palabra la representación sindical manifiesta que si bien el ofrecimiento de la suma fija no remunerativa no satisface el requerimiento original planteado por esta parte, en aras de sortear las diferencias presentes y arribar a un acuerdo en un marco de paz social, acepta la propuesta económica empresaria así como la fecha y motivo de la próxima reunión entre las partes.

Ambas partes solicitan la pertinente homologación.

Siendo las 16.00 horas se da por finalizada la audiencia firmando los comparecientes de conformidad previa lectura, ante mí que CERTIFICO.