MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 324/2010

Registro Nº 799/2010

Bs. As., 15/6/2010

VISTO el Expediente Nº 1.138.396/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente Nº 1.381.202/10 agregado como foja 443 al Expediente Principal Nº 1.138.396/05, obra el Acta Acuerdo celebrada por la ASOCIACION DE SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS por la parte gremial y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acordaron que la suma no remunerativa correspondiente al mes de marzo de 2010, convenida en el Acuerdo celebrado el día 8 de abril de 2010, se abonará conjuntamente con los haberes del mes de abril de 2010 y se instrumentará en el mismo recibo de pago, con las consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que los celebrantes del Acta Acuerdo cuya homologación se solicita, son los signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 649/04 "E".

Que el ámbito territorial y personal del Acta Acuerdo se corresponde con la actividad de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 454/10.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acta Acuerdo celebrada por la ASOCIACION DE SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS y METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA a foja del Expediente Nº 1.381.202/10 agregado como foja 443 al Expediente Principal Nº 1.138.396/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acta Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.381.202/10, agregado como foja 443 al Expediente Principal Nº 1.138.396/05.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 649/04 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acta Acuerdo homologada y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.138.396/05

Buenos Aires, 17 de junio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 324/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente Nº 1.381.202/10, agregado como foja 443 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 799/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA - ACUERDO

COMISION DE INTERPRETACION Y AUTOCOMPOSICION (CINA)

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de abril de 2010, se reúne la COMISION DE INTERPRETACION Y AUTOCOMPOSICION (CINA) del CCT Nº 649/04 "E", entre el sindicato ASOCIACION DE SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS (ASFA) y la empresa METROVIAS S.A., integrada por los señores Enrique MAIGUA, Juan Carlos SALINAS y Pedro BRINGAS, en representación de la parte sindical, y por los señores Daniel PAGLIERO, Julio RAMÍREZ y Martín VÁZQUEZ, en representación de la parte empresaria, con el objeto de definir la fecha de pago de la suma no remunerativa correspondiente al mes de marzo de 2010 convenida en el acuerdo suscripto el día 8 de abril de 2010 ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en el Expediente Nº 1.138.396/05.

- Iniciada la reunión y luego de un prolongado intercambio de opiniones sobre el tema que motiva la presente convocatoria, teniendo presente que en la CLAUSULA TERCERA del acuerdo citado precedentemente las partes acordaron que la suma no remunerativa correspondiente al mes de marzo de 2010 se abonará con recibo suplementario antes del 15/05/2010, y que la parte sindical ha solicitado a la empresa una definición sobre la fecha en que se instrumentará concretamente ese pago, las partes ACUERDAN:

PRIMERO: Que la suma no remunerativa correspondiente al mes de marzo de 2010 convenida en el acuerdo celebrado el día 8 de abril de 2010, se abonará conjuntamente con los haberes correspondientes al mes de abril de 2010 y se instrumentará en el mismo recibo de pago.

SEGUNDO: Que se comprometen a presentar y ratificar el presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el Expediente Nº 1.138.396/05, solicitando su expresa homologación de conformidad con la legislación vigente.

De plena conformidad, las partes suscriben tres (3) ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha arriba indicados.