MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

Resolución Nº 1302/2010

Bs. As., 30/8/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0012725/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley de Obra Pública Nº 13.064, el Decreto Nº 238 de fecha 19 de junio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 2º del Decreto citado en el Visto autoriza al Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios a delegar en los Señores Secretarios y Subsecretarios de su jurisdicción, las facultades y obligaciones determinadas en la Ley Nº 13.064.

Que entre dichas facultades, se encuentran las de Aprobación del Representante Técnico de Obra presentado por la Empresa Contratista; Aprobación del Acta de Recepción Provisional; Aplicación de Multas; Suspensión de Aplicación de Multas; Ampliaciones de Plazos Contractuales; Aprobación del Acta de Inicio; Aprobación del Plan de Trabajos y Curva de Inversiones; Aprobación del Acta de Constatación de Estado de Obra; y Aprobación del Acta de Acopio y Desacopio.

Que a los fines de agilizar los trámites administrativos correspondientes a las distintas etapas de las obras cuya Dirección, Inspección y/o Supervisión de Obra esté a cargo de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se hace necesario delegar las facultades mencionadas en el párrafo precedente, en el Señor Subsecretario de Recursos Hídricos.

Que la presente medida no modificará los términos ni los montos de los contratos suscriptos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las competencias previstas en la Ley Nº 13.064 y la delegación contenida en el Decreto Nº 238, de fecha 19 de junio de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Delégase en el Subsecretario de Recursos Hídricos las facultades de: Aprobar los Representantes Técnicos de Obra presentados por las Empresas Contratistas; Aprobar las Actas de Recepción Provisional; Autorizar la Aplicación de Multa; Autorizar la Suspensión de la Aplicación de Multa; Aprobar las Ampliaciones de Plazos Contractuales; Aprobar las Actas de Inicio; Aprobar el Plan de Trabajos y Curva de Inversiones; Aprobar las Actas de Constatación de estado de Obra; y Aprobar las Actas de Acopio y Desacopio, de todas aquellas obras cuya Dirección, Inspección y/o Supervisión de Obra se encuentre a cargo de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 2º — Regístrese, Comuníquese, Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO M. DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 06/09/2010 Nº 102092/10 v. 06/09/2010