PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 626/2010

Ministerio de Defensa. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Bs. As., 2/9/2010

VISTO el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley Nº 26.546, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 37 de la Ley Nº 24.156, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 26.124, faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS para realizar reestructuraciones presupuestarias dentro del total aprobado por cada ley de presupuesto, quedando comprendidas las modificaciones que involucren a gastos corrientes, gastos de capital, aplicaciones financieras y distribución de finalidades.

Que resulta necesario proceder a la incorporación de mayores recursos de afectación específica de la SUBJURISDICCION 45.20 - MINISTERIO DE DEFENSA para el presente año, como consecuencia de la existencia de recursos remanentes del período fiscal 2009.

Que, asimismo, es preciso aprobar la aplicación de los mayores recursos señalados precedentemente, los cuales se destinarán principalmente a los Programas de Asistencia Sanitaria de las SUBJURISDICCIONES 45.21 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, 45.22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y 45.23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA, con el fin de llevar a cabo la adquisición de equipos mamógrafos con estereotáxica, procesadoras de placas y atender la matrícula de cursos de Formación de Instructores para el Tratamiento Temprano de Víctimas de Traumas Complejos.

Que resulta necesario realizar una compensación de créditos entre el PROGRAMA 16 - CONDUCCION Y PLANIFICACION PARA LA DEFENSA y el PROGRAMA 17 – DESARROLLO TECNOLOGICO PARA LA DEFENSA, pertenecientes a la SUBJURISDICCION 45.20 - MINISTERIO DE DEFENSA, con el objeto de sustentar las actividades planificadas para el presente año a cargo del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS DE LA DEFENSA, correspondientes al Sistema de Capacidades de Mantenimiento de las Fuerzas Armadas (SICAMAN).

Que es menester modificar los créditos de la SUBJURISDICCION 45.21 – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, con el fin de transferirlos a la SUBJURISDICCION 45.20 - MINISTERIO DE DEFENSA, PROGRAMA 17 - DESARROLLO TECNOLOGICO PARA LA DEFENSA, con el propósito de financiar la modernización de cañones de su dotación, la fabricación de simuladores de tiro, así como financiar el ensayo y evaluación de munición.

Que entre el PROGRAMA 16 – CAPACIDAD OPERACIONAL y el PROGRAMA 17 – SANIDAD NAVAL de la SUBJURISDICCION 45.22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, se redistribuyen créditos de la Fuente de Financiamiento 13 – Recursos con afectación específica, con el fin de asociar el origen de los recursos, vinculado con la venta de servicios dentro del sistema de salud de la Fuerza, con la aplicación del gasto.

Que asimismo, la SUBJURISDICCION 45.23 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA, cede créditos a la SUBJURISDICCION 45.24 - ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, a efectos de recomponer los montos cedidos por el Programa 20 - Sostén Logístico Antártico, con miras a la financiación del Proyecto "Construcción del Centro Educativo de las Fuerzas Armadas".

Que la ENTIDAD 452 - SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL, en el marco de lo previsto en el Decreto Nº 1432 del 10 de octubre de 2007, debe incorporar los saldos remanentes de caja y bancos correspondientes a ejercicios anteriores, e incrementar en igual medida los créditos autorizados por la Decisión Administrativa Nº 02/10.

Que la presente medida encuadra en las prescripciones que establece el artículo 37 de la Ley Nº 24.156, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 26.124 y por el artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL aprobado para el Ejercicio 2010, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Nilda Garré. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar